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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE EIVISSA

Núm. 10152
Juicio verbal 970/2015 sobre otras materias

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Texto

D. RAFAEL PEDRAZA ARIAS, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.2 de IBIZA/EIVISSA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento  seguido a instancia de SANTIAGO TUR SERRA frente a CRISTINA HERNANDEZ SELLES, STEFANIE FERNANDEZ SENDEN, AURELIE HUILLARD DAIGNAUX y RUBEN BERK MENEKSE BALDANTA  se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA nº 228/16

En Ibiza, a 5 julio de 2016. 

D. ALFONSO MANUEL FERNANDEZ GARCIA, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al Juicio Verbal número 970/2015, a instancia del procurador D. JUAN ANTONIO LANDABURU RIERA, en representación de D SANTIAGO TUR SERRA, como parte demandante, que compareció con la asistencia letrada de D. MIGUEL ANGEL COLOMAR TORRES, contra Doña CRISTINA HERNÁNDEZ SELLES, Doña STEFANIE FERNÁNDEZ SENDEN, Doña AURELIE HUILLARD D´ AIGNAUX y D. RUBEN BERK MENEKSE BALDANTA, como partes codemandadas,  declaradas en situación de rebeldía procesal, procede

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

a  dictar la presente resolución                                                                               

PARTE DISPOSITIVA

Que estimando las pretensiones deducidas a instancia de D SANTIAGO TUR SERRA, como parte demandante, que compareció con la asistencia letrada de D. MIGUEL ANGEL COLOMAR TORRES, contra Doña CRISTINA HERNÁNDEZ SELLES, Doña STEFANIE FERNÁNDEZ SENDEN, Doña AURELIE HUILLARD D´ AIGNAUX y D. RUBEN BERK MENEKSE BALDANTA, como partes codemandadas,  declaradas en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a éstos a que abonen solidariamente la cantidad de 9.991,33 euros, más los intereses legales de la cantidad de 9.800 euros desde la interposición de la demanda, con imposición de las costas procesales a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, que deberá presentarse en este Juzgado dentro del término de VEINTE días, a partir de su notificación, y cuyo conocimiento le corresponderá a la Audiencia Provincial, de conformidad con lo dispuesto en el art. 458 y siguientes de la LEC.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, STEFANIE FERNANDEZ SENDEN, AURELIE HUILLARD DAIGNAUX, RUBEN BERK MENEKSE BALDANTA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

IBIZA/EIVISSA a diecinueve de julio de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,