Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ
Núm. 10079
Aprovación definitiva del expediente núm. número 14 de modificación de créditos del presupuesto municipal, de modificación de la base 36 de les Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2017
Aprobado definitivamente, dado que no se han presentado reclamaciones, el expediente núm. número 14 de modificación de créditos del presupuesto municipal de este año, de modificación de la base 36 de las Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2017, relativo a gasto plurianual, y de acuerdo con la legislación vigente, se publica su texto:
Base 36. Gastos plurianuales
Los gastos plurianuales se regirán por lo dispuesto en el art. 174 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, RD Legislativo 2/2004 y el art. 79 a 88 del RD 500/90, y en cuanto a la competencia, por lo dispuesto en los artículos 21.2 l) y 22.1 k) de la LRBRL.
1. Podrán adquirirse compromisos de gasto que hayan de extenderse a ejercicios futuros para financiar inversiones y transferencias de capital, siempre que su ejecución se inicie en este ejercicio 2017 y que el volumen total de los gastos comprometidos para los años 2018, 2019, 2020 y 2021 no supere los límites del 70, 60, 50 y 50 por 100 de la suma de créditos iniciales consignados en cada artículo.
2. En el caso de contratos de arrendamientos, suministros, asistencia técnica, prestación de servicios y ejecución de obras de mantenimiento, los límites será de cuatro años.
3. En el caso de arrendamiento de bienes inmuebles, vehículos o equipos, será necesario informe de Intervención sobre estimación de cobertura en ejercicios futuros.
4. Respecto a las cargas financieras, deberá cumplirse lo establecido en la normativa vigente respecto de endeudamiento.
5. En los casos en que exista la consignación en el Presupuesto corriente para la realización de la totalidad del gasto y su plazo de ejecución no sea superior a un año, pero que, por causa del momento de la adjudicación o disposición del gasto, se haya de terminar de ejecutar en el ejercicio siguiente, la competencia de autorización y disposición debe considerarse a favor el órgano competente en el caso de haberse ejecutado todo el gasto durante el ejercicio.
6. Para el 2017, de conformidad con el artículo 174.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales se establecen los siguientes proyectos plurianuales de inversión:
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Santanyí, 12 de septiembre de 2017
El Alcalde
Llorenç S Galmés Verger