Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 10015
Convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades de cultura popular y tradicional sin ánimo de lucro para el año 2017.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

EXTRACTO DEL ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU DE FECHA 21 DE AGOSTO DE 2017, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES DE CULTURA POPULAR Y TRADICIONAL SIN ÁNIMO DE LUCRO, PARA EL AÑO 2017.

BDNS (Identif.): 361240

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las persones jurídicas que vayan a realizar las actividades que fundamenta su otorgamiento y reúnan los requisitos siguientes:

-Tener su domicilio social en el municipio de Santa Eulària des Riu.

-Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

-No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

-No estar sometidas a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Conforme a lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se acreditará no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS, mediante la presentación de declaración responsable ante el órgano condecente de la subvención. Según modelo anexo 1. Declaración responsable, aprobada para esta convocatoria.

-Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

Segundo. Objeto.

El objeto de esta convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, a través de la Concejalía de Cultura, destinadas a apoyar las actividades de las entidades de cultura popular y tradicional sin ánimo de lucro de Santa Eulària des Riu, para el año 2017.

Tercero. Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en las Bases de ejecución del presupuesto y los presupuestos municipales del año 2017, aprobados inicialmente en pleno en sesión extraordinaria celebrada en fecha 2 de diciembre de 2016 y publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº 153, de fecha 06/12/2016 y publicada la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº164 del 31/12/2016.

Cuarto. Consignación presupuestaria.

El importe máximo que se destinará a estas subvenciones será de 40.000 euros con cargo a la partida 3341-48002 del ejercicio presupuestario del año 2017. El órgano competente para el otorgamiento de las subvenciones podrá optar por no agotar el presupuesto total previsto.

El importe a conceder a cada entidad subvencionada se determinará en relación con los puntos asignados.

Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del extracto de la convocatoria.

Las solicitudes, acompañadas de la documentación exigida en el punto 9 de la presente, deberán presentarse en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

Sexto. Solicitud y documentación necesaria.

Las solicitudes se formularán mediante un modelo de solicitud de ayuda económica (instancia general del Ayuntamiento) y memoria del proyecto, adjuntando la siguiente documentación:

  1. Anexo 1  – Declaración responsable.

  2. Anexo 2 – Declaración responsable de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local las que se obtengan en el futuro.

  3. Anexo 3. Autorización para solicitar certificados tributarios y de Seguridad Social. En el caso de no autorizar al Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu a solicitar en nombre de la asociación los certificados de encontrarse al corriente de pago con la Agencia Tributaria y frente a la Seguridad Social, la asociación deberá aportarlos obligatoriamente.

  4. Fotocopia DNI y NIF del representante de la asociación.

  5. Certificado del secretario con los datos bancarios para el pago del importe de la subvención.

  6. Programación para el año 2017 que incluya los proyectos y las actividades a realizar para las que se solicita la subvención con indicación del presupuesto de gastos e ingresos previsto para ejecutarlas, desglosado para cada una de las actividades.

  7. Como justificación de las actividades descritas en el punto 8.1 de la presente, se presentará carta de invitación de la entidad organizadora y publicidad, si hubiera, del acontecimiento. En el caso de las actividades promovidas directamente por el Ayuntamiento se adjuntará de oficio a la solicitud la justificación necesaria.

  8. Como justificación del punto 8.2. de la presente se aportará el listado de alumnos de  los cursos organizados.

  9. Como justificación del punto 8.3. de la presente, se aportará la documentación siguiente:

a)      Invitación oficial del festival o de la entidad organizadora.

b)      Fotocopia del DNI de todos los miembros de la entidad que se hayan desplazado.

c)       Programa del festival que incluya las actuaciones de la entidad peticionaria.

d)      Facturas originales de los billetes de las personas desplazadas (balladors y balladores, sonadors y dos directivos) o, en el caso de que el viaje no se haya realizado a la hora de presentar las solicitudes, se podrán presentar presupuestos oficiales, obligando al solicitante, a la hora de presentar la justificación económica, a presentar las facturas originales y toda la documentación que requiera la cuenta justificativa.

e)       Recortes de prensa con noticias, si hubiera, sobre la participación de la entidad en el festival o acontecimiento.

El Ayuntamiento puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.

En Santa Eulària des Riu, a 08 de septiembre 2017.

      

El Alcalde,

Vicente Marí Torres