Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE
Núm. 10010
Ejecución Subsidiaria
Notificación Acuerdo Junta de Gobierno de fecha 21 de junio de 2017 relativo al expediente núm. 57 / 2017- ejecución subsidiaria. Intentada sin efecto la notificación del acuerdo de fecha 21 de junio de 2017 al Sr. Victor Radoslov Tsanchev, y dado que no se ha podido hacer dicha notificación, en cumplimiento de los que establece el art. 44 de la LEY 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común, se publica en el boletín de esta Comunidad Autónoma y del tablón de edictos del Ayuntamiento de Algaida y Lloret de Vistalegre el acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 21 de junio de 2017, que se transcribe a continuación:
"Habiéndose tramitado el correspondiente expediente de Restauración de la legalidad urbanística exp. 5/2015, se ordenó a que procediera a la realización de Retirada caravana y anexos en Sa Comuna de Lloret de Vistalegre. Visto el informe de la Policía Local, en el que se comprueba que no se han realizado las actuaciones descritas anteriormente, y en cumplimiento de los artículos 99 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por ser competente en base a la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, En uso de las atribuciones que tengo conferidas, se propone a la Junta de Gobierno el siguiente ACUERDO:
PRIMERO. Ordenar que se proceda a la realización de las actuaciones consistentes en Retirada caravana y anexos en Sa Comuna de Lloret de Vistalegre, en el plazo de 1 mes.
SEGUNDO. Transcurrido el citado plazo, que los Servicios Técnicos Municipales emitan informe para comprobar si se han realizado las obras por el interesado.
TERCER. Advertir al Sr. Victor Tsanchev, propietario del la caravana y anexos consistentes en Vivienda habitual, de que, si no las realiza voluntariamente en el plazo conferido al efecto, el Ayuntamiento procederá a la ejecución subsidiaria de las actuaciones.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde al día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses, a contar desde al día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. todo esto sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre conveniente a su derecho.
Lloret de Vistalegre, 4 de septiembre de 2017
El Alcalde,
Antoni Bennasar Pol