Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 9892
Acuerdo de la convocatoria fondo de creación, producción y programación de ayudas de minimis artes escénicas 2017
Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones: 347168
El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca en la sesión celebrada el día 6 de septiembre de 2017 tomó, entre otros, el acuerdo que transcribo literalmente a continuación:
«Antecedentes
1. El Consejo Ejecutivo, en sesión de día 17 de mayo de 2017 (BOIB núm. 63, de 23 de mayo), aprobó, entre otros, la convocatoria de ayudas de minimis 2017 en el fondo creación, producción y programación artes escénicas 2017.
2. La Comisión Técnica de Evaluación, en sesiones de 21 y 24 de julio estudiaron las solicitudes, junto con la documentación adjunta.
3. El 21 de septiembre de 2016, el órgano instructor ha emitido el informe sobre el cumplimiento de los requisitos de la bases de la convocatoria mencionada por parte de las entidades beneficiarias.
4. El 25 de julio de 2017, la Unidad Jurídica Administrativa de Cultura del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes ha emitido informe favorable sobre los aspectos jurídicos de esta propuesta.
5. Día 22 de agosto de 2017 la Intervención General ha emitido informe favorable de fiscalización.
6. La existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 20.33430.47902 del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca del ejercicio 2017, para atender la concesión de las subvenciones propuestas quedando acreditada en virtud de la RC con el núm . de referencia 22017/1901 por un importe de 300.000,00 €.
Fundamentos de derecho
1. El punto sexto de la convocatoria establece que la comisión técnica de evaluación es la encargada de estudiar y evaluar las solicitudes así como de fijar el importe de las ayudas de mínimos.
2. El punto quinto de la convocatoria establece que el procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se lleva a cabo mediante concurrencia competitiva, en virtud de la cual se comparan, en un único procedimiento y en cada una de las categorías, las solicitudes , con el fin de establecer una prelación a través de los criterios de evaluación previstos en el punto décimo de la convocatoria, por lo que se concederán las ayudas a aquellas solicitudes que hayan obtenido una mayor puntuación, dentro de los límites de la base undécima y hasta el importe del crédito presupuestario establecido.
Sin embargo el artículo 17 segundo párrafo de la Ordenanza General de Subvenciones (BOIB núm. 21, de 18 de febrero), regula que no es necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos si el crédito consignado en la convocatoria es suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.
3. El párrafo quinto del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones establece que en el expediente debe haber un informe del órgano instructor en el que conste que, en virtud de la información de que se dispone, se desprende que los beneficiarios propuestos cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria.
4. Art. 29 punto 7 apartado d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
5. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, de 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017).
6. Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
7. Ley 40/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
8. Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 2 de julio de 2001 (BOIB núm. 102, de 25 de agosto de 2001), y modificado por acuerdos del Pleno: 8 de marzo de 2004 (BOIB núm. 38, de 16 de marzo de 2004), 28 de julio de 2008 (BOIB núm. 113, de 14 de agosto de 2008), 13 de octubre de 2011 (BOIB núm. 158, de 20 de octubre de 2011), 14 de febrero de 2013 (BOIB núm. 86, de 18 de junio de 2013), 9 de octubre de 2014 (BOIB núm. 145, de 21 de octubre de 2014) y 8 de octubre de 2015 (BOIB núm. 186, de 24 de diciembre de 2015), 12 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 157, de 15 de diciembre de 2016), 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 2 de 5 de enero de 2017).
9. Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de 9 de junio de 2017 (BOIB núm. 73 de 15 de junio de 2017); corrección de errores de 15 de junio de 2017 (BOIB núm. 74 de 17 de junio); modificado por decreto de 20 de junio de 2017 (BOIB núm. 77 de 24 de junio); corrección de errores (BOIB núm. 82 de 6 de julio de 2017).
10. Bases de ejecución del presupuesto del Consejo de Mallorca del año 2017.
Dados los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos propongo, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, elevar al Consejo Ejecutivo el siguiente
Acuerdo
I) Autorizar, en los términos previstos en la Ordenanza General de Subvenciones del CIM y el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, a las empresas que se relacionan en el anexo 6 a subcontratar por vinculación las actividades subvencionadas que se exponen en la solicitud, siempre que el importe subvencionable no exceda del coste incurrido por la entidad vinculada. La acreditación del coste se realizará en la justificación, en los mismos términos establecidos para la acreditación de los gastos del beneficiario.
II) En cuanto a la línea 1 (Ayudas de mínimos para las producciones de artes escénicas de nuevos creadores)
- Admitir las solicitudes presentadas, que recoge el anexo 1B, puesto que cumplen los requisitos y condiciones que establece la convocatoria.
- Conceder la cantidad de 18.420,74 € para la línea 1, a favor de las personas y por la cantidad que se señala en el anexo 1B y, disponer el gasto a su favor, con cargo a la partida presupuestaria 20.33430.47902 (núm. de referencia 22017/1901), de acuerdo con la convocatoria.
III) En cuanto a la línea 2 (Ayudas de mínimos para la producción de nuevos espectáculos de artes escénicas):
- Denegar la ayuda a la persona y proyecto siguiente, por los motivos y fundamentos que se relacionan:
Persona física (autónomo, empresa individual) o jurídica (empresa) |
NIF/CIF |
Proyecto |
Motivo de la denegación |
---|---|---|---|
Gaspar Morey Klapsing |
43073513X |
CROTCH (Entrecuix) |
no es un proyecto completo sino una parte del mismo y la comisión evalúa proyectos completos, no una parte. Asimismo, en la web informativa relativa a Crotch figura que se estrenó en Tàrrega en septiembre de 2016, con lo que no entraría en la temporalización de la subvención que comienza el 1 de octubre. Por otra parte, según la temporalización presentada, sólo entraría medio año de temporalización; la otra medio año está fuera de los plazos establecidos en las bases. |
- Admitir el resto de las solicitudes presentadas, que recoge el anexo 2B, puesto que cumplen los requisitos y condiciones que establece la convocatoria.
- Conceder la cantidad de 82.641,01 €, para la línea 2, a favor de las empresas que se señalan en el anexo 2B y, disponer el gasto a su favor, con cargo a la partida presupuestaria 20.33430.47902 (núm. de referencia 22017/1901), de acuerdo con la convocatoria.
IV) En cuanto a la línea 3 (Ayudas de minimis para los proyectos de artes escénicas de empresas consolidadas):
- Admitir las solicitudes presentadas, que recogen los anexos 3B (Plan de Explotación) y 4B (Plan de Producción), puesto que cumplen los requisitos y condiciones que establecen las bases de la convocatoria.
- Conceder la cantidad de 65.307,43 € para el Plan de Producción, a favor de las personas que se señalan en el anexo 4B, y 39.058,85 € para el Plan de Explotación, a favor de las personas y empresas que señalan en el anexo 3B y disponer el gasto a su favor, con cargo a la partida presupuestaria 20.33430.47902 (núm. de referencia 22017/1901), de acuerdo con la convocatoria.
V) En cuanto a la línea 4 (Realización de ferias, muestras, certámenes y festivales de artes escénicas)
- Denegar la ayuda a las solicitudes de las empresas y proyectos siguiente, por los motivos y fundamentos que se relacionan:
Persona física (autónomo, empresa individual) o jurídica (empresa) NIF / CIF Proyecto Motivo de la denegación
La Fornal de Espectáculos de Hierro, SLU
- Admitir el resto de las solicitudes presentadas, que recoge el anexo 5B, puesto que cumplen los requisitos y condiciones que establece la convocatoria
Persona física (autónomo, empresa individual) o jurídica (empresa) |
NIF/CIF |
Proyecto |
Motivo de la denegación |
---|---|---|---|
La Fornal d’Espectacles de Ferro, SLU |
B57182065 |
Muestra de artes escénicas de raíz literaria y política |
Muestra de artes escénicas de raíz literaria y política: No figura ninguna parte como muestra de artes escénicas (ni en la web ni a su propio proyecto). La comisión considera que es la programación habitual de la Sala La Fornal y, por tanto, no es objeto de la subvención. |
Estudi Zero Teatre, SCL |
F07276207 |
Mostres Teatre Sans 2016-2017 |
Según la limitación de la convocatoria a la línea 4, en el punto tercero de la convocatoria se regula que sólo se puede presentar y subvencionar, como máximo, 1 proyecto cultural para entidad solicitante y presentan 3. Por tanto, no se le puede valorar. |
- Admitir el resto de las solicitudes presentadas, que recoge el anexo 5B, puesto que cumplen los requisitos y condiciones que establece la convocatoria.
- Conceder la cantidad de 39.929,90 €, para la línea IV, a favor de las empresas que se señalan en el anexo 5B y, disponer el gasto a su favor, con cargo a la partida presupuestaria 20.33430.47902 (núm. de referencia 22017/1901), de acuerdo con la convocatoria.
VI) Revertir a la partida presupuestaria 20.33430.47902 y, por tanto, anular la autorización de gasto (A) con núm. de referencia 22017/1901, por la cantidad de 54.642,07 €, como resultado de los remanentes producidos (en la línea 1: 1.579,26 €; en la línea 2: 37.358,99 € y en la línea 3: 6.692,57 € provenientes de la parte del Plan de Producción y 8.941,15 € provenientes del Plan de Explotación, y 70,10 € de la línea 4), y anular la retención de crédito (RC) con núm. de operación 220170001182 por la misma cantidad señalada.
VII) Comunicar este acuerdo a la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca y ordenar su publicación en el BOIB por conducto de la base de datos nacional de subvenciones.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de esta notificación o publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio e interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. »
Palma, 6 de septiembre de 2017
El Secretario General
(por delegación de la presidencia, Decreto de 17-07-2015, BOIB núm. 114, de 28-07-2015)
Jeroni Mas Rigo
ANEXO 1B |
||||||||||||||
CONVOCATORIA FONDO DE CREACIÓN, PRODUCCIÓN Y PROGRAMACIÓN DE AYUDAS DE MINIMIS ARTES ESCÉNICAS 2017 |
||||||||||||||
LÍNEA 1: AYUDAS DE MINIMIS PARA LAS PRODUCCIONES DE ARTES ESCÉNICAS DE NUEVOS CREADORES |
||||||||||||||
ENTIDAD |
CIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
PUNTUACIÓN |
CANTIDAD DEFINITIVA |
||||||||
Josep Lluís Gallardo Llull |
18219787S |
The adventures of Tintin |
5.132,23 € |
5.132,23 € |
- |
3.335,95 € |
||||||||
Pablo López Martin |
43100556M |
Música MAgESTRO |
13.204,77 € |
13.204,77 € |
- |
8.583,10 € |
||||||||
Maria de la Paz Arango Quiceno |
43160434Z |
A s'ombra |
4.786,09 € |
4.786,09 € |
- |
3.110,96 € |
||||||||
Elena Xibillé Riera |
43102745D |
Vol a 3, Salt al buit |
5.216,51 € |
5.216,51 € |
- |
3.390,73 € |
||||||||
TOTAL |
28.339,60 € |
28.339,60 € |
- |
18.420,74 € |
||||||||||
|
||||||||||||||
ANEXO 2B |
||||||||||||||
CONVOCATORIA FONDO DE CREACIÓN, PRODUCCIÓN Y PROGRAMACIÓN DE AYUDAS DE MINIMIS ARTES ESCÉNICAS 2017 |
||||||||||||||
LÍNEA 2: AYUDAS DE MINIMIS PARA LAS PRODUCCIONES DE NUEVOS ESPECTÁCULOS DE ARTES ESCÉNICAS |
||||||||||||||
ENTIDAD |
CIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
PUNTUACIÓN TOTAL |
CANTIDAD DEFINITIVA |
||||||||
Joan Porcel Bonet |
42994876X |
SMILEY, una història d'amor |
23.986,00 € |
23.986,00 € |
- |
15.590,90 € |
||||||||
Mallorca So, S.A. |
A07147085 |
FROZEN, la reina de gel |
62.564,43 € |
62.564,43 € |
- |
40.666,88 € |
||||||||
Til teatre elàstic nou. |
B07995996 |
Cua de sirena |
14.049,59 € |
14.049,59 € |
- |
9.132,23 € |
||||||||
CIA Mariantònia Oliver |
B57382111 |
BALLUM |
26.540,00 € |
26.540,00 € |
- |
17.251,00 € |
||||||||
TOTAL |
127.140,02 € |
127.140,02 € |
- |
82.641,01 € |
ANEXO 3B |
|||||||||||||||||||
CONVOCATORIA FONDO DE CREACIÓN, PRODUCCIÓN Y PROGRAMACIÓN DE AYUDAS DE MINIMIS ARTES ESCÉNICAS 2017 |
|||||||||||||||||||
LÍNEA 3: AYUDAS DE MINIMIS PARA PROYECTOS ARTÍSTICOS DE ARTES ESCÉNICAS DE EMPRESAS CONSOLIDADAS |
|||||||||||||||||||
EXPLOTACIÓN |
|||||||||||||||||||
ENTIDAD |
CIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
PUNTUACIÓN TOTAL |
CANTIDAD DEFINITIVA |
|||||||||||||
LA FORNAL ESPECTACLES DE FERRO S.L.U. |
B57182065 |
EXPLOTACIÓN |
36.700,00 € |
36.700,00 € |
10 |
9.520,38 € |
|||||||||||||
ESTUDI ZERO TEATRE, S.C.L. |
F07276207 |
EXPLOTACIÓN |
47.628,23 € |
47.628,23 € |
8 |
14.769,23 € |
|||||||||||||
IGUANA TEATRE S.L. |
B07270127 |
EXPLOTACIÓN |
41.685,00 € |
41.685,00 € |
4 |
7.384,62 € |
|||||||||||||
LAURA MACIAS MARTÍNEZ |
43088091Y |
EXPLOTACIÓN |
49.307,61 € |
49.307,61 € |
4 |
7.384,62 € |
|||||||||||||
TOTAL |
175.320,84 € |
175.320,84 € |
26 |
39.058,85 € |
|||||||||||||||
ANEXO 4B |
|||||||||||||||||||
CONVOCATORIA FONDO DE CREACIÓN, PRODUCCIÓN Y PROGRAMACIÓN DE AYUDAS DE MINIMIS ARTES ESCÉNICAS |
|||||||||||||||||||
LÍNEA 3: AYUDAS DE MINIMIS PARA PROYECTOS ARTÍSTICOS DE ARTES ESCÉNICAS DE EMPRESAS CONSOLIDADAS PRODUCCIÓN |
|||||||||||||||||||
ENTIDAD |
CIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
PUNTUACIÓN TOTAL |
CANTIDAD DEFINITIVA |
|||||||||||||
ESTUDI ZERO TEATRE, S.C.L. |
F07276207 |
Aquí no paga ningú! |
68.119,59 € |
68.119,59 € |
68 |
20.571,43 € |
|||||||||||||
LA FORNAL ESPECTACLES DE FERRO S.L.U. |
B57182065 |
Martina |
19.025,00 € |
19.025,00 € |
63 |
12.366,25 € |
|||||||||||||
IGUANA TEATRE S.L. |
B07270127 |
5 històries vertaderes |
41.716,00 € |
41.716,00 € |
58 |
17.546,22 € |
|||||||||||||
LAURA MACIAS MARTÍNEZ |
43088091Y |
Barockballet |
25.653,17 € |
25.653,17 € |
49 |
14.823,53 € |
|||||||||||||
TOTAL |
154.513,76 € |
154.513,76 € |
238 |
65.307,43 € |
|||||||||||||||
ANEXO 5B |
|||||||||||||||||||
CONVOCATORIA FONS DE CREACIÓ, PRODUCCIÓ I PROGRAMACIÓ D'AJUTS DE MINIMIS ARTS ESCÈNIQUES 2017 |
|||||||||||||||||||
LÍNIA 4: REALITZACIÓ DE FIRES, MOSTRES, CERTÀMENS I FESTIVALS D'ARTS ESCÈNIQUES |
|||||||||||||||||||
ENTITAT |
CIF |
PROJECTE |
PRESSUPOST TOTAL |
PRESSUPOST SUBVENCIONABLE |
PUNTUACIÓN TOTAL |
CANTIDAD DEFINITIVA |
|||||||||||||
Til Teatre Elàstic Nou, S.L. |
B07995996 |
19è Festival Internacional de Teatre de Teresetes de Mallorca |
70.546,33 € |
70.546,33 € |
106 |
14.421,77 € |
|||||||||||||
Res de res i en blanc, S.L. |
B57057853 |
CIRCAIRE - Mostra de circ |
75.970,00 € |
75.970,00 € |
94 |
12.789,12 € |
|||||||||||||
Sebastià Jordà Ramis |
43118822D |
Ciclop II, Festival de Teatre visual de Sineu |
45.830,00 € |
45.830,00 € |
94 |
12.719,01 € |
|||||||||||||
TOTAL |
192.346,33 € |
192.346,33 € |
294 |
39.929,90 € |
ANEXO 6 - SUBCONTRATACIÓN POR VINCULACIÓN |
|||
REGISTRO DE SOLICITUDES SUBVENCIÓN CONVOCATORIA DE CREACIÓN, PRODUCCIÓN Y PROGRAMACIÓN DE AYUDAS DE MINIMIS ARTES ESCÉNICAS 2017 |
|||
NÚM. SOL. |
ENTIDAD |
NIF |
SOLICITA AUTORITZACIÓN |
2/17 |
RES DE RES I EN BLANC, S.L. |
B57057853 |
SI |
8/17- PROD |
LA FORNAL D'ESPECTACLES DE FERRO S.L.U. |
B57182065 |
SI |
9/17 |
LA FORNAL D'ESPECTACLES DE FERRO S.L.U. |
B57182065 |
SI |
10/17 |
TIL TEATRE ELÀSTIC NOU S.L. |
B07995996 |
SI |
11/17 |
TIL TEATRE ELÀSTIC NOU S.L. |
B07995996 |
SI |
15/17 - PROD |
LAURA MACIAS MARTINEZ |
43088091Y |
SI |
15/17 - EXPL |
LAURA MACIAS MARTINEZ |
43088091Y |
SI |
16/17 |
CIA MARIANTÒNIA OLIVER |
B57382111 |
SI |
17/17 LINIA 3 |
ESTUDI ZERO TEATRE, S.C.L. |
F07276207 |
SI |
18/17 LINIA 4 |
ESTUDI ZERO TEATRE, S.C.L. |
F07276207 |
SI |
05/17 |
IGUANA TEATRE S.L. |
B07270127 |
SI |