Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 9845
Resolución definitiva del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 28 de agosto de 2017 sobre la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) a la enseñanza privada concertada para el curso 2017/2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

 1. El 14 de enero de 2017 se publicó, en el BOIB nº. 6, el Decreto 3/2017, de 13 de enero, por el cual se establecen los preceptos que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017-2018. El artículo 20.2 de este Decreto, sobre la atención a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, establece lo siguiente: 

Los alumnos con falta de autonomía derivada de necesidades educativas específicas o de problemas graves de salud, cuando así se dictamine, tienen que ser atendidos por auxiliares técnicos educativos o cuidadores, bajo la responsabilidad y la supervisión del equipo educativo. La financiación del auxiliar técnico educativo o del cuidador se efectuará según lo que se prevea en el correspondiente módulo económico establecido en la ley de presupuestos sobre medidas de distribución de los fondos públicos para el sostén de los centros concertados.

Dado que este recurso está vinculado a cada alumno, para cada curso escolar el director general de Planificación, Ordenación y Centros dictará una resolución para que los centros privados concertados puedan solicitar una dotación de auxiliares técnicos educativos o cuidadores. Esta dotación se asignará de acuerdo con los criterios que establezca el Servicio de Atención a la Diversidad para los centros sostenidos con fondos públicos y se tendrán en cuenta los alumnos escolarizados a cada centro que requieren este apoyo. Por este motivo, además del módulo entero puede haber medio módulo o un cuarto de módulo.

2. El 11 de mayo de 2017 se publicó, en el BOIB nº. 57, la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 4 de mayo de 2017 por la cual se convoca el procedimiento para ampliar la dotación de personal de apoyo educativo para la atención a la diversidad a la enseñanza privada concertada para el curso 2017-2018.

3. El punto 5 del anexo 1 de la Resolución mencionada en el punto anterior establece que para solicitar la dotación de auxiliares técnicos educativos (ATE) para el curso escolar 2017-2018, los centros privados concertados tienen que seguir las instrucciones que el Servicio de Atención a la Diversidad dictará a este efecto y que, por eso, las solicitudes de dotación de ATE para el curso 2017-2018 se resolverán mediante una resolución provisional específica del director general de Planificación, Ordenación y Centros, que se dictará cuando el Servicio de Atención a la Diversidad haya llevado a cabo todos los trámites necesarios.

4. El 25 de julio de 2017, se publicó en el BOIB núm.90 la Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 19 de julio de 2017 por la cual se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) a la enseñanza privada concertada para el curso 2017-2018

5. El Servicio de Atención a la Diversidad, emite informe sobre las alegaciones presentadas por parte de los interesados a la Resolución mencionada en el apartado anterior y lo envía a la Dirección General de Planificación Ordenación y Centros.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto 3/2017, de 13 de enero, por el cual se establecen los preceptos que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017/2018 (BOIB nº. 6, de 14 de enero).

2. La Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 4 de mayo de 2017 por la cual se convoca el procedimiento para ampliar la dotación de personal de apoyo educativo para la atención a la diversidad a la enseñanza privada concertada para el curso 2017-2018 (BOIB nº. 57, de 11 de mayo).

3. La Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 19 de julio de 2017 por la cual se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) a la enseñanza privada concertada para el curso 2017-2018 (BOIB nº. 90, de 25 de julio).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Determinar la dotación definitiva de personal auxiliar técnico educativo (ATE) a la enseñanza privada concertada para el curso 2017-2018 en los términos previstos en el anexo de esta Resolución.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución y su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. 

 

Palma, 28 de agosto de 2017

El director general de Planificación, Ordenación y Centros,

Antonio Morante Milla

Documentos adjuntos