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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 9795
Juicio sobre delitos leves 105/2017

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Texto

D/Dña. MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ, Letrado de la Administración de Justicia del JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA

DOY FE: Que en el procedimiento referenciado ha recaído SENTENCIA del tenor literal siguiente:

SENTENCIA Nº 118/17

En PALMA DE MALLORCA a cuatro de mayo de dos mil diecisiete.

D./Dña. ANTONIO ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ del Juzgado de Instrucción número Ocho de los de esta Ciudad, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000105 /2017, seguida por un Delito Leve de AMENAZAS Y COACCIONES EN EL AMBITO FAMILIAR (V.DOMÉSTICA Y DE GÉNERO.LESIONES/MALTRATO FAMILIAR)a instancia de denuncia suscrita por ALAN RONAN KELLY contra YVONNE MILUSKA ACOSTA CLARTE habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal representado por Dª Dolores Rodríguez quién ejercitó la acción pública y,

FALLO QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO de las presentes actuaciones penales a IVONNE MILUSKA ACOSTA CLARTE, con declaración de costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes y a los ofendidos y perjudicados ,aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para que así conste y sirva de notificación a INONNE MILUSLA ACOSTA OLARTE extiendo y firmo el presente testimonio en PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA