Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 9776
Juicio sobre Delitos Leves 122/2017. Notificación de Sentencia
D/Dña. MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ, Letrado de la Administración de Justicia del JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA
DOY FE: Que en el procedimiento referenciado ha recaído SENTENCIA del tenor literal siguiente:
SENTENCIANº 178/2017
En PALMA DE MALLORCA a veintiocho de junio de dos mil diecisiete.
D./Dña. ANTONIO ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000122 /2017, seguida por HURTO (CONDUCTAS VARIAS) incoada en virtud de denuncia suscrita por el personal de seguridad de “EL CORTE INGLÉS” contra BAKARY KEITA SABALLY habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal representado por Dª. Dolores Rodríguez ejercitando la acción pública.
FALLO
Que debo CONDENAR Y CONDENO a BAKARY KEITA SABALLY, como autor responsable de un delito leve de HURTO EN GRADO DE TENTATIVA a la pena de 29 DÍAS MULTA A RAZÓN DE 6 EUROS DIARIOS; y al pago de las costas.
En caso de impago de la multa impuesta el mismo queda sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
Notifíquese esta sentencia a las partes y a los ofendidos y perjudicados, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para que así conste y sirva de notificación a BAKALY KEITA SABALLY extiendo y firmo el presente.
PALMA DE MALLORCA, a cuatro de julio de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA