Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 9674
Acuerdo del Pleno de la Comisión de medio Ambiente de las Illes Balears sobre la renovación red saneamiento EBARs Fornells, Ses Salines y Sta.Victòria, TM Es Mercadal (47a/16)
En relación con el asunto de referencia, y en el trámite de consulta preceptiva al órgano ambiental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 20 de julio de 2017,
DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
El proyecto se encuentra incluido en el apartado 7 del grupo 8 del anexo I de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Illes Balears (BOIB núm. 106 de 20-08-2016). Por lo tanto, después de haber sido sometido a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo determinado por la letra c del punto 1 del apartado tercero de la circular del Consejero de medio Ambiente, Agricultura y Pesca sobre tramitación de las evaluaciones ambientales de fecha 4 de noviembre de 2015, con carácter previo a su autorización administrativa, procede formular su Declaración de impacto ambiental de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluaciones ambientales.
1. Antecedentes
El expediente de la evaluación ambiental se inició en fecha 21 de febrero de 2017, mediante la entrada en la CMAIB de un oficio de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental (ABAQUA). Con el oficio se envió la documentación relativa al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
ABAQUA es al mismo tiempo promotor y órgano sustantivo del expediente.
2. Información del proyecto
ABAQUA gestiona el sistema general de saneamiento del municipio de Es Mercadal. Este sistema cuenta actualmente con tres estaciones de bombeo de aguas residuales o EBAR (Fornells, Ses Salines y Santa Victoria), además de los colectores de interconexión entre estas estaciones y los de impulsión. La infraestructura finaliza en la EDAR de Es Mercadal, donde se gestionan las aguas residuales del núcleo urbano principal, así como las de los núcleos costeros de Fornells, Ses Salines y Playas de Fornells.
Actualmente, las aguas de la EBAR de Fornells son impulsadas hasta la EBAR de Ses Salines mediante dos conducciones de PVC de DN160 y DN140, que también recogen las aguas de la urbanización del mismo nombre. Las conducciones discurren paralelas a la carretera Me-15 (Fornells-Es Mercadal).
La EBAR de Ses Salines impulsa las aguas hasta la EBAR de Santa Victoria, mediante una conducción de PVC de DN160, que también discurre paralela a la carretera Me-15.
Por otra parte, a la EBAR de Santa Victoria también llegan las aguas procedentes de la urbanización de Playas de Fornells, mediante una conducción de PVC de DN200, que discurre paralela a la carretera que conduce a la mencionada urbanización hasta llegar al cruce con la Me-15, punto desde el cual discurre paralela a esta. Esta parte del sistema es gestionada por el Ayuntamiento.
Paralelamente, el Departamento de Movilidad del Consell de Menorca ha previsto varias actuaciones en la carretera Me-15, que básicamente consisten en la construcción de una rotonda en el cruce entre esta carretera y la Me-7 y el Camino de Tramuntana, ya ejecutada, y un carril bici entre dicha rotonda y el cruce de la Me-15 con la carretera en las Playas de Fornells (pendiente de ejecución).
Inicialmente, el proyecto que se evalúa contemplaba que el colector discurriera por el carril bici. Pero, finalmente se proyectó por el lado contrario a esta infraestructura.
La necesidad del proyecto que se evalúa viene dada por el incremento a lo largo del tiempo de los caudales de aguas residuales de las urbanizaciones de Fornells, Playas de Fornells y Ses Salines. Este incremento de caudal supone la necesidad de aumentar el diámetro de las conducciones de aguas residuales, para disponer de la suficiente capacidad hidráulica y evitar pérdidas de carga que limitarían la capacidad de evacuación del sistema. Además, se prevé dar solución a los problemas de olores que se dan actualmente durante la temporada turística, como consecuencia del incremento de la generación de aguas residuales.
En la documentación presentada se hace constar que la EDAR de Es Mercadal tiene capacidad suficiente para gestionar los incrementos de caudales asociados al crecimiento de Fornells y Ses Salines (el techo urbanístico que establece el planeamiento municipal actual hace prever un incremento de caudal del 57% respecto de la actual).
En concreto, con el proyecto se prevé llevar a cabo las siguientes actuaciones:
Sustitución de la tubería existente entre la EBAR de Fornells y la EBAR de Santa Victoria, con las obras necesarias para ejecutar esta actuación. El tramo del colector que debe sustituirse tiene una longitud de 2.920 m. Se instalará en una zanja de 80 cm de anchura y 1,30 m de profundidad. La nueva tubería mantendrá el actual trazado del colector, paralelo a la carretera Me-15. Siempre que sea posible el trazado discurrirá por el dominio público de la carretera. Pero, habrá un tramo de 200 m que se situará fuera del dominio público de carreteras, para minimizar la afección a una zona forestal (AANP). Este tramo discurrirá por un camino privado que se encuentra en el interior de una parcela contigua a la carretera.
Las obras implicarán tareas de pavimentación y recuperación de las aceras, trabajos con piedra (recuperación de los muros de pared seca que delimitan las parcelas adyacentes a la carretera), restauración de otros cierres privados que resulten afectados, ejecución de pozos y arquetas, etc.
-Eliminación de la EBAR de Ses Salines (ubicada en ANIT): derribarán las instalaciones existentes y se restituirá el terreno a su estado natural. Los equipos y cuadros eléctricos se aprovecharán para la EBAR de Fornells. Se expropiará y delimitará una superficie para ubicar la arqueta de conexión entre la tubería proyectada (PEAD DN280) y la existente (PVC 160). Se modificará la conexión de la tubería procedente del bombeo municipal de Ses Salines con el colector existente PVC DN 140, para utilizarlo en sentido inverso (impulsión hacia la EBAR de Fornells).
-Remodelación de la EBAR de Fornells (ubicada en suelo urbano) derribará la actual caseta donde se aloja el grupo electrógeno y los cuadros eléctricos y se construirá una nueva de mayores dimensiones para ubicar el grupo electrógeno de emergencia (que provendrá de la EBAR de Ses Salines, de 160 KV) y los cuadros eléctricos. Las dimensiones de la caseta serán de 6:40 x 3,50 y altura máxima de 2,74 m (22,40 m2 de superficie construida y cubierta inclinada de teja árabe). Se sustituirán las bombas existentes por otras de mayor potencia, ya que con la eliminación de la EBAR intermedia de Ses Salines, deberá bombear directamente hasta la EBAR de Santa Victoria y asumir las aguas residuales procedentes de Ses Salines. Se utilizará la tubería actual (PVC DN160) o bien la nueva tubería (PEAD DN280). Sustitución de los impulsos primarios por otras de mayor diámetro (DN200). Sustitución del colector entroncador y aparatos de valvulería (DN 200). Adecuación de la entrada de la otra tubería existente (PVC DN140) sobre el foso de bombeo para su funcionamiento en sentido inverso al actual (vertiendo las aguas residuales impulsadas desde el bombeo municipal de Ses Salines). Adecuación de la instalación eléctrica. Montaje del cuadro eléctrico, del cuadro de conmutación y de la batería de condensadores (que provendrá de la EBAR de Ses Salines).
Alimentación al nuevo grupo electrógeno del Puerto de Fornells. Adecuación del cuadro de contadores existente para la instalación de un contador trifásico adicional. Este contador cambiará de titularidad pasando a pertenecer al ayuntamiento de Es Mercadal y gestionará únicamente el bombeo del Puerto de Fornells. Se instalará un nuevo contador para el bombeo de Fornells gestionado por ABAQUA.
Se construirá otra caseta para alojar un grupo electrógeno y cuadro eléctrico para el tornillo de Arquímedes (de la EBAR del Puerto de Fornells). La caseta se ubicará en la zona ajardinada adjunta a la EBAR. Tendrá una superficie de 3,61 m2 y una altura máxima de 1,79 m. La cubierta será inclinada de teja árabe. Se instalará un grupo electrógeno para dar servicio al bombeo del Puerto de Fornells.
Otras actuaciones necesarias derivadas de las tres principales:
Ejecución de las conexiones de entrada y salida al bombeo
-Obras de acabado y reurbanización
-Desvío y mantenimiento de los servicios y conducciones existentes.
Para minimizar el impacto de la interrupción del servicio se tomarán las siguientes medidas:
-Las conexiones se efectuarán en los momentos en que el caudal del sistema sea mínimo (temporada baja, horario nocturno).
-Se dispondrá de camiones cisterna para evacuar el agua residual de la EBAR de Ses Salines y Fornells hasta la EBAR de Sta. Victoria.
-Se coordinarán las actuaciones con los servicios de explotación de las instalaciones.
El tiempo de vida útil del colector será de unos 40-50 años.
3. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto
Gran parte del trazado del colector (1.500 m) discurrirá dentro LIC y ZEPA y el resto, a poca distancia de estos espacios de la Red Natura 2000.
Una parte de las obras del trazado de la tubería se desarrollarán cercanas a una zona húmeda que se encuentra contigua a la carretera Me-15.
De acuerdo con el PTI de Menorca, el trazado de la canalización del proyecto atraviesa mayoritariamente diferentes categorías de suelo rústico, en concreto de los 2.920 m del colector, 2.570 m se ubican en suelo rústico protegido (ANIT, ANEI y AANP ) y el resto en suelo urbano. Por otra parte, no existe en la zona ningún Área de Protección de Riesgo (APR).
De acuerdo con la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, las obras se sitúan en zona de servidumbre de protección.
De acuerdo con la documentación presentada, aunque la mayor parte del trazado del colector discurre por suelo rústico protegido, el ámbito del proyecto se sitúa principalmente en una zona de cultivos de forrajes y sólo una parte en zona forestal de pinar con acebuches. Para evitar la afección a la zona forestal, este tramo se desviará por un camino privado que se ubica en una parcela contigua a la carretera (parcela 16, polígono 6). Esta modificación permitirá reducir la afección a la vegetación en un 98%.
Parte del trazado se encuentra en zona con vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos moderada.
El ámbito de proyecto se encuentra afectado por el cruce de una serie de torrentes. Por este motivo, parte de las obras se ubican en zona de dominio público hidráulico, zona de servidumbre y de policía de torrente.
4. Resumen del proceso de evaluación
El expediente de la evaluación ambiental se inició en fecha 21 de febrero de 2017, mediante la entrada en la CMAIB de un oficio de ABAQUA, como promotor y órgano sustantivo del proyecto. Con el oficio se envió la documentación relativa al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
El proyecto y su estudio de impacto ambiental fueron expuestos al público tal como determina el artículo 36 de la ley 21/2013, durante un plazo de 30 días, mediante publicación en el BOIB 134, de 22 de octubre de 2016, así como en la pág. web de ABAQUA y en la misma Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental (calle Gremio de Corredores, 10, polígono Son Rossinyol, Palma).
Durante el trámite de información pública, ABAQUA consultó al ayuntamiento de Es Mercadal, Servicio de Planificación de la DG de Espacios Naturales y Biodiversidad, DG de Recursos Hídricos, DG de Ordenación del Territorio de la Conselleria de Territorio, Energía y Movilidad, Dirección Insular de Cultura y Patrimonio del Consell Insular de Menorca, Dirección Insular de Movilidad del Consell Insular de Menorca y Ordenación Turística y Territorial del Consell Insular de Menorca.
Durante la información pública no se presentaron alegaciones.
Como resultado de las consultas efectuadas durante la tramitación del expediente se han recibido los siguientes informes y resoluciones:
-Resolución 2017/25, de 01 de febrero de 2017 de la Dirección Insular de Movilidad del Consell Insular de Menorca, fundamentada en el informe de 10 de enero de 2016. La Resolución es "favorable al proyecto de renovación de la red de saneamiento entre las EBAR de Fornells, Ses Salines y Santa Victoria en el TM de Es Mercadal. "El informe" se emite en cumplimiento de la Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la CAIB y la normativa vigente (...)"
-Resolución del Consejero ejecutivo del Departamento de Cultura y Educación núm. 2017/16, de 14.02.2017, que recoge las consideraciones del informe del Servicio de Patrimonio Histórico de 13/02/2017. Se hace constar que el nuevo colector "no afecta directamente ningún bien del patrimonio histórico", sin embargo se indica que "en su proximidad se localizan unos pocos elementos del patrimonio etnológico que no constan en ningún catálogo y que habrá que tener en cuenta a la hora de ocupar el terreno necesario para ejecutar la obra, teniendo cuidado de no afectarles. Se trata de:
Túnel con entrada construida con esquinas de piedra arenisca y demás sólo con excavación del suelo de una posible zona de extracción de material rocoso que se proyecta hacia el noroeste hasta la costa.
-Boyera en estado ruinoso y era embaldosada entre la arqueta 27 y 28. Ambas se localizan en Fornells (...) "
-Resolución de la Consejera ejecutiva del Departamento de Ordenación Territorial y Turística del Consell Insular de Menorca núm. 2017/210, de 07.04.2017. En esta resolución, se asume el contenido del informe de 06.04.2017 y se destaca lo siguiente:
"(...) la infraestructura prevista en el proyecto es totalmente coherente con el planeamiento municipal (...)"
"El proyecto presentado encaja con las determinaciones de la Ley 1/1991 de Espacios Naturales de las Illes Balears, la Ley 6/1997 del Suelo Rústico de las Illes Balears y con los instrumentos de ordenación territorial (PTI de Menorca y NTT) (...) "
"(...) Durante el trámite ambiental se confirmará que el colector no interrumpe la función de corredor biológico para la protección de áreas protegidas, tal como indica el punto primero del artículo 25 de la NTT (...) "
-Servicio de Planificación de la DG de Espacios Naturales y Biodiversidad (Red Natura 2000). Esta administración ha emitido los siguientes informes:
1.Informe del Servicio de Planificación de 19 de mayo de 2017, donde el técnico del Servicio concluye que se enmendará el apartado de evaluación de repercusiones sobre los espacios de la Red Natura 2000, incluido en el EIA. En el informe se recoge la información complementaria concreta que el promotor (ABAQUA) debe aportar para subsanar las deficiencias detectadas.
2.Posteriormente el promotor subsanó las deficiencias de la documentación y en fecha 23 de junio de 2017 el Servicio de Planificación emitió un segundo informe. En este informe consta lo siguiente:
"(...) Una parte de las actuaciones de este proyecto se localizan en el ámbito del LIC y ZEPA ES0000232 La Mola y S'Albufera de Fornells, concretamente la instalación de 1.500 metros de colector con la correspondiente acequia de 0,8 m de ancho y 1,3 de profundidad. La demolición de la EBAR de Ses Salines y la remodelación de la EBAR de Fornells se localizan fuera de la Red Natura 2000. En el primer caso a una distancia de 100 metros del LIC y ZEPA ES0000231 Els Alocs a Fornells y de 135 m del LIC ES5310035 Área Marina del Norte de Menorca, en el segundo caso a una distancia de 183 metros del LIC y ZEPA ES0000231 Els Alocs a Fornells y de 25 m del LIC ES5310035 Área Marina del Norte de Menorca.
La calidad e importancia del LIC y ZEPA de la Mola y S'Albufera de Fornells, responde a que nidifica al menos una pareja de águila pescadora ya que existen importantes poblaciones nidificantes de especies incluidas en el Anexo I de la Directiva147/2009/CE relativa a la conservación de las aves silvestres (Directiva de aves). Además, hay varios hábitats prioritarios en la zona (...) "
"(...) incluyen medidas protectoras para evitar afecciones a los ejemplares de Testudo hermanni (...)"
"(...) Se considera que, para evitar las afecciones a las aves de interés comunitario especificadas en el punto anterior las obras de desbroce, apertura de las zanjas, instalación de la tubería y cierre de las zanjas, dentro de los espacios de la Red Natura 2000, no se pueden llevar a cabo entre el 1 de marzo y el 31 de agosto."
Finalmente, el técnico del Servicio de Planificación concluye informar favorablemente el proyecto con la siguiente condición:
"Las obras de desbroce, apertura de las zanjas, instalación de la tubería y cierre de las zanjas, dentro de los espacios de la Red Natura 2000, no se lleven a cabo entre el 1 de marzo y el 31 de agosto."
Por otra parte, constan en el expediente una serie de informes y/o autorizaciones emitidos a solicitud de ABAQUA, paralelamente al trámite ambiental. El resultado de estos informes se ha incluido en el presente informe técnico a efectos informativos. Así consta en el expediente los siguientes documentos:
-Resolución de la DG de Ordenación del Territorio de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad, de 20/02/2017 en la que se autoriza a ABAQUA la realización de las obras para la renovación de la red de saneamiento en alta entre las EBAR de Fornells, Ses Salines y Santa Victoria, en el TM de Es Mercadal, en zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre. La autorización condiciona la ejecución de las obras a una serie de requerimientos que deberán cumplirse en el momento de la ejecución de las obras.
-Resolución de la DG de Recursos Hídricos por la que se autoriza a ABAQUA las obras del proyecto de renovación de la red de saneamiento en alta entre las EBARs de Fornells, Ses Salines y Santa Victoria, en zona de dominio público hidráulico, zona de servidumbre y de policía de cauce del término municipal de Es Mercadal, de fecha 22/02/2017. Esta autorización se encuentra condicionada al cumplimiento de una serie de prescripciones técnicas recogidas en la misma.
Por otra parte, desde el punto de vista ambiental se incluye el condicionante de "Prohibir el vertido o depósito en el cauce de cualquier sustancia susceptible de producir contaminación de las aguas, tanto superficiales como subterráneas (...)"
5. Integración de la evaluación
5.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas: Se indica que el hecho de que el objeto del proyecto consista en renovar unas instalaciones existentes, condiciona de manera importante la posibilidad de plantear alternativas. Se descarta la alternativa cero, ya que no solucionaría los problemas actualmente existentes durante la temporada turística. En cuanto al trazado, hay que diferenciar diferentes tramos: Para el tramo entre Ses Salines y Santa Victoria, generalmente el colector discurrirá por la zona de dominio público de carreteras, como en el caso anterior. En este tramo se han propuesto subalternativas para un tramo de 200 m que inicialmente afectaba a una masa forestal. Para evitar la afección a la vegetación se desviará esta pequeña parte del trazado por un camino que se encuentra en el interior de una parcela que limita con la Me-15. También se han valorado diferentes posibilidades en cuanto a las actuaciones que se pueden llevar a cabo en las EBARs. En la alternativa final seleccionada para cada una de las partes del proyecto se han aplicado criterios técnicos y ambientales para mejorar los sistemas de saneamiento. Estos criterios son los siguientes: mejorar el funcionamiento del sistema para evitar los olores y adaptarlo a los caudales previstos en el futuro; reducir el impacto en el consumo de territorio utilizando la zona de dominio público de la Me-15, para evitar la afección al medio natural; reducir el consumo energético para el funcionamiento del sistema (esto último mediante la eliminación de la EBAR de Ses Salines que además, es la que plantea problemas de olores) y finalmente, realizar una sustitución funcional para minimizar el impacto de la interrupción del servicio de saneamiento.
5.2.Principales impactos de la alternativa elegida y su corrección
5.2.1 Impacto sobre la atmósfera: se hace constar en el EIA que con la eliminación de la EBAR de Ses Salines se reducirá el consumo energético de la impulsión y además, se evitarán los problemas de olores que existen actualmente. Por tanto, en este sentido se prevé un impacto positivo. En relación a las emisiones acústicas y de gases que implica el uso de la maquinaria y camiones, se cumplirá con la normativa vigente. Para evitar las emisiones de polvo durante el transporte de materiales, la carga de los camiones se cubrirá totalmente con un sistema de protección eficaz. Se realizarán riegos periódicos en las zonas de paso de maquinaria y camiones donde se pueda generar polvo.
5.2.2 Impacto sobre el suelo: Las principales actuaciones que pueden generar impactos durante las obras serán las excavaciones de las zanjas y los movimientos de tierras, la ubicación de los acopios de materiales y de los residuos de construcción y el tráfico de maquinaria pesada (compactación del suelo). Los acopios de materiales y residuos se ubicarán siempre que sea posible en zonas ya alteradas y se delimitarán y cubrirán los acopios. Un funcionamiento inadecuado de la maquinaria podría implicar vertidos de aceites y combustibles susceptibles de contaminar el suelo. Las operaciones de mantenimiento y abastecimiento de carburante se llevarán a cabo fuera de la zona de obra. De acuerdo con el EIA, se prevé la generación de 4.461 m3 de materiales de excavación que en gran parte se podrán reutilizar en el relleno de la propia zanja. Se menciona que los excedentes de las excavaciones (unos 1.392 m3 de materiales) se llevarán a vertedero autorizado como material de relleno. Se hace constar en la documentación que por el hecho de que el colector mantenga el trazado de la actual, junto a la carretera, evitará la fragmentación de las zonas de cultivo de las parcelas adyacentes a la Me-15 y, además permitirá el uso agrícola en superficie. Como medida correctora de la afectación al suelo rústico se restituirán las zonas alteradas mediante el relleno con el material de la excavación. Por otra parte, en el EIA se valora como un impacto positivo sobre el suelo la eliminación de la EBAR de Ses Salines que supondrá la reducción de la superficie ocupada por las instalaciones. El impacto sobre el suelo se califica en conjunto como compatible.
5.2.3 Impacto sobre el agua: la posibilidad de contaminación de los acuíferos tiene relación con las posibles afecciones al suelo. Además de las medidas recogidas en el apartado anterior, el EIA indica que si ocasionalmente se debe realizar alguna reparación en la zona de obra se hará en una zona impermeabilizada y con un sistema de contención de vertidos.
5.2.4 Riesgo de incendio: Para disminuir el riesgo de incendio durante las obras, como medida protectora se propone situar la maquinaria en zonas limitadas y cerradas.
5.2.5 Flora y fauna: Para disminuir el impacto sobre la vegetación se circulará exclusivamente por los viales destinados al efecto, principalmente en la zona forestal. Se delimitarán y marcarán las áreas que resulte imprescindible desbrozar, a fin de que la afección sea mínima. La desviación de un tramo de 200 m del colector por un camino privado evitará la afección a una zona de pinar con acebuches, de tal manera que no será necesario eliminar ejemplares arbóreos. Una vez finalizada la obra si es necesario se revegetará con especies autóctonas determinadas zonas.
5.2.6 Patrimonio: De acuerdo con el EIA, se restaurarán las paredes secas que resulten afectadas por el proyecto. Por otra parte el Servicio de Patrimonio Histórico del Consell Insular de Menorca hace constar en su informe que, aunque no hay bienes catalogados, existe elementos del patrimonio etnológico con los que se deberá tener cuidado para que no resulten afectados. Estos elementos quedan recogidos en las conclusiones del presente informe.
5.2.7 Paisaje: No se prevé afección significativa al paisaje, dadas las características del proyecto.
5.3 Seguimiento ambiental: La dirección de la obra realizará un seguimiento para comprobar que la ejecución de las obras se ajusta a las prescripciones del proyecto y verificará que se apliquen las medidas ambientales oportunas. Antes de las obras se emitirá un informe donde se definan las características ambientales iniciales donde se determinarán los puntos que precisarán vigilancia ambiental. Se definirán una serie de zonas o sectores que presenten características diferenciadas, tanto desde el punto de vista ambiental como de las obras que se han de ejecutar. Para cada uno de los sectores definidos se determinarán los impactos potenciales más significativos, y se encuadrarán las medidas preventivas, correctoras y compensatorias establecidas durante la tramitación ambiental.
Durante la fase de obra se realizarán visitas periódicas para supervisar diferentes aspectos, entre los que se encuentra el control de las emisiones de polvo y partículas en suspensión, la alteración y/o compactación de los suelos, la protección de la vegetación y la fauna, el control de las zonas de acopios etc.
5.4 Consideraciones adicionales: En relación a la función de corredor biológico de la vegetación natural que rodea determinadas zonas del ámbito del proyecto, mencionada en el informe del Departamento de Ordenación Territorial y Turística de 06/04/2017m la técnica que suscribe considera que no resultará afectada por las obras ni tampoco por las tareas de desbroce, ya que estas últimas consisten básicamente en la eliminación de determinadas ramas y ejemplares aislados y en ningún caso se llevará a cabo un desbroce completo de ninguna zona. También hay que tener en cuenta que en cualquier caso el impacto será temporal, ya que la vegetación se recuperará y está prevista una revegetación en las zonas donde sea necesario (con especies autóctonas).
En relación al condicionante del informe del Servicio de Planificación (Red Natura 2000), para aclarar qué actuaciones del proyecto se pueden llevar a cabo dentro del período del 1 de marzo al 31 de agosto, se ha realizado consulta verbal desde la CMAIB a este Servicio de Planificación, en fecha 30/06/2017. Como resultado de la consulta, se ha concretado que se pueden llevar a cabo actuaciones como rehabilitación de las casetas de las EBAR y/o el derribo previsto de una de ellas, así como otras actuaciones que no requieran maquinaria y que, por tanto, no afecten acústicamente a las aves durante el periodo del 1 de marzo al 31 de agosto.
Por otra parte, hay que indicar que a pesar de que de acuerdo con el Plan Territorial de Menorca no existe en la zona ningún tipo de Área de Protección de Riesgo (APR), en el momento de emitir el presente informe técnico, se ha detectado que de acuerdo con la Norma Territorial Transitoria, dos tramos del colector del proyecto (de 180 m y 150 m de longitud) se encuentran dentro de Riesgo de incendio alto y moderado. Desde la CMAIB ha solicitado consulta al Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo, en fecha 30/06/2017. Por lo tanto, antes de la autorización del proyecto se deberá contar con el informe del Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo que establecerá las condiciones necesarias para disminuir el riesgo de incendio, en su caso.
6. Conclusiones
Por todo lo anterior, se formula la declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto "Renovación red de saneamiento, EBARs Fornells, Ses Salines y Sta. Victoria", promovido por ABAQUA, en el TM de Es Mercadal, al concluirse que previsiblemente no se producirán impactos adversos significativos, siempre que se cumplan las medidas preventivas y correctoras del estudio de impacto ambiental y las condiciones siguientes:
1. De acuerdo con el informe del Servicio de Planificación de la DG de Espacios Naturales y Biodiversidad de 23/06/2017:
I.Las obras de desbroce, apertura de las zanjas, instalación de la tubería y cierre de las zanjas, dentro de los espacios de la Red Natura 2000, no se podrán llevar a cabo entre el 1 de marzo y el 31 de agosto.
2. De acuerdo con el informe del Servicio de Patrimonio Histórico del Consell Insular de Menorca, de 13.02.2017:
I.En las proximidades del ámbito del proyecto se localizan unos elementos del patrimonio etnológico que no constan en ningún catálogo pero que habrá que tener en cuenta a la hora de ocupar el terreno necesario para ejecutar la obra, cuidando de no afectarlas. Se trata de:
a) Túnel con entrada construida con esquinas de piedra arenisca y el resto sólo con excavación del suelo de una posible zona de extracción de material rocoso que se proyecta hacia el noroeste hasta la costa.
b) Boyera en estado ruinoso y era embaldosada entre la arqueta 27 y 28. Ambas se localizan en Fornells.
3.Durante el tiempo que las zanjas permanezcan abiertas, se deben tomar precauciones para evitar la caída de pequeños vertebrados dentro ellas o prever sistemas que les permitan salir.
Se recuerda lo siguiente:
1.Se tendrá que obtener informe favorable del Servicio de Gestión Forestal de la DG de Espacios Naturales y Biodiversidad, en relación al Riesgo de incendio alto y moderado."
Y para que conste, expido este certificado antes de ser aprobada el acta correspondiente y a reserva de los términos que resulten de su aprobación, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público.
Palma, 25 de julio de 2017
El presidente de la CMAIB,
Antoni Alorda Vilarrubias