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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-

Núm. 9598
PalmaActiva.- Extracto de las bases de la convocatória de los Premios Audiovisuales Palma Film Office Año 2017 (Publicado extracto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ID360790)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de Subvenciones. 

Primero.- Beneficiarios

Pueden participar tanto las personas físicas como las jurídicas legalmente constituidas bajo cualquier fórmula, si su objetivo social –de las personas jurídicas- está relacionado con el sector audiovisual y la producción y/o comercialización de filmaciones.

Las obras han de ser originales y de creación de los solicitantes al concurso. No pueden optar a los Premios las producciones audiovisuales que contengan más de un 15 % de material no original sobre la totalidad de la obra. Los solicitantes deben tener disponibilidad sobre la obra en calidad de autores.

Cada participante, individual o colectivo, puede presentar el número de producciones audiovisuales que considere a las tres categorías, pero únicamente puede ser galardonado con un premio.

Hay tres categorías de premios:

1.- Premio Vídeo Promocional de Palma, con un importe de 2.000€. Las obras presentadas en esta categoría deben tener una duración mínima de 20 segundos y máxima de 40 segundos.

2.- Premio Animación  Digital, con un importe de 4.000€. Las obras presentadas en esta categoría han de tener una duración máxima de 10 minutos, han de presentarse en formato digital y pueden ser de cualquier temática y técnica de animación.

3.- Premio Cortometraje, con un importe de 4.000€. Las obras presentadas en esta categoría han de tener una duración máxima de 30 minutos y la temática es libre (ficción, documentales, etc.).

Segundo.- Objeto. 

Los Premios Audiovisuales de PalmaActiva tienen una doble finalidad:

- Promover la ciudad de Palma como localización de producciones audiovisuales.

- Impulsar el desarrollo  local y el apoyo a la profesionalidad del sector.

Tercero.- Bases Reguladoras.

La concesión de lea subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el art. 58 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley de subvenciones; el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre. Texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB; la Ordenanza municipal de subvenciones (BOIB núm. 35, de 12 de marzo de 2015) y las Bases de ejecución del Presupuesto para el año 2017. La convocatoria está presidida por los principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia y objetividad.

Cuarto.- Cuantía.

El crédito total asignado en esta convocatoria es de 10.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 40.43310.48900.00 del presupuesto de PalmaActiva del año 2017.

 

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes

Pueden presentarse solicitudes desde el día que se publique esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y hasta el 15 de octubre de 2017.

Sexto.- Otros Datos

Las solicitudes han de presentarse mediante modelo oficial de participación, que puede obtenerse electrónicamente en la web http://www.palmaactiva.com o físicamente en la sede de PalmaActiva, en la del Socors, 22, Palma, en horario de 9 a 14h, de lunes a viernes laborables.

Las solicitudes presentadas por persona físicas –tanto individuales como colectivas- deben estar firmadas por todos los miembros. Las presentadas por personas jurídicas deben estar firmadas por sus representantes legales. La baja o renuncia de uno de los solicitantes o la modificación de la persona jurídica conllevará la no valoración de la obra.

Tanto las solicitudes presentadas por correo electrónico como las presentadas físicamente deben incluir los siguientes documentos:

a. Fotocopia del DNI/NIE/ CIF del/los  solicitante/s.

b. Fotocopia del DNI/NIE del representante de la persona jurídica, si procede, y carácter de la representación.

c. Fotografía de quien dirige (300 ppp en jpg y máximo 1Mb).

2 fotografías de la obra audiovisual en formato digital (300 ppp en jpg y no superior a 1Mb).

d. Biofilmografía de quien dirige y, si procede, de la empresa productora (máximo de 400 caracteres).

Los que opten a las categorías de Animación digital y cortometrajes también deberán presentar los siguientes documentos:

e. Sinopsis de la obra (máximo 300 caracteres).

f. Presentación en vídeo de la obra, con una duración máxima de 60 segundos, subiéndolo a la plataforma Youtube en modo oculto y compartido con pfoffice.palmaactiva@gmail.com. En la solicitud modelo se tiene que indicar la dirección web del vídeo.

 


Palma, 31 de agosto de 2017

La gerente
Susana Rincón Otero