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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENCIA
Núm. 9543
Extracto de la convocatoria de subvenciones del Consell de Mallorca para promover la igualdad para el año 2017
BDNS (identif.): 360624
En conformidad con el que se prevé en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria la cual se puede consultar a la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
En relación con cada una de las líneas de subvención, los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria son los siguientes:
1. Línea de subvenciones de ayuntamientos y mancomunidades:
2. Línea de subvenciones de asociaciones y agrupaciones de personas físicas privadas:
Segundo. Objeto
La convocatoria tiene por objeto la regulación de la concesión de subvenciones para financiar la realización de proyectos de igualdad de oportunidades en cualquier de los términos municipales de la isla de Mallorca.
Consta de dos líneas de subvención:
L1.-Línea de subvención de ayuntamientos y mancomunidades.
L2.-Línea de subvención de asociaciones y agrupaciones de personas físicas privadas.
Tercero. Finalidad
Según la línea de subvención se especifica la finalidad:
(L1): Línea de subvenciones de ayuntamientos y mancomunidades: la finalidad de los planes de igualdad tiene que ser organizar y poner en marcha el conjunto de las políticas de género del ayuntamiento, orientadas a todo su personal y a la ciudadanía para lograr la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
(L2): Línea de subvenciones de asociaciones y agrupaciones de personas físicas privadas, la finalidad de los proyectos o actividades tiene que ser todas o alguna de las siguientes:
a) Favorecer el empoderamiento de las mujeres o de personas LGTBI
Cuarto. Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 23 de Diciembre de 2016, BOIB núm. 21, de 18 de Febrero de 2017.
Quinto. Crédito presupuestario
A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina la cantidad total máxima de 141.100€ del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca para el año 2017.
(L1): Línea de subvenciones de Ayuntamientos y Mancomunidades: 87.000,00€.
(L2): Línea de subvenciones de Asociaciones y Agrupaciones de personas físicas privadas: 54.100,00€.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Palma, 29 d’agost de 2017
El secretario técnico del Departamento de Participación
Ciudadana y Presidencia
(Resolución de delegación del Vicepresidente segundo y consejero
Ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia, BOIB núm. 116, de 1 de Agosto de 2015)
Jaume Andreu Sabater Malondra