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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA

Núm. 9327
Juicio verbal 1038/2015 sobre otras materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA.

En Ibiza a cinco de julio de dos mil diecisiete.

Vistos por mí SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Ibiza, los presentes autos de Juicio Verbal 1.038/2.015, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de MARIA DEL CARMEN CARREÑO ORELLANA representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Landáburu Riera con asistencia Letrada a cargo del Letrado Sra. Cristina Tur Sanz, contra ROSSE ANN EMANS y THOMAS JAMES EMANS, declarados en situación de rebeldía procesal, vengo a resolver sobre la base de los siguientes:

ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Landáburu Riera en nombre y representación de MARIA DEL CARMEN CARREÑO ORELLANA, contra ROSSE ANN EMANS y THOMAS JAMES EMANS y, en consecuencia, CONDENO solidariamente a los demandados a:

1.- La reparación de la causa origen de las fitraciones consistente en la reparación del revestimiento asfáltico e impermeabilización de la terraza descubierta de la vivienda de su propiedad.

2.- A la reparación de los daños ocasionados en la vivienda propiedad de la actora consistente en los trabajos previstos en el informe pericial elaborado por el Sr. Samper aportado como documento nº 2 junto al escrito de demanda.

3.- Al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que no cabe formular recurso de apelación, conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN: Dictada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Illmo magistrado-juez que la suscribe, constituido en audiencia pública en el mismo día de su fecha; Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Rosse Ann Emans y de Thomas James Emans, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En IBIZA/EIVISSA, a diez de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA