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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO

Núm. 9503
Notificación de las resoluciones de sobreseimiento de los Expedientes sancionadores instruidos por la Conselleria d'Innovació, Recerca i Turisme

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Puesto que no ha sido posible notificar las resoluciones de los Expedientes sancionadores que se relacionan a continuación, instruidos por la Conselleria d'Innovació, Recerca i Turisme por presuntas infracciones administrativas en materia de turismo, en ejecución de lo que dispone el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica a las personas que también se indican a continuación que se ha decidido declarar que es procedente sobreseer las actuaciones iniciadas contra estos Expedientes sancionadores, declarar la inexistencia de responsabilidad y archivar los presentes Expedientes sancionadores.

Expediente número: TU 139/16

Titular: María Bustos Guerrero

Empresa: Casa Bona: 2 Apartamentos (1 y 2)

Última dirección: C/ San Luis, 81 de Son Serra de Marina, Santa Margarita

Data: 16 de junio de 2017

Se comunica que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la CAIB, y el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y, de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, se puede interponer recurso potestativo de reposición frente al órgano competente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

    

Palma, 22 de agosto de 2017

El secretari general
Por delegación del conseller d'innovació, Recerca i Turisme (Resolución de 28-07-15; BOIB núm. 118 de 06.08.15)
Josep Mallol Vicens