Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 9442
Concesión de subvenciones de la convocatoria para la conservación y restauración de bienes culturales relacionados con la figura de Ramón Llull y de los personajes eminentes del lulismo, año 2017 (BDNS 343861)
El 24 de agosto de 2017, el Vicepresidente Primero y Consejero Ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes dictó la siguiente resolución:
Dado que la Convocatoria de subvenciones para la conservación y restauración de bienes culturales relacionados con la figura de Ramón Llull y de los personajes eminentes del lulismo, año 2017, se da en el marco de las competencias asumidas por el Consejo Insular de Mallorca, en virtud de la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los Consejos Insulares en materia Patrimonio Histórico, Promoción Sociocultural, animación sociocultural, Depósito Legal de Libros y Deportes.
El día 18 de abril de 2017, el Vicepresidente Primero y Consejero Ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes aprobó la Convocatoria de subvenciones para la conservación y restauración de bienes culturales relacionados con la figura de Ramón Llull y de los personajes eminentes del lulismo, año 2017 y autorizar el gasto total de cien mil euros (100.000,00 €) a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 78900 y con reserva de crédito 220170001895.
Vista el acta de la Comisión Técnica de Evaluación reunida el 14 de julio de 2017 para examinar los expedientes y valorarlos.
Visto el informe de fiscalización emitido el 10 de agosto de 2017 con una deficiencia que supone una enmienda esencial que provoca la suspensión del procedimiento: No se han aportado los certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria de los siguientes beneficiarios: Parroquia de Santa Margarita y las Jerónimas Convento de Santa Isabel.
Los días 17 de agosto de 2017 y 23 de agosto de 2017 se han podido obtener los dos certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria.
Visto el informe de 23 de agosto de 2017 emitido por el Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y Deportes en el cual constan los expedientes objeto de subvención y los beneficiarios que cumplen con todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones y los que no, como se detalla en el punto 1 de esta resolución.
Visto el informe de jurídico de 23 de agosto de 2017 emitido por la TAG del Servicio de Patrimonio Histórico.
Visto el informe favorable emitido desde la Intervención General de fecha 24 de agosto de 2017.
Visto el artículo 1 g) y j) del Decreto de Presidencia del Consejo por el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca, de fecha 9 de junio de 2017 (BOIB n. 73 de 15 de junio de 2017), modificado por Decreto de Presidencia de día 26 de junio de 2017 (BOIB nº 77, de 24 de junio de 2017), según el cual los consejeros ejecutivos tienen atribuciones para aprobar y resolver las convocatorias de ayudas o subvenciones a particulares o entidades públicas y privadas en la cuantía que se determine en las bases de ejecución del presupuesto, cuando la competencia no corresponda al Pleno.
De acuerdo con la base 23.5 de ejecución del presupuesto 2017, los consejeros ejecutivos son competentes para aprobar y resolver subvenciones y para autorizar y disponer gastos de cuantía igual o inferior a 250.000,00 €.
Por todo lo que se ha expuesto y en uso de las atribuciones concedidas, dicto
RESOLUCIÓN
I.- Excluir las siguientes solicitudes presentadas de acuerdo con las Bases Reguladoras de la concesión de las subvenciones del Consejo Insular de Mallorca recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº 21, de 18/02/2017 y con la Convocatoria de subvenciones publicada en la BDNS (identif.): 343861.
- Obispado de Mallorca (exp. 1): el Proyecto de instalación de nuevo vitral dedicado a Ramón Llull en la Parroquia de Algaida presentado por el Obispado de Mallorca porque no se encuentra incluido dentro del objeto de subvención que es la conservación y restauración de bienes culturales relacionados con la figura de Ramón Llull y de los personajes eminentes del lulismo. El proyecto presentado engloba el acondicionamiento y preparación para la instalación de un nuevo vitral en un ventanal tapiado de la Parroquia de Algaida.
II. Conceder las subvenciones dentro de la Convocatoria de subvenciones para la conservación y restauración de bienes culturales relacionados con la figura de Ramón Llull y de los personajes eminentes del lulismo, año 2017, por las cantidades que se indican, de acuerdo con la puntuación obtenida, la aplicación del principio de concurrencia competitiva y el contenido establecido en la Convocatoria y disponer de un gasto por importe de cuarenta y seis mil ocho cientos veintiún euros con diez céntimos (46.821,10 €) a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 78900 y con reserva de crédito 220170001895, que se imputará al siguientes beneficiarios:
Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Concepto |
Presupuesto |
Presupuesto subvencionable (máx. 15.000) |
Cantidad solicitada |
Puntos con criterio de desempate |
Importe concedido |
5 |
Franciscanos de la Tercera Orden Regular |
R0700029B |
Intervenciones puntuales en el sepulcro de R. Llull (basílica de S. Francisco de Palma) |
18150 |
15000 |
15000 |
12 |
15000 |
6 |
Religiosas Jerónimas del Monasterio de santa. Elisabet |
R0700003G |
Restauración del retablo de la aparición de Cristo en S. Honorat, con S. Antonio Abat y R. Llull (Monasterio de Santa. Elisabet de Hungría, Palma) |
3521,1 |
3521,1 |
3521,1 |
9 |
3521,1 |
4 |
Parroquia de Santa Margarita |
R0700238I |
Conservación y restauración mesa de R. Llull (Parroquia de santa Margarita) |
9123 |
9123 |
9123 |
7 |
9123 |
3 |
Parroquia de Sant Antonio Abat (Sa Pobla) |
R0700148J |
Restauración pintura R. Llull y la Virgen con el Niño Jesús (Parroquia de Sa Pobla) |
14157 |
14157 |
14157 |
7 |
14157 |
2 |
Parroquia de San Pedro (Sencelles) |
R0700232B |
Restauración imagen R. Llull (Parroquia de Sencelles) |
5020 |
5020 |
5020 |
6 |
5020 |
III.- Devolver el importe sobrante de cincuenta y tres mil ciento setenta y ocho euros con noventa céntimos (53.178,90 €) a la aplicación presupuestaria 20 33620 78900.
IV.- Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y remitir la información de esta concesión a la BDNS.
V.-. Dar traslado de la presente Resolución a la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca.
Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa se puede interponer recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, s a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurrido tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo eso de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 25 de agosto de 2017
El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y Deportes
Francesc Ramis Oliver