Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 9363
Propuesta de resolución por la que se acepta la cesión de los locales A, B, D y E de la planta primera del número 1 de la calle Nigul, alquilados por el Ayuntamiento de Palma
Hechos
1. El 2 de marzo de 2010 tuvo entrada en el Servicio de Salud de las Islas Baleares una remisión de la Consejería de Salud del BOIB n.º 74/2007, de 19 de mayo, en el que se publicó la cesión de uso de los locales A, B, D y E de la planta primera del número 1 de la calle Nigul, de Palma.
2. El 15 de abril de 2010 tuvo entrada en el Ayuntamiento de Palma la solicitud de documentación relativa al expediente de cesión gratuita de uso de los locales en cuestión para ubicar una unidad básica de salud en El Terreno, y el 24 de junio de 2010 se solicitó al Ayuntamiento de Palma dicha documentación.
3. El 8 de febrero de 2011 tuvo entrada en el Registro del Servicio de Salud el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 25 de abril de 2007 en el que consta la cesión al Servicio de Salud de los locales en virtud del Acuerdo de 11 de abril de 2007, cuyas obras, funcionamiento, mantenimiento y equipamiento serían responsabilidad del Servicio de Salud.
4. El 3 de febrero de 2011 se informó a la Consejería de Salud sobre la documentación requerida al Ayuntamiento de Palma los días 9 de abril y 18 de junio de 2010 para el expediente de cesión gratuita de los locales.
5. El 8 de febrero de 2011, el Ayuntamiento de Palma remitió al Servicio de Salud la aprobación de la Junta de Gobierno Local en la sesión del 25 de abril de 2007 de la cesión de uso de los locales al Servicio de Salud.
6. El 16 de mayo de 2017 se solicitó información y la documentación relativa al expediente de cesión gratuita de uso de los locales (exp. PATRIM 12/2016).
7. El 14 de junio de 2017, en referencia a los gastos de comunidad de los locales, la Unidad de Contratación del Ayuntamiento de Palma comunicó al Servicio de Salud que los “expedientes de alquiler siguen vigentes a día de hoy en aplicación de la cláusula tercera de los respectivos acuerdos de Junta de Gobierno por los que se contrata el alquiler de los locales” [traducción del original]. Además, se presentó la documentación siguiente de los expedientes de contratación n.º 66 y 80 del Ayuntamiento de Palma, relativos al alquiler de los locales en cuestión:
8. El 28 de junio de 2017, el Área de Sanidad y Consumo del Ayuntamiento de Palma remitió la documentación requerida para la cesión de uso de los locales:
9. El 11 de agosto de 2017, el subdirector de Presupuestos y Control del Gasto emitió un informe favorable a la aceptación de la cesión.
Fundamentos de derecho
1. Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Islas Baleares.
2. Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares.
3. Decreto 81/2015, de 25 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
4, Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
5. Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
6. Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001.
7. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas.
8. Real decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley 33/2003.
9. Real decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de bienes de las entidades locales.
10. El resto de las disposiciones vigentes aplicables.
Propuesta de resolución
Por todo eso propongo al director general del Servicio de Salud que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Aceptar la cesión de uso de los de los locales A, B, D y E (3 y 5 de orden general) de la planta primera del número 1 de la calle Nigul, de Palma.
2. Establecer las condiciones siguientes para la cesión:
a. El Servicio de Salud se hace cargo de las obras, sin perjuicio de los permisos municipales correspondientes.
b. El Servicio de Salud se encarga del funcionamiento, del mantenimiento y del equipamiento de los locales.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Imposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el director general del Servicio de Salud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 11 de agosto de 2017
El subdirector de Presupuestos y Control del Gasto
Andreu A. Díaz Rubio
Conforme con la propuesta. Dicto resolución
El director general
Julio Miguel Fuster Culebras