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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO

Núm. 9277
Notificación de trámite de audiencia en relación al expediente del establecimiento denominado Finca Ca'n Negra, con expediente Nº 203/2014/ET , y ubicado en el Camí D'es Puig, buzón 292 -polígono 3, parcela 99-, del término municipal de Bunyola

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Texto

En relación a la inscripción de la estancia turística en vivienda en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Illes Balears, denominada FINCA CA'N NEGRA, propiedad de Mentorforum AB, con una capacidad de 3 unidades de alojamiento y 6 plazas, situada en el Camí D'es Puig, buzón 292 -polígono 3, parcela 99-, del término municipal de Bunyola, efectuada a fecha de 3 de marzo de 2014 y número de registro de entrada 3328, he de comunicarle que, realizada la visita por parte del Servicio de Inspección y Estrategia Turística, se ha emitido informe desfavorable debido a lo siguiente:

- Falta aportar copia del pasaporte y del NIE de la persona declarante: Elisabeth Waktel. Así mismo, como representante de una entidad jurídica, deberá presentar las escrituras de representación que la autorizan a actuar en nombre de la sociedad, traducidas a uno de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma (catellano o catalán).

-Ha de retirar la cama de la habitación de juegos situada en la primera planta.

Por todo ello, y de conformidad con lo que prevé el artículo 69 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo que prevé el artículo 82 de la mencionada ley, dispone de un plazo de 15 días de trámite de audiencia para presentar documentación o para alegar aquello que considere oportuno desde el día siguiente a la recepción de este escrito y, en el caso de que no aporte ninguna documentación o enmiende todas las deficiencias, se entenderá que ha perdido el derecho al trámite y se acordará el desistimiento del procedimiento y la imposibilidad de la inscripción, previa resolución que se dictará en los términos previstos en los artículos 21,22 y 23 de la mencionada Ley.

Palma, a 4 de agosto de 2017

El jefe del Departament d'Ordenació i Planificació Turística

Felix Schmidle Leibold