Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 9260
Resolución de la consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública relativa a la convocatoria para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de arquitecto/a técnico/a, por el procedimiento extraordinario y por el específico de selección, respectivamente, mediante el sistema de concurso de méritos, para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del Consell de Mallorca
Les comunico que la consejera ejecutiva del Departamento de Modernización y Función Pública del Consell Insular de Mallorca en el día de hoy, ha resuelto:
“Hechos
1. A raiz de la solicitud para cubrir plazas de arquitecto/a técnico/a.
2. Dada la falta de bolsas de esta categoria, hay que crear una nueva para poder cubrir las necesidades actuales y otras que puedan acontecer.
Fundamentos
1. El artículo 15 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en materia de nombramiento de personal funcionario interino y el Decreto 30/2009 de 22 de mayo, publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 78 de 30 de mayo de 2009, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en los artículos:
a.- Artículo 4, en el cual se regula el procedimiento extraordinario, para ocupar puestos de trabajo vacantes que corresponden a personal funcionario.
b.- Artículo 6, en el cual se hace referencia al procedimiento específico de selección para subvenir a necesidades temporales y urgentes para aquellos supuestos en que haga falta atender las funciones propias del cuerpo, de la escala y de la especialidad en los casos de:
- Sustitución de personal funcionario en situación de licencia, cuando tenga una duración prevista no superior a 6 meses.
- Sustitución de personal funcionario en situación de reducción de jornada.
- Subvención de necesidades urgentes, extraordinarias y circunstanciales de incremento de la actividad por un plazo máximo de 6 meses dentro de un periodo de 12.
2. Dado que el día 1 de octubre de 2016, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 125, la Resolución de la consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública que aprueba el Acuerdo de Mesa conjunta de personal funcionario y laboral del Consejo de Mallorca, de día 21 de julio de 2016, que establece las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para la cobertura de personal interino y laboral en el Consell de Mallorca, modificadas por la Resolución de día 30 de marzo de 2017 y publicada al Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 47 de 20 de abril de 2017.
3. La necesidad de hacer frente a vacantes de larga duración y/o de subvenir a necesidades temporales y urgentes de la corporación en la categoría de arquitecto/a técnico/a.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Convocar el procedimiento extraordinario y el procedimiento específico de selección mediante convocatoria pública de concurso, para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes para la subescala, la clase o la categoría de arquitecto/a técnico/a del Consell de Mallorca, de acuerdo con las bases generales.
2. Las características específicas de la plaza convocada son las que se recogen al anexo I y las bases de aplicación son las publicadas día 1 de octubre de 2016 al Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 125 y en la sede electrónica del Consell de Mallorca, modificadas al Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 47 de 20 de abril de 2017. El modelo de instancia y la autobaremación se adjuntan al anexo II de esta Resolución.
3. Ordenar a la Dirección Insular de Función Pública que inicie los trámites oportunos de selección, que publique esta Resolución en el, en el tablón de edictos de la Llar de la Infancia (c/ del General Riera, 113, Palma), en la sede electrónica del Consell y que inserte el anuncio correspondiente en prensa.
4. Comunicar al Servicio de Ocupación de las Islas Baleares que publique la convocatoria, para que haga la difusión oportuna.
5. Dar traslado de esta Resolución a la Junta de Personal.
6. Dar un plazo, para la presentación de solicitudes, de quince días habilidosos a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de altura ante la Presidencia del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contados a partir del día siguiente de recibir esta notificación.
Contra la desestimación expresa de este recurso de altura podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del dicho recurso de altura.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de altura y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”
Palma, 21 de agosto de 2017
El director insular de Función Pública, por suplencia de la secretaria técnica de Modernización y Función Pública
(BOIB Núm. 120 de 08-08-2015)
ANEXO 1
Requisitos específicos para la convocatoria de dos bolsas correspondientes a la subescala, la clase o la categoria de arquitecto técnico y arquitecta técnica en el Consell de Mallorca
GRUPO O SUBGRUPO: A2
TITULACIÓN DE ACCESO:
Título de arquitectura técnica o Grado en arquitectura técnica
OTROS REQUISITOS:
FUNCIONES GENERALES:
Dirigir la ejecución material de la obra, hacer las certificaciones, proponer modificaciones de contrato, recibir la obra y redactar los informes.
Participar en la redacción de proyectos y llevar a cabo medidas y peritaciones para las cuales estén facultados.
Redactar informes técnicos, pliegos, estudios, memorias, planes y propuestas sobre las materias de su competencia.
Conocer y aplicar la normativa vigente que afecte a los asuntos propios de su trabajo, así como el conocimiento y manejo de las herramientas informáticas para llevarlas a cabo.
Redactar estudios de seguridad y salud y/o asumir las funciones de coordinación de seguridad y salud laboral durante la ejecución de las obras.
Inspeccionar y emitir informes técnicos sobre la materia inspeccionada y levantar las actas de inspección.
Coordinar, programar y supervisar las tareas del personal a cargo.