Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 9171
Resolución de la concesión de las subvenciones en el expediente de la Convocatoria de Ayudas de minimis al fondo de Actividad Musical 2017
Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones: 341431
El vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes, el 16 de agosto de 2017, ha dictado, entre otros, la siguiente resolución que transcribo literalmente a continuación:
“Antecedentes
1. El vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes aprobó, mediante resolución de día 29 de marzo de 2017 (BOIB nº. 42 de 8 de abril de 2017), la convocatoria de ayudas de minimis al fondo de actividad musical 2017, con corrección de error material aprobada por resolución de 10 de mayo de 2017 (BOIB nº. 59 de 16 de mayo de 2017).
2. La comisión técnica de evaluación emitió, mediante acta de sesión de día 19 de julio de 2017, el informe propuesta relativo a la concesión de la convocatoria de ayudas de minimis al fondo de actividad musical 2017.
3. El 20 de julio de 2017, el órgano instructor ha emitido el informe sobre el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria mencionada por parte de las empresas beneficiarias propuestas y la Unidad Jurídica Administrativa de Cultura ha emitido informe favorable sobre los aspectos jurídicos de la concesión de las subvenciones.
4. Día 2 de agosto la Intervención General ha emitido informe favorable de fiscalización de la propuesta de concesión de la convocatoria.
5. La existencia de cédito presupuestario adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 20.33430.47905 (RC con el nº. de referencia 22017/1315) del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca del ejercicio 2017, una vez visto lo que establece el punto segundo de la convocatoria (dotación presupuestaria: 140.000,00 €), así como el contenido del acta de la comisión técnica de evaluación de 19 de julio de 2017, para atender la concesión de las ayudas propuestas.
Fundamentos de derecho
1. El punto sexto con relación al décimo de la convocatoria determina que la comisión técnica de evaluación es la encargada de estudiar y evaluar las solicitudes, así como de fijar el importe de las subvenciones de las solicitudes.
2. El punto quinto y décimo de la convocatoria recoge que el procedimiento de selección de las empresas beneficiarias se lleva a cabo mediante concurrencia competitiva, en virtud de la cual se comparan, en un único procedimiento, todas las solicitudes presentadas con la intención de establecer una prelación a través de los criterios de evaluación y, de esta manera, conceder las ayudas a las solicitudes que han obtenido una mayor puntuación, dentro de los límites recogidos en el punto undécimo y hasta el importe del crédito presupuestario establecido.
3. El párrafo quinto del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, establece que en el expediente tiene que haber un informe del órgano instructor en que conste que, en virtud de la información de que se dispone, se desprende que los beneficiarios propuestos cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria.
4. El punto sexto, párrafo segundo, establece que el órgano encargado de resolver la convocatoria es el vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes.
Vistos los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos, y de acuerdo con el artículo 1 g) del Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de día 9 de junio de 2017 (BOIB nº. 73 de 15 de junio de 2017); corrección de errores de 15 de junio de 2017 (BOIB nº. 74 de 17 de junio); modificado por decreto de 20 de junio de 2017 (BOIB nº. 77 de 24 de junio); corrección de errores (BOIB nº. 82 de 6 de julio de 2017) y la base 23.5 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de este año, adopto la siguiente
Resolución
1. Conceder a las empresas señaladas en el anexo 1, un importe total, en concepto de ayuda, de 140.000,00 € y disponer el gasto a favor suyo, para llevar a cabo los proyectos de actividades musicales que se indican en el anexo mencionado, con cargo en la partida presupuestaria 20.33430.47905, en virtud de la RC con nº. de referencia 22017001315, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de ayudas de minimis al fondo de actividades musicales por empresa 2017.
2. Denegar la ayuda a las empresas que se detallan en el anexo 2, por los motivos que allí se indican.
3. Excluir la solicitud que se detalla en el anexo 3, por el motivo que allí se indica
4. Comunicar esta resolución a la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca
5. Publicar esta resolución en el BOIB, por conducto de la base de datos nacional de subvenciones.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada, dentro del plazo de un mes, ante|delante de este consejero jecutivo/consejera ejecutiva o ante la presidencia, contador a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habiendo recibido notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si es oportuno, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”
Palma, 17 de agosto de 2017
El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, por delegación
(Resolución de delegación de competencias del vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes de 15/03/2016; BOIB nº. 37, de 22/03/2016)
Francesc Ramis Oliver
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2017 ACTIVIDADES MUSICALES A PERSONAS JURÍDICAS O FÍSICAS
ANEXO 1 SUBVENCIONES CONCEDIDAS
ENTIDAD |
NIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
IMPORTE SOLICITADO |
PUNTUACIÓN |
IMPORTE SUBVENCIÓN |
Restaurante Espectaculo Son Amar, SL |
B07167281 |
Sonamar (ECO) Festival |
47.470,00€ |
44.470,00 € |
17.145,00 € |
41 |
17.145,00 € |
Associació Cultural Catalunya Rock |
G60262300 |
Sona 9 2017 - Eliminatoria Illes Balears |
3.400,00 € |
3.400,00 € |
1.700,00 € |
34 |
1.700,00 € |
Josep Lluís Gallardo Llull |
18219787S |
Concerts intergeneracionals dels Spaguetti per a gent Major de Mallorca |
16.111,00 € |
16.111,00 € |
8.055,50 € |
34 |
8.055,50 € |
Grup Trui Mallorca, SL |
B57634131 |
Solarfest 2016 |
67.925,61 € |
67.595,04 € |
32.144,00 € |
34 |
32.144,00 € |
Ensaimada Musical, SL |
B57320137 |
XV Fira Internacional del Disc a Mallorca |
31.879,70 € |
31.879,70 € |
6.227,33 € |
34 |
6.227,33 € |
Cultura Aquí y Ahora, SL |
B16503211 |
Mallorca Live Festival 2017 |
809.785,00 € |
760.386,00 € |
100.000,00 € |
32 |
74.728,17 € |
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2017 ACTIVIDADES MUSICALES A PERSONAS JURÍDICAS O FÍSICAS
ANEXO 2 SUBVENCIONES DENEGADAS
ENTIDAD |
NIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
IMPORTE SOLICITADO |
PUNTUACIÓN |
BASE CONVOCATÒRIA |
Mallorca de Teatre SLU |
B57404410 |
Els amics de les Arts en concert |
30.500,00 € |
30.500,00 € |
15.250,00 € |
23 |
Onzena, Manca dotació pressupostària |
Zoo Music Produccions, SLU |
B57231912 |
Luis Fonsi en concierto |
175.485,00 € |
175.485,00 € |
87.500,00 € |
19 |
Onzena, Manca dotació pressupostària |
Bartolomé David Seguí Campins |
78210968C |
Plenun Organis Festival |
7.496,00 € |
6.496,00 € |
7.496,00 € |
9 |
Onzena, Manca dotació pressupostària |
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2017 ACTIVIDADES MUSICALES A PERSONAS JURÍDICAS O FÍSICAS
ANEXO 3 SOLICITUDES EXCLUIDAS
ENTIDAD |
NIF |
PROYECTO |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN |
BASE CONVOCATÒRIA |
Pablo López Martín |
43100556M |
MUSICA MAgESTRO |
Sol·licitud extemporània |
Incompliment del punt vuitè de la convocatòria (el termini de presentació de sol·licituds va exhaurir el dia 4 de maig de 2017 i l'interessat la va presentar el dia 5 de maig de 2017 (NRE 13760) |