Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN
Núm. 9050
Extracto de la Resolución de la Consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 10 de agosto de 2017 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas, para el año 2017
Identificador BDNS: 359374
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones <http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index>:
Primer. Entitades beneficiarias
Pueden resultar beneficiarias de las ajudas que establece esta convocatoria las entitades que cumplan los requisitos que se indican a continuación:
Estar constituidas legalmente como entidades privadas sin ánimo de lucro con dos añoss de antelación en la fecha de finalitzación del plazo de presentación de instancias.
Estar inscritas, en la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, como entidades prestadoras de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears (RUSS).
Disponer de sede o delegación permanente y activa en las Illes Balears.
Acreditar una experiencia mínima de dos años y especialización en la atención al colectivo o a los colectivos a los que se dirigen los programas.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es el establecimiento de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar los gastos derivados del funcionamiento de servicios y programas de atención social, de orientación, de valoración y de integración para el fomento de la inclusión social, así como de servicios de atención social dirigidos a personas y familias en riego de exclusión social mediante programas dirigidos a cubrir necesidades básicas.
Tercer. Bases reguladores
Esta convocatoria se rige por la Orden de la consejera de Salud, Familia y Benestar Social de 24 de mayo de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales, de personas en situación especial, de menores y familia, y de planificación y formación de servicios sociales, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 76, de 29 de mayo de 2012.
Cuarto. Cuantía
El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 3.040.904,41 € (tres millones cuarenta mil novecientos cuatro euros i cuarenta i un céntimos) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017.
La determinación del importe de la subvención se recoge en el punto 13 de la convocatoria de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el punto 12.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de quince días naturales a contar desde el día siguiente que se haya publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Los impresos oficiales de la solicitud y de los diferentes documentos que se tienen que rellenar y presentar están a disposición de las personas interesadas en los enlaces de la web de la CAIB (www.caib.es) en la página de la Dirección General de Planificación y Servicios Sociales de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación.
Sexto. Otros datos
Son subvencionables los proyectos que cumplan los requisitos que establece esta convocatoria y que se lleven a cabo entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018.
Palma, 11 d’agost de 2017
La consellera de Serveis Socials i Cooperació
Fina Santiago Rodríguez