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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección primera. Contratación Pública

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 8775
Resolución del Presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares por la que se declara desierto el concurso para el arrendamiento de un inmueble destinado a oficina del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares en la ciudad de Ibiza (AMBDE 3321 / 2016)

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Texto

Antecedentes

1. El 21 de julio 2016 el director del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares emitió la memoria justificativa relativa a la tramitación de un procedimiento de arrendamiento por concurso para ubicar la oficina del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares en la ciudad de Ibiza.

2. El 22 de agosto de 2016 el presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares dictó la resolución de inicio del expediente de arrendamiento.

3. Impulsado e instruido el procedimiento, el 2 de diciembre de 2016, la Intervención delegada emitió informe de fiscalización previa limitada de conformidad con el expediente de referencia.

4. El 15 de diciembre de 2016, se publicó, en el BOIB núm. 157, el anuncio de licitación del contrato de referencia, así como los pliegos de cláusulas administrativas y los pliegos de prescripciones técnicas.

6. Una vez cumplido el plazo de presentación de ofertas, presentaron proposición las siguientes entidades:

Licitadores

Cetis Shops, SL

7. Día 2 de febrero de 2017, la Mesa, una vez comprobada la documentación de los sobres A y B, acordó requerir a la única licitadora la enmienda de parte de la documentación, y enviar la documentación de la proposición presentada en la dirección general de Arquitectura y Vivienda para que emitiera el informe de adecuación de los contenidos técnicos en Pliegos de condiciones particulares para contratar el arrendamiento del inmueble.

8. Día 29 de marzo de 2017, visto el informe de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, la Mesa acordó la exclusión del licitador "Cetis Shops, SL" porque el local de la oferta presentada no cumplía el requisito de tener como mínimo 900 m2 útiles de única planta, establecido en el pliego de prescripciones técnicas.

9. Dado que "Cetis Shops, SL", es el único licitador que se ha presentado al concurso para el arrendamiento de un inmueble destinado a oficina del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares en la ciudad de Ibiza (AMBDE 3321/2016), procede declarar desierta la licitación; todo ello en virtud del artículo 88 del Decreto 217/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma, y el 87. i), que atribuye al consejero competente en materia de patrimonio la tramitación y aprobación de los arrendamientos de bienes inmuebles.

2. Los artículos 131 a 134 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre (BOIB núm . 192, de 24 de diciembre).

3. La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos.

4. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

5. Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 97 ext., De 2 de julio)

6. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares . (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).

7. El art. 89 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre.

Propuesta de resolución

Vistas las actuaciones y a propuesta de la Mesa de contratación, propongo al presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Declarar desierta la licitación del arrendamiento, por concurso, de un inmueble para ubicar la oficina del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares en la ciudad de Ibiza, por incumplimiento de los requisitos de la convocatoria por parte de la única licitadora (Exp. AMBDE 3321/2016); todo ello en virtud del artículo 88 del Decreto 217/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. Notificar esta resolución a los interesados en el procedimiento administrativo.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra la resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, 3 de mayo de 2017

 

El Presidente de la Mesa

Pere Francesc Torrens Martin

             

De acuerdo con la propuesta, en dicto resolución.

                                                            

El presidente del SOIB

Iago Negueruela Vázquez