Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 8761
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 19 de julio de 2017 por la que se modifica la convocatoria de ayudas de movilidad dentro del ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2016-2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En fecha de 29 de abril de 2017 se publicó, en el BOIB n.º 51, la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 12 de abril de 2017 por la que se convocan ayudas de movilidad dentro del ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2016-2017.

En el punto 3 del anexo 1 de esta Resolución queda establecido que la dotación presupuestaria que se destina a la convocatoria es de un máximo de 246.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 13801 421F05 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017.

En fecha de 11 de mayo de 2017 el director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior emitió una memoria justificativa en relación a la oportunidad de ampliar el crédito destinado a la convocatoria. A esta convocatoria se quiere destinar el total de 338.000,00 euros con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el 2017 que establece el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de febrero de 2017 (BOIB n.º 15, de 4 de febrero).

La Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior ha tramitado la modificación de crédito necesaria para ampliar la cantidad destinada a esta convocatoria. Así, se aumenta en 92.000 euros la reserva de crédito que se destina a la convocatoria, lo cual hace que sea de 338.000,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 13801.421F05.48000.00, con la consecución del objetivo del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

 Primero

Modificar la convocatoria de ayudas de movilidad dentro del ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2016-2017 con el fin de ampliar el crédito máximo que se destina a esta convocatoria.

Así, el punto 3 del anexo 1 de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 12 de abril de 2017 queda redactado de la siguiente manera:

3. Partida presupuestaria

A esta convocatoria se destina un máximo de 338.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 13801 421F05 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017.

El primer párrafo del punto 14.2 del anexo 1 queda redactado de la siguiente manera:

14.2. En caso de que la cantidad de 338.000,00 euros prevista en el apartado 3 de este anexo no sea suficiente para atender todas las solicitudes evaluadas positivamente, la concesión de las ayudas se tiene que priorizar de acuerdo con las reglas y los criterios siguientes:

El punto 14.2.e del anexo 1 queda redactado de la siguiente manera:

 

e) A continuación, se tiene que conceder la ayuda para desplazamientos a todas las solicitudes valoradas favorablemente dentro de cada una de las categorías por orden de prelación de estas categorías. En ningún caso se puede superar la cantidad máxima de 338.000,00 euros prevista en el apartado 3 de esta convocatoria conjuntamente con las cantidades concedidas en concepto de movilidad dentro de la Eurorregión y de ayudas para desplazamientos para cursar estudios de máster.

Segundo

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El recurso potestativo de reposición se entiende desestimado si no se ha resuelto y no se ha notificado la resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberlo interpuesto. En este caso, resta expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa en los términos que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Contra esta Resolución, también se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998.

 

Palma, 19 de julio de 2017

 El consejero de Educación y Universidad

 Martí X. March Cerdà