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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 8749
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Enmienda de la convocatoria pública para la provisión temporal en comisión de servicios por el sistema de concurso del puesto de trabajo de jefe de servicio de Tributos II

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Texto

La Regidora del Área de Función Pública y Gobierno Interior, en fecha 4 de agosto de 2017 por decreto de alcaldía número 14934,  ha resuelto lo siguiente: 

PRIMERO.- Modificar los requisitos exigidos en la convocatoria en comisión de servicios, por el sistema de concurso, del puesto de trabajo de jefe/a de Servicio de Tributos II (F20250029), del Área de economía, Hacienda e Innovación, con el fin de adecuarlos a la relación de puestos de trabajo de este ayuntamiento.

Por ello, allí donde dice:

Puesto de trabajo.

1.- JEFE/A DE SERVICIO DE TRIBUTOS II, del Área de Economía, Hacienda e Innovación

CÓDIGO: F20250029

NÚMERO DE PUESTOS A CUBRIR: 1

SE / SUB / CLASE:

- Todos los Cuerpos, Escalas y Subescalas de los grupos a los que está   adscrito, excepto docentes y sanitarios.

- Grupo A, Subgrupo A1 / A2.

- Complemento de destino: 26.

- Complemento específico: 61

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

- Ser funcionario de carrera de las Islas Baleares, del Subgrupo A1 / A2 de cualquier Cuerpo, Escala o Subescala, excepto docentes y sanitarios.

- Certificado de catalán: C1

Debe decir:

1.- JEFE/A DE SERVICIO DE TRIBUTOS II, del Área de Economía, Hacienda e Innovación

CÓDIGO: F20250029

NÚMERO DE PUESTOS A CUBRIR: 1

SE / SUB / CLASE:

- Subescala técnica y Subescala de gestión de la Administración General y Subescala técnica superior y media de la Administración especial.

- Grupo A, Subgrupo A1 / A2

- Complemento de destino: 26.

- Complemento específico: 61

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

1.- Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Palma de las siguientes especialidades:

- Subescala técnica de la Administración general especialidad (TAG).

- Subescala de gestión de la Administración general, especialidad técnico / a de gestión.

- Subescala técnica superior de la Administración especial, especialidad economista.  

- Subescala técnica media de la administración especial, TAE Medio/a empresariales.

2.- Certificado de catalán: C1

3.- Tener dos años de experiencia en administraciones públicas en puestos cuyas funciones específicas tengan relación con las funciones específicas / competencias propias del puesto de trabajo o tener 200 horas de formación en materias relacionadas con las funciones específicas / competencias del puesto de trabajo.

 

SEGUNDO.- La publicación del presente decreto, abrirá un nuevo plazo de SIETE DIAS hábiles para presentar solicitudes, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Las personas aspirantes que han presentado instancia a la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 91, de día 27 d e julio de 2017, no deberán presentar de nuevo instancia. La lista de admitidos se realizará teniendo en cuenta la rectificación practicada al presente decreto en cuanto a los requisitos y personal que puede formar parte.

 Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su interposición. En este caso queda expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo mencionado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

   

Palma, 08 de agosto de 2017

El jefe del Departamento de Personal
p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014)
Antoni Pol Coll