Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS
Núm. 8662
Expropiación forzosa mediante procedimiento de urgencia
Se hace público que en el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 27 de julio de 2017, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
- Aprobar y declarar de utilidad pública el proyecto de perforación, electrificación, elevación y canalización de agua potable en la urbanización de Binissafúller, con un presupuesto de ejecución por contrata de 176.509,76€ (IVA incluido) y un presupuesto para conocimiento de la Administración (es decir, que al presupuesto estimado de ejecución por contrato se añade un presupuesto estimado para expropiaciones) de 181.184,36€, y su división en fases según el detalle siguiente:
- Aprovechamiento de aguas subterráneas, redactado por el ingeniero de minas Nicolás Dameto Truyols, con un presupuesto de ejecución material de 12.875,00€.
- Ampliación de red subterránea de baja tensión, redactado por el ingeniero industrial Josep Quintana Subirats, con un presupuesto de ejecución material de 4.470,00€.
- Elevación de aguas subterráneas redactado por el ingeniero industrial Josep Quintana Subirats, con un presupuesto de ejecución material de 20.325,00€.
- Canalización de agua potable desde la captación al depósito regulador, redactado por el arquitecto municipal Francesc Farrés Díaz-Meco, con un presupuesto de ejecución material de 84.914,74€.
- Aprobar la necesidad de ocupación y de aprobación inicial de la relación de bienes y derechos que serán afectados por la expropiación de los terrenos necesarios para ejecutar el mencionado proyecto.
- Disponer lo necesario para solicitar al Govern de les Illes Balears la declaración de urgente ocupación de los terrenos necesarios para ejecutar el proyecto.
El proyecto, la relación de bienes y derechos afectados (anexo I) y la solicitud de urgente ocupación de estos bienes permanecerá expuesta al público en el Ayuntamiento de Sant Lluís (Pla de Sa Creu, s/n) de Sant Lluís) por un período de QUINZE DIES contados desde el día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOIB a fin de que las personas interesadas puedan formular las alegaciones que consideren oportunas; todo en cumplimiento de los artículos 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y artículos concordantes de su Reglamento (Decreto de 26 de abril de 1957). Así mismo, podrá consultarse en la página web del Ayuntamiento de Sant Lluís (www.ajsantlluis.org)
ANEXO I
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO DE PERFORACIÓN, ELECTRIFICACIÓN, ELEVACIÓN Y CANALIZACIÓN DE AGUA POTABLE EN LA URBANIZACIÓN DE BINISSAFÚLLER
FINCA NÚM. 1 de la relación:
Datos catastrales: Polígono 4, parcela 375
Referencia catastral: 07052A004003750000JY
Titular según catastro: Juana Mercadal Orfila
Datos Registrales: finca 1322-Sant Lluís, Tomo 1629, llibre 135, foli 101
Titular según registre: Juana Mercadal Orfila
Delimitación y ubicación: delimitada en los planos del proyecto
Superficies:
Superficie catastral total: 51.376 m2
Superficie registral total: 20 ha. 21á, 25c
Superficie aprox. A expropiar: 742 m2
Carácter de la expropiación: parcial
Derecho afectado: Propiedad
Otros derechos: no constan
Situación jurídica (servidumbres, cargas y gravámenes):
Está afecta al carácter de indivisible a los efectos de obtener la licencia municipal para la actividad de agroturismo y mantener dicha indivisibilidad mientras exista la mencionada actividad, según se indica por nota al margen de la inscripción 6ª, de fecha 9 de diciembre de 2.000.
Está afecta a favor de la finca registral 4869, al folio 7 del tomo 1297 del archivo, a una servidumbre perpetua de paso para personas, animales, vehículos e infraestructuras para los suministros de energía, teléfono, agua y otros servicios. La referida servidumbre comienza en la carretera de Sant Lluís a Binissafúller y se ejercerá a través de una franja de terreno de cinc metros de ancho y con una longitud de unos sesenta metros más o menos hasta llegar al límite oeste de la finca del Sr. Soler. Los gastos de adecuación de la franja de terreno para que pueda soportar la servidumbre así como los de reparación y mantenimiento de la misma y de las paredes que eventualmente puedan existir serán a cuenta y cargo del predio dominante.
(Fecha de la firma: 04/08/2017)
LA ALCALDESA,
M.Montserrat Morlá Subirats