Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8624
Procedimiento ordinario 87 /2014
D/Dª BEGOÑA MARI RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000087 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª CATALINA MARTORELL VILANOVA, MAGDALENA MORRO CIFRE contra la empresa MALLORCA LUXURY RESORT SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
SENTENCIA: 00261/2017
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE PALMA DE MALLORCA
PO 87/2014
SENTENCIA
En Palma de Mallorca, treinta de junio de 2017.
JUEZ QUE LA DICTA: MONICA GARCIA BARTOLOME
DEMANDANTE: CATALINA MARTORELL VILANOVA / MAGDALENA MORRO CIFRE
ABOGADO: ANTONIO MIR LLABRES
DEMANDADO: MALLORCA LUXURY RESORT SL / FOGASA (NO COMPARECEN)
OBJETO DEL JUICIO: RECLAMACION DE CANTIDAD
FALLO
ESTIMAR la demanda interpuesta por CATALINA MARTORELL VILANOVA Y MAGDALENA MORRO CIFRE contra MALLORC ALUXURY RESORT SL, CONDENANDO A LA PARTE DEMANDADA al pago de 3.573,50 euros a la Sra. Martorell y 2.766,72 euros a la Sra. Morro, más el interés previsto en el artículo 32 del Convenio Colectivo de Hostelería de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, consistente en un interés anual del 30%.
Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación.
Llévese el original al libro de sentencias.
Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a MALLORCA LUXURY RESORT SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a siete de julio de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA