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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 8464
Extracto convocatoria subvención fachadas

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobada por la Junta de Gobierno Local de esta Corporación municipal, en sesión ordinaria, celebrada dia 7 de julio de 2017, la convocatoria para las ayudas y subvenciones para la realización de obras de embellecimiento, mantenimiento, conservación, restauración y rehabilitación de las fachadas de los inmuebles ubicados en los cascos urbanos del término municipal de Andratx 2017, se hace público el presente extracto de la convocatoria:

Código BDNS: 357.555.

Conforme con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios todos los inmuebles ubicados en los cascos urbanos del término municipal de Andratx, que responden a una tipología constructiva determinada. y que cumplan con los requisitos de estas mismas bases.

La solicitud de subvención la realizará la propiedad del inmueble, tanto si se trata de una o más personas físicas, de una sociedad mercantil o de una comunidad de propietarios legalmente constituida y que se aporte acuerdo de la Junta de Propietarios de solicitud de subvención. Las subvenciones se otorgarán a la propiedad en su conjunto, nunca a título individual.

Segundo. Finalidad:

El objeto de esta convocatoria es estimular y fomentar la realización de obras de embellecimiento, conservación, restauración, consolidación y rehabilitación de fachadas de inmuebles ubicados en los cascos urbanos del término municipal de Andratx, como medida para parar o, cuando menos, paliar la actual dinámica de abandono y progresivo estado de deterioro de casas y edificios, hecho que comporta un empeoramiento de las condiciones de salubridad y decoro de aquellos, y también una progresiva degradación de la zona, que tiene repercusión en la actividad comercial, en la calidad de vida de los residentes en los cascos urbanos y en la imagen turística que ofrece el municipio.

Tercero. Bases reguladoras:

Ordenança General de Subvenciones de l’Ajuntament d’Andratx, publicada al BOIB núm. 47 de 20 d’abril de 2017, http://www.caib.es/eboibfront/ca/2017/10643

La dotació de la convocatòria de subvencions será de 100.000 euros con cargo a la partida 17.150.78000.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes de subvenciones de esta convocatoria se pueden presentar en el plazo de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB del extracto de la convocatoria. Si el último día fuera sábado, domingo o festivo, el plazo se aplazará hasta el siguiente día hábil.

Hay que presentarlas en el Registro general del Ayuntamiento de Andratx o en cualesquiera de los lugares establecidos en los artes. 4 y 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si la solicitud se enviara por correo, se tendrá que presentar en la oficina de Correos con el sobre abierto para que lo sellen, con objeto de acreditar que se ha enviado dentro del plazo fijado en la convocatoria.

 

Lo que se hace público para su conocimiento general.

Andratx, a 31 de julio de 2017.

     

La Alcaldesa Presidenta,

Katia ROUARCH