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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 8457
Departament financer.- Disolución del Patronato Municipal de Realojamiento y Reinserción Social

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Palma en sesión ordinaria de día 27 de julio de 2017 acordó:

"PRIMERO.- Disolver, dadas las actuales circunstancias jurídicas y económicas, el Patronato Municipal de Realojamiento y Reinserción Social, de conformidad con el Plan de Ajuste (aprobado por el Pleno Municipal de 20 de marzo de 2012) y el Plan económico financiero (aprobado por el Pleno Municipal de 30 de junio de 2016).

SEGUNDO.- La disolución se hará mediante la cesión global de activos, pasivos y personal al Ayuntamiento de Palma (anexos del presente Acuerdo). La cesión de personal se realizará sin suponer ningún perjuicio en sus condiciones económicas y laborales actuales.

El Área de Bienestar y Derechos Sociales del Ayuntamiento de Palma asumirá las funciones, competencias, derechos y obligaciones que son propias de la naturaleza y fines del Patronato Municipal de Realojamiento y Reinserción Social.

Las viviendas actualmente propiedad o adscritas al PMRRS, una vez finalizada la disolución, se adscribirán al organismo autónomo Patronato Municipal de la Vivienda y Rehabilitación Integral de Barrios, al que están adscritas todas las viviendas municipales. Estas viviendas seguirán formando parte del proyecto actual de realojamiento de 15 familias, correspondiendo la gestión de dicho programa al Área de Bienestar y Derechos Sociales del Ayuntamiento de Palma.

Si quedan pendientes obligaciones, derechos o pagos del Patronato se hará cargo de éstos el Ayuntamiento de Palma.

TERCERO.- La fecha a efectos de la disolución será el 31 de julio de 2017.

CUARTO.- En cuanto al personal,  su integración se hará en primera instancia según el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto de los trabajadores.

La integración definitiva queda condicionada a todos los efectos a lo que prevea el plan de ordenación de recursos humanos que la regula, el cual se encuentra pendiente de aprobación. Todo ello a los efectos de garantizar la eficacia y adecuación a la normativa del proceso de integración, asegurar la comprobación de los requisitos y condiciones del personal afectado por el proceso y principalmente garantizar la protección provisional de sus derechos legítimos.

Se garantizan a las personas afectadas las condiciones retributivas que tuvieran consolidadas en fecha de 31 de diciembre de 2016 que se seguirán devengando con cargo al presupuesto municipal hasta la resolución definitiva del procedimiento de integración en que deberá tener lugar una adecuación de las retribuciones al sistema previsto en el vigente convenio colectivo del personal laboral de este Ayuntamiento.

Quinto.-Encargar el desarrollo y ejecución de los acuerdos de disolución y de integración de su activo, pasivo y personal a los concejales del Área de Bienestar y Derechos Sociales, del Área de Economía, Hacienda e Innovación y de la área de Función Pública y Gobierno Interior, en las materias de su competencia, mediante los acuerdos que sean adecuados y que serán adoptados por los órganos competentes y con las formalidades que correspondan.

SEXTO.- Publicar este acuerdo, para general conocimiento, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. "

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 85.bis 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladoras de las bases de Régimen Local y el artículo 80.2 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Palma, se publica para general conocimiento el acuerdo adoptado.

     

Palma, 31 de juliol de 2017

La directora financera,

María Antònia Orell Vicens