Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 8455
Resolución de la directora general de Política Lingüística de 10 de julio de 2017 por la que se nombran los miembros de la Comisión Técnica de Evaluación de Conocimientos de Catalán
En el Decreto 1/2014, de 10 de enero, de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana (publicado en el BOIB n.º 5, de 1 de enero de 2014), y en especial en el artículo 10, se regula el nombramiento de la Comisión Técnica de Evaluación de Conocimientos de Catalán.
Mediante la Resolución de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos de 17 de enero de 2014 (BOIB n.º 11, de 21 de enero de 2014), se nombraron los miembros de la Comisión Técnica de Evaluación de Conocimientos de Catalán.
El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 120, de 8 de agosto de 2015), atribuye a la Dirección General de Política Lingüística, entre otras competencias, la certificación de los conocimientos de lengua catalana de la población adulta fuera de la enseñanza reglada mediante la organización y la gestión de pruebas, y el reconocimiento de certificados equivalentes.
Por medio de la Resolución de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos de 29 de octubre de 2015 (BOIB n.º 159, de 31 de octubre de 2015) se delegó la competencia de la convocatoria de las pruebas para obtener los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana en la directora general de Política Lingüística.
Mediante la Resolución de la presidenta del lnstituto de Estudios Baleáricos de 12 de enero de 2016 (BOIB n.º 8, de 16 de enero de 2016) se nombró a la presidenta de la Comisión Técnica de Evaluación de Conocimientos de Catalán.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Nombrar a los miembros de la Comisión Técnica de Evaluación de Conocimientos de Catalán, que actuarán por un periodo de dos años:
Presidenta: Sònia Torrent Marquès
Secretaria: Aina M. Cifre Bennasar
Vocal 1: Feliça Vidal Pons
Vocal 2: David Sintes Mateu
Vocal 3: Cristina Gaviño Vadell
Vocal 4: Lira Sastre Moragues
Vocal 5: Catalina Company Vidal
Vocal 6: Gabriel Suau Otero
Vocal 7: Jaume Guiscafrè Danús
Vocal 8: Lluïsa Pizà Segura
Vocal 9: Isabel Andreu Nadal
Vocal 10: Neus Munar Pastor
Vocal 11: Pilar Vinent Barceló
Vocal 12: Ruth José Prat
Vocal 13: Carles Torres Torres
Suplentes
Vocal 1: Antònia Ramis Amengual
Vocal 2: Flora Gual Pons
Vocal 3: Xavier Barceló Piña
Vocal 4: Aina Nadal Gil
Vocal 5: Eva Guasp Pol
Vocal 6: Gabriel Rossinyol Seguí
Vocal 7: Joan Melià Garí
Vocal 8: Carme Sánchez Rubí
Vocal 9: Emma Terés Fuster
Vocal 10: Maria Antònia Ramis Sastre
Vocal 11: Eva Florit Pons
Vocal 12: Joan-Albert Ribas Fuentes
Vocal 13: Jaume Escandell Guasch
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de reposición ante la directora general de Política Lingüística en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y de conformidad con el artículo 25.5 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 10 de julio de 2017
La directora general de Política Lingüística
Marta Fuxà Vidal
Por delegación de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos (BOIB nº. 159, de 31 de octubre de 2015)