Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 8344
Acuerdo del Pleno en sesión ordinaria celebrada el 31 de marzo de 2017 de aprobación definitiva de reordenación de volúmenes en la parcela calificada como ET 01-EPJ de la UA EPJ-06, Pujols, TM Formentera
Por acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Formentera, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2017 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas por el Sr. Juan Pedro Munar Arrom con fecha 5 de marzo de 2012 (nRGE 2675) a la aprobación inicial del Estudio de Detalle, según las argumentaciones expuestas al acuerdo de la CTA de 28 de febrero de 2017.
SEGUNDO.- APROBAR DEFINITIVAMENTE del proyecto del Estudio de Detalle presentado. La ordenación de la Volumetría Específica será la siguiente:
VE EPJ-FM37 de tipología aislada.
1. Superficie y dimensiones mínimas de la parcela:
a. Parcela mínima: 568'40 m2 (existente)
b. Fachada / fondo mínimos: 20 m / 20 m
2. Parámetros de edificación:
a. Edificabilidad máxima: 01,20 m2 / m2
b. Ocupación máxima: PB 40%
P1 40%
P2 40%
c. Volumen máximo por edificio: 1.500 m3
d. Altura máxima: 9 m
e. Altura total: 10 m
f. Número máximo de plantas: PB + P1 + P2
g. Separación mínima a viales y EL-P: 3'20 m a límite NO (vial)
5'00 m a límite NE (ELP)
3'00 m a límite SO (ELP)
0'00 m a límite SE (ELP)
h. Separación mínima a resto de límites: 3 m
y. Separación mínima entre edificios en una misma parcela: 6 m
3. Índice de intensidad de uso:
IIUT 1/16, 66
IIUR 1/100
TERCERO.- CONSIDERAR que una vez se haya producido la aprobación definitiva, habrá ENVIAR copia cotejada en el Archivo de Urbanismo de las Islas Baleares, dependiente de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad del Gobierno de las Islas Baleares (Dirección General de Ordenación del Territorio), conforme a lo que dice la Lousa.
CUARTO.- PUBLICAR, De conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación al articulo 140.6 del Reglamento de planeamiento urbanístico, así como la artículo 103 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, en el boletín Oficial de las Islas Baleares -BOIB- íntegramente el presente acuerdo, así como la documentación gráfica y escrita del mencionado Estudio de Detalle. Asimismo:
QUINTO.- NOTIFICAR los promotores el presente acuerdo.
ANEXO ESTUDIO DE DETALLE
ESTUDIO DE DETALLE PARA LA MODIFICACIÓN DE LOS RETRANQUEOS EN UNA PARCELA CALIFICADA COMO ET 01-EPJ RODEADA POR LA UA EPJ-06
Promotor: Joan Guimarey Pascual
Ubicación: Carrer Fonoll Marí, 37-42, manzana 58751. Es Pujols – Formentera
Arquitecto: Maria Blanca Castiella Rodríguez
Fecha: Diciembre 2011
Memoria
1.- Agentes
2.- Información previa.
3.- Estructura de la propiedad.
4.- .Determinaciones del planeamiento vigente.
5.- Determinaciones de la propuesta.
5.1.- Suelos de cesión.
5.2.- Alineaciones
5.3.- Reparto de aprovechamientos.
5.4.- Retranqueos.
6.- Determinaciones del planeamiento propuesto.
7.- Justificación y procedencia del Estudio de Detalle.
MEMORIA
1.- AGENTES
El promotor de la documentación para el Estudio de Detalle, que se describirá a continuación, es D. JOAN GUIMAREY PASCUAL, con NIF número ---- y domicilio en la calle --- de Formentera.
El técnico que redacta y firma este proyecto es Dª María Blanca Castiella Rodríguez, colegiada en el Colegio Oficial de Arquitectos de Baleares con nº 12139 8, con NIF número ---- y domicilio en ---- de Eivissa.
2.- INFORMACIÓN PREVIA.
El área objeto del presente estudio de detalle corresponde a un solar situado en el “carrer Fonoll Mari”, 37-42 (Manzana 58751) de Es Pujols, 07871 – Formentera, Illes Balears.
Sus límites respectivos, dentro del suelo Urbano de Es Pujols, están calificados como ET 01-EPJ, por las NNSS de Formentera (AD 27/10/10) son:
La superficie del terreno sujeto a Estudio de Detalle es la Finca Registral:
Dentro de la parcela existe una edificación, desarrollada en planta baja y dos plantas piso, destinada la panta baja a local y las plantas primera y segunda a viviendas, existiendo además terrazas descubiertas utilizadas por la actividad del local en jardín, entre muros de mampostería o de fábrica que delimitan la propiedad por todos sus linderos, menos el Sur. Las parcelas colindantes se encuentran sin edificar.
CUADRO DE SUPERFICIES EXISTENTES
SUP. PLANTA BAJA 158,79 m2
SUPERFICIE PLANTA PRIMERA 115,79 M2
SUPERFICIE PLANTA SEGUNDA 56,55 M2
------------------------
TOTAL CONSTRUIDO 330,92 m2
El viario existente se concentra en la calle “Carrer Fonoll Mari” formada por acera (la más lejana a la propiedad) de 1,80 m de anchura, zona de aparcamiento de 2,40 m, vial de dos carriles de 6,30 m, zona de aparcamiento de 2,40 m y acera de 1,80 m. Siendo la zona cedida de 7,35 m, habiéndose consolidado la cesión con la aprobación definitiva de las NNSS (AD 27/10/10), resultando una superficie real de 568, 40 m2.
3.- ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD.
Por título de compraventa, ante el Notario D. Andrés Carlos Mejía Sánchez Hermosilla, número de protocolo 142 de catorce de marzo de año dos mil, el solar objeto del Estudio de Detalle, pertenece a los propietarios:
1.- Dña. NIEVES AYMERICH PUIG con CIF número -----
2.- D. JOAN GUIMAREY PASCUAL con NIF número -----
Ambos en régimen de separación de bienes, vecinos de Sant Francesc y domicilio antes en Apartamentos Dos Estanques, La Savina y ahora en Carrer Fonoll Mari, 37-42, planta 2ª, Es Pujols, 07871 – Formentera, propiedad del 100% del dominio con carácter privativo, indivisa y por mitad:
Datos registrales: Finca nº 2.071 del registro de la propiedad de Ibiza nº 2, Tomo 711, Libro 62 de Formentera, Folio 132, Inscripción 5ª
Datos catastrales: 5875113CC6857N0001
Superficie: Ha=0 a=6 c=91 (691,00 m2)
Linderos: Norte: catalina Mayans Tur
Este: María Victoria Solduga Basart
Sur: Finca Matriz
Oeste: Rita Mayans Colomar
4.- .DETERMINACIONES DEL PLANEAMIENTO VIGENTE.
Las NNSS de Formentera, con aprobación definitiva 27 de Octubre de 2.10, publicadas en el BOIB número 155 EXT de fecha 27 de Octubre de 2.10, establecen una clasificación de Suelo Urbano, calificado como ET 01-EPJ para la zona de referencia. La redacción de un Estudio de Detalle, tiene como fin establecer la modificación de los retranqueos a EL-P, compensándose con la modificación de la ocupación, otorgando un tope edificación máximo por planta, que coincide con su estado actual, con fin de minimizar la distancia a límites en el fondo de la parcela, así como mantener la vegetación existente en el mismo solar (pino centenario).
Se mantienen en su conjunto el resto de parámetros definidos por las NNSS.
Las condiciones urbanísticas que ha de ajustarse el citado Estudio de Detalle son las contenidas en la ficha de características para esta calificación, que se incluye en el Anexo I – NORMAS DE ZONIFICACIÓN, PARCELACIÓN Y EDIFICACIÓN de las NNSS. Mientras que la ficha planteada se ajusta en lo posible al planeamiento.
Se acompañan también los planos de clasificación y calificación del suelo e infraestructura existente y prevista por las NNSS, además de fotografías y planos de situación y emplazamiento.
La ficha de las condiciones aplicables sobre parcela neta son los calificados como:
Zona Extensiva Turística 01 Es Pujols. ET 01-EPJ. Tipología aislada.
1. Superficies y dimensiones mínimas de parcela.
1. Parcela mínima 600 m2
2. Fachada/Fondo mínimos 20 m/20 m
2. Parámetros de edificación.
1. Edificación máxima 1,20 m2/m2
2. Ocupación máxima PB 40% P1 40% P2 40%
3. Volumen máximo por edificio 1.500 m3.
4. Altura máxima 9 m
5. Altura total 10 m.
6. Número máximo de plantas PB+P1+P2
7. Separación mínima a viales y EL-P 5 m.
8. 5Separación mínima a resto de linderos 3 m.
9. Separación mínima entre edificios en una misma parcela 6 m.
3. Índice de intensidad de uso
1. IIUT 1/16,66
2. IIUR 1/100
Sobre la superficie total del Estudio de Detalle tenemos:
El estado actual de la infraestructura es la siguiente:
Calle: (Carrer Fonoll Mari) de 14,70 m de calzada incluidos el espacio destinado para aparcamientos y dos aceras de 1,80 m, actualmente asfaltada y aceras pavimentadas con alineaciones y rasantes determinadas. Según las NNSS se peatonalizará el vial existente desde la rotonda proyectada en las mismas Normas.
Servicios:
5.- DETERMINACIONES DE LA PROPUESTA.
5.1.- Suelos de cesión.
Cedido en la fachada oeste del solar, ahora calle “Carre Fonoll Mari” una franja de 7,35 m de ancho para completar la continuidad del ancho viario, ejecutado previamente a la aprobación de las NNSS.
5.2.- Alineaciones
No existiendo edificaciones próximas alineadas resultantes serán las definidas según NNSS, siendo la separación mínima a viales y EL-P de 5,00 m, la edificación existente no cumple los retranqueos aprobados por las NNSS.
5.3.- Reparto de aprovechamientos.
La tipología de aplicación es la de ET 01-EPJ.
Parcela única:
Alturas respecto a la rasante, definida sobre la acera del vial.
5.4.- Retranqueos.
La separación mínima linderos y fachadas según las NNSS, son las siguientes:
La separación propuesta por el Estudio de Detalle, son las siguientes:
Al tratarse la parcela estudiada como una isla rodeada por la UA EPJ-06 destinada a EL-P y en todo el lateral de la calle no existir otra edificación hasta el local situado en primera línea (Rte. Rigatoni) no se crea ninguna situación de alternativa con la alineación a viales ni a otros linderos.
6.- DETERMINACIONES DEL PLANEAMIENTO PROPUESTO.
La ficha de las condiciones aplicables sobre parcela neta, son las calificadas como:
Zona Extensiva Turística ED-01 Es Pujols. ET ED-01 EJ. Tipología aislada
1. Superficies y dimensiones mínimas de parcela.
1. Parcela mínima 600 m2 – LA EXISTENTE A LA APROBACIÓN DE LAS NNSS.
2. Fachada/Fondo mínimos 20 m/20 m
2. Parámetros de edificación.
1. Edificación máxima 1,00 m2/m2
2. Ocupación máxima PB 40% P1 30% P2 20%
3. Volumen máximo por edificio 1.500 m3.
4. Altura máxima 9,00 m
5. Altura total 10,00 m.
6. Número máximo de plantas PB+P1+P2
7. Separación mínima a viales 3,20 m.
8. Separación a fondo de parcela (EL-P) 0,00 m
9. Separación con EL-P 5,00 m.
10. Separación mínima entre edificios en una misma parcela 6,00 m.
11. Sup. Mínima de jardín privado 30% del espacio libre
3. Índice de intensidad de uso
1. IIUT 1/16,66
2. IIUR 1/100
7.- JUSTIFICACIÓN Y PROCEDENCIA DEL ESTUDIO DE DETALLE.
Como ya se ha indicado en apartados anteriores, se redacta para la modificación de la separación mínima a viales propuesta por las NNSS de Formentera, según el Art. 108 – Reordenación mediante Estudio de Detalle.
En él se contempla el establecimiento de la alineaciones y rasantes de la red viaria, así como la definición y ubicación de lo espacios de cesión. La ordenación de volúmenes se entiende como adjudicación de edificabilidad, ocupación, altura y retranqueos de la edificación a la parcela edificable, quedando para el proyecto arquitectónico la precisión de diseño.
De otra parte, las determinaciones del presente Estudio de Detalle no vulneran ninguno de los parámetros ni condiciones de las NNSS. En particular:
Por lo cual, se considera debidamente justificada la procedencia de la redacción del Estudio de Detalle, así como su acomodación a todas las determinaciones marcadas por la Ley.
Eivissa, Diciembre de 2.011
MARIA BLANCA CASTIELLA RODRÍGUEZ
Arquitecta.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Formentera, (27 de julio de 2017)
El Presidente del Consell Insular de Formentera,
Jaume Ferrer Ribas