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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 8289
Resolución del consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de 25 de julio de 2017 por la que se somete a información pública el Anteproyecto de decreto de organización, funciones y régimen jurídico de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears
Hechos
1. En fecha 26 de junio de 2017, se ordenó el inicio del procedimiento y de la tramitación del Anteproyecto de decreto de organización, funciones y régimen jurídico de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears, y se designó a la Comisiòn de Medio Ambiente de las Illes Balears órgano responsable de este procedimiento.
2. En fecha 27 de junio de 2017, se ha realizado la memoria del análisis del impacto normativo, de acuerdo con la Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la Buena Administración y del Buen Gobierno de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 36 y siguientes de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears.
2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común.
3. La Ley 4/2001, de 31 de marzo, de la Buena Administración y del Buen Gobierno de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter el Anteproyecto de decreto de organización, funciones y régimen jurídico de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears, a la audiencia de la ciudadanía y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca (c/ del Gremi de Corredors 10, 07009 Palma) y en la página web Participación Ciudadana del Gobierno de las Illes Balears (http://participaciociutadana.caib.es).
2. Fijar el plazo de audiencia en quince días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se deben presentar en la sede de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca (c/ del Gremi de Corredors, 10, 07009 Palma) o en cualquiera de los lugares que determine la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “participación en la elaboración de normativa” de la página web Participación Ciudadana del Gobierno de las Illes Balears (<http://participaciociutadana.caib.es>), en el plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que realiza las alegaciones se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.
5. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 25 de julio de 2017
El consejero,
Vicenç Vidal i Matas