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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN

Núm. 8124
Extracto de la Resolución de la Consejera de Servicios Sociales y Cooperación de las Islas Baleares de 17 de juliol de 2017 por la que se establece la convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2017

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Texto

Identificador BDNS: 356432

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero. Beneficiarios

Entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro radicadas en las Islas Baleares que lleven a cabo actividades en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad, de acuerdo con los estatutos correspondientes.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es establecer las subvenciones para ejecutar proyectos de cooperación para el desarrollo, para el año 2017, en los países en desarrollo según las prioridades establecidas en el III Plan Director.

Estas subvenciones tienen la razón de ser en la necesidad de contribuir a erradicar la pobreza en los países en desarrollo del mundo y, en consecuencia, mejorar las condiciones de vida de la población. Con esta línea de subvenciones, se facilita la participación de la sociedad civil de las Islas Baleares en proyectos solidarios. También se pretende promover la concienciación de la sociedad sobre la realidad de los países en desarrollo.

Tienen preferencia los proyectos que se ejecuten en los países clasificados como prioritarios o preferentes y en los países de la cuenca mediterránea.

- Países prioritarios: Níger, Burundi, Burkina Faso, Mali, República Democrática del Congo, Etiopía, Senegal, Tanzania, Haití, Honduras, Guatemala, Nicaragua, El Salvador, Bolivia, India, Marruecos, Territorios Palestinos Ocupados (y población palestina refugiada en otros países) y República Árabe Saharaui Democrática. Para los países prioritarios se reservará, como mínimo, el 70% del presupuesto de esta convocatoria.

- Países preferentes: Colombia, Ecuador, Perú, República Dominicana y Cuba.

- Países de la cuenca mediterránea: Túnez, Libia, Argelia, Jordania y Líbano.

También tienen prioridad los proyectos que incidan en los sectores de acción que prioriza el III Plan: el derecho a los servicios sociales básicos (salud, educación, y agua y saneamiento); el desarrollo económico para la reducción de la pobreza; el empoderamiento de las mujeres; la protección y la conservación ambientales, y el apoyo a la gobernabilidad democrática y el poder local

Tercero. Bases reguladoras

El Decreto 115/2010, de 12 de noviembre, del régimen especial de las ayudas al exterior en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional (BOIB núm. 170, de 23 de noviembre), modificado por el Decreto 36/2014, de 8 de agosto (BOIB núm. 107, de 9 de agosto).

Cuarto. Cuantía

El importe máximo que se destina a la convocatoria es de 2.188.400,00 € (dos millones ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos euros) con cargo a las partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2017:

- 1.638.400,00 € con cargo a la partida presupuestaria 17501.232A01.48000.00

- 550.000,00 € con cargo a la partida presupuestaria 17501.232A01.78000.00

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de 45 días naturales, desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Sexto. Otros datos

La convocatoria, en su punto 4, establece las entidades beneficiarias y requisitos y, en su punto 5, la documentación a presentar.

 

Palma, 17 de juliol de 2017

La consejera de Servicios Sociales y Cooperación,

Fina Santiago Rodríguez