Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 8274
Bases que deben regir el concurso oposición para cubrir una plaza de profesor interino de guitarra eléctrica de la fundación pública escola de música de Pollença
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de esta convocatoria es proveer, por el procedimiento concurso oposición, una plaza de profesor de música, de guitarra eléctrica a tiempo parcial (15 horas). El número de horas puede variar dependiendo de la matriculación del alumnado.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
a) Ser español o nacional de alguno de los restantes estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la ley básica que regule esta materia y debidamente acreditado o extranjero residente.
b) Haber cumplido los dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa por edad.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado ni despedido, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
TERCERA. CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA.
- Funciones principales:
Servicio de docencia de la especialidad propia de la plaza, lo que incluye impartir clases (actividad lectiva) y actividad de diversa índole; tutorías, organización del curso, pedagógica y administrativa ( actividad no lectiva).
Además de impartir clases de su especialidad siempre que el profesor esté capacitado podrá impartir clases de otras especialidades (combos, lenguaje musical, armonía moderna etc...)
La forma de selección es la de concurso oposición, que consistirá en una fase previa de oposición y otra posterior de concurso, en la que se valorarán únicamente los méritos acreditados por los aspirantes.
CUARTA.- FORMA Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las instancias se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación de las Bases en el BOIB.
Documentación que se debe presentar con la solicitud:
.- Fotocopia del DNI
.- Fotocopia compulsada del título o certificación académica original que acredite haber realizado los estudios para la obtención del título.
.- Documentación acreditativa de los méritos a valorar en la fase de concurso.
.- Copia de las partituras que interpretará al segundo ejercicio de la fase de oposición.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR
El tribunal estará compuesto de la siguiente forma:
- Un representante de la Escola de Música de Pollença de igual o superior categoría.
- Un funcionario de carrera o personal laboral fijo de igual o superior categoría del Ayuntamiento de Pollença designado por la Alcaldía.
- Un representante de la Conselleria de Educación de las Illes Balears.
- Secretario. El de la corporación o funcionario en que delegue.
- Dos asesores profesores o profesores superiores.
Asistirán, a los efectos de velar por limpieza del proceso representantes sindicales, que no tendrán voto.
SEXTA.- DESARROLLO DEL CONCURSO OPOSICIÓN.
La forma de selección es la de concurso oposición, que consistirá en una fase previa de oposición y otra posterior de concurso, en la que se valorarán únicamente los méritos acreditados por los aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición. En ningún caso la puntuación que pueda obtenerse en la fase de concurso dispensará de aprobar las pruebas selectivas de la fase de oposición.
Los aspirantes a la plaza deberán acreditar el conocimiento de la lengua catalana correspondientes al nivel de certificado C-1, mediante:
- La presentación del Certificado o homologación por la Conselleria de Educació.
- La realización de una prueba específica en el caso de no poder acreditar documentalmente los conocimientos correspondientes, que servirá para acreditarlos y que será la primera a efectuar de la convocatoria, el resultado de la que se calificará apto/no apto, y que en todo caso será eliminatorio. El aspirante solicitará esta prueba en el plazo de presentación de solicitudes.
Fase de oposición
Primer ejercicio
Consistirá en redactar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema del Anejo I.
Segundo ejercicio
2.1.- Interpretar con el instrumento de la especialidad un programa libre durante unos 10 minutos (en el plazo de inscripción el aspirante a la plaza deberá entregar una copia de las partituras que interpretará)
2.2.- Impartir clase durante 15 minutos como máximo (unidad didáctica). El tema a desarrollar será de libre elección del aspirante. Contestar a las preguntas que formule el tribunal en los aspectos pedagógicos, musicales, etc... que hayan surgido a raíz de la exposición de la unidad didáctica, en un tiempo máximo de quince minutos.
Calificación de los ejercicios.
Los ejercicios de las distintas pruebas serán calificados de 0 a 10 puntos. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas aplicando los siguientes porcentajes:
- Primer ejercicio 30%
- Segundo ejercicio 70%
Para superar la fase de oposición se debe obtener un mínimo de 5,5 puntos.
La calificación total del concurso oposición es de un 55% de oposición y un 45% de concurso.
Fase de concurso
Méritos (máximo 4,5 puntos)
a) Por servicios prestados en la enseñanza del Administración Pública o de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, en un puesto igual o similar, o superior: 0,25 puntos por año trabajado, en un máximo de 1 punto. Las fracciones de año se computaran prorrateando la puntuación anual por los meses trabajados. A tal efecto se deberá presentar certificado de la entidad o empresa en el que se indique la fecha de alta y baja en la misma así como el puesto de trabajo ocupado. Se complementará con un informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social donde se especifique la fecha de alta y baja en la actividad correspondiente.
b) Por acreditar experiencia de un curso completo relacionado con la plaza o puesto convocados, en un puesto igual o similar, o superior, en centros de enseñanza reglada y no reglada, tanto públicos como privados: 0,25 puntos por curso completo, con un máximo de 1,5 puntos. A efectos de este apartado se considerará un curso completo el período comprendido entre 15 de octubre y 30 de mayo. No podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultáneamente en más de un centro en el mismo curso.
Para ser valorado este apartado se deberá presentar certificado de la entidad o empresa firmado por el órgano competente del centro, haciendo constar la asignatura que ha impartido y la duración de los servicios prestados.
c) Por cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la plaza afectada o puestos convocados, impartidos por instituciones públicas y/o privadas en un máximo de 2 puntos. La valoración se realizará de acuerdo con la siguiente escala:
- Cursos de 6 a 20h: 0,10 puntos per curso
- Cursos de 21 a 40h: 0,20 puntos per curso
- Cursos de 41 a 60h: 0,30 puntos per curso
- Cursos de más de 61h: 0,40 puntos per curso
- Otros títulos de música Plan 66. 0,40 puntos.
- Otros títulos superiores de música. 1 punto.
- Título de magisterio musical. 0,50 puntos
Anexo I
1. Las enseñanzas artísticas (música) según la ley actual.
2. Las escuelas de música y los conservatorios.
3. El papel de la familia en la educación musical. Colaboración de profesores y padres en las diferentes etapas educativas.
4. La programación.
5. La acción tutelar. El tutor y la relación con el equipo docente y el alumnado.”
Pollença, 20 de julio de 2017
El Alcalde,
Miquel Angel March Cerdà