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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8232
Ejecución de títulos judiciales 258/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de refuerzo de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000258 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MIGUEL ANGEL AGUILAR HERNANDEZ, CPONCEPCION JORGOSO MOLINA , JUAN MANUEL AGUILAR SASTRE , FLORENCE CORABOEUF   contra la empresa  MALLORCA MOTOR BOATS SL,  FOGASA , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya transcripción literal es la que sigue:

DECRETO

Letrado de la Administración de Justicia D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ.

En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de julio de dos mil diecisiete.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- MIGUEL ANGEL AGUILAR HERNANDEZ, CPONCEPCION JORGOSO MOLINA , JUAN MANUEL AGUILAR SASTRE , FLORENCE CORABOEUF   ha presentado demanda de ejecución frente a  MALLORCA MOTOR BOATS SL,  FOGASA .Así mismo, esa parte ejecutante ha presentado escrito comunicando la conclusión del Concurso de Acreedores de la entidad ejecutada por insuficiencia de masa activa y solicitando que se decrete su insolvencia al efecto de que dichos trabajadores ejecutantes puedan solicitar las oportunas prestaciones ante el FOGASA.

SEGUNDO.- Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 19/04/2017 y una vez celebrado incidente de readmisión, se ha dictado auto en fecha 10/05/2017 declarando extinguida la relación laboral de los trabajadores con la empresa ejecutada debiendo abonar las siguientes cantidades que se indican en su parte dispositiva que es del siguiente tenor literal :

PARTE DISPOSITIVA 

Dispongo: declarar extinguida la relación laboral que unía a MIGUEL ANGEL AGUILAR HERNANDEZ, CONCEPCION JORGOSO MOLINA , JUAN MANUEL AGUILAR SASTRE, FLORENCE CORABOEUF con la empresa MALLORCA MOTOR BOATS SL, debiendo ésta abonar a aquellos las cantidades siguientes:

NOMBRE TRABAJADOR: MIGUEL ANGEL AGUILAR HERNANDEZ

INDEMNIZACIÓN: 2.724,70 euros 

SALARIOS: 2.229,30 euros 

            

NOMBRE TRABAJADOR: CONCEPCION JORGOSO

INDEMNIZACIÓN: 4.964,19 euros 

SALARIOS: 1.934,10 euros

              

 NOMBRE TRABAJADOR: JUAN MANUEL AGUILAR SASTRE

INDEMNIZACIÓN: 3.154,80 euros 

SALARIOS:6.309,60 euros

      

NOMBRE TRABAJADOR: FLORENCE CORABOEUF

INDEMNIZACIÓN: 40.576,95 euros 

SALARIOS: 23.402,52 euros

TERCERO.- No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Disponen los arts. 250 y 276 de la LJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

a) Declarar al/a los ejecutado/s  MALLORCA MOTOR BOATS SL,    en situación de INSOLVENCIA TOTAL por los importes que se indican en el antecedente de hecho segundo de la presente resolución, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente. (…)

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma(…).

Y para que sirva de notificación en legal forma a  MALLORCA MOTOR BOATS SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA