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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD

Núm. 8211
Extracto de la Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 3 de julio de 2017 por la que se aprueba la convocatoria pública para presentar solicitudes de subvención para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica dirigida a administraciones locales y entidades públicas dependientes dentro del Programa Operativo FEDER 2014-2020

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Texto

BDNS (Identif.): 353690

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las administraciones locales y las entidades públicas dependientes.

Segundo. Objeto

El objeto de esta Resolución es aprobar y regular la convocatoria pública de ayudas para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica, de hasta 100 kWp de potencia de pico, promovidas por administraciones locales y sus entidades públicas dependientes.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las Islas Baleares.

En todo lo que no prevén esta Resolución ni la Orden mencionada se aplicará el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.

Cuarto. Cuantía

Esta convocatoria se tramita con carácter plurianual por un importe de 1.250.000,00 €, con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para los ejercicios 2017 y 2018, y concretamente del centro de coste 25601, subprograma 731A01, capítulo 7, artículo 76, FF 31110, con la distribución de anualidades siguiente:

Año 2017:                              250.000,00 €

Año 2018:                              1.000.000,00 €

La distribución inicial de los fondos, en la anualidad de 2017, sería la siguiente:        

— Partida 76000 10: 205.000 €

— Partida 76000 11: 1.000 €

— Partida 76000 20: 10.000 €

— Partida 76000 30: 10.000 €

— Partida 76400:      1.000 €

— Partida 76100 10: 1.000 €

— Partida 76100 20: 1.000 €

— Partida 76100 30: 1.000 €

— Partida 76100 40: 20.000 €

La distribución inicial de los fondos, en la anualidad de 2018, sería la siguiente:     

— Partida 76000 10: 410.000 €

— Partida 76000 11: 10.000 €

— Partida 76000 20: 110.000 €

— Partida 76000 30: 80.000 €

— Partida 76400:      130.000 €

— Partida 76100 10: 80.000 €

— Partida 76100 20: 50.000 €

— Partida 76100 30: 80.000 €

— Partida 76100 40: 50.000 €

En caso de que no se cubra la totalidad del presupuesto inicial de la anualidad asignado en cada partida de la distribución anterior, el importe remanente se asignará a los expedientes de otras partidas de acuerdo con la orden de entrada de las solicitudes.

Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, se podrán incrementar los importes de esta convocatoria

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de tres meses a contar a partir del quinto día de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, o hasta el agotamiento de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

Palma, 3 de julio de 2017

El consejero de Territorio, Energía y Movilidad

Marc Isaac  Pons i Pons