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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 8144
Extracto de la convocatoria de ayudas económicas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales a la Isla de Ibiza, para el año 2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS núm.355859

En conformidad con aquello establecido a los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE nº 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas arriba referidas, el texto completo se puede consultar en la Base de datos Nacional de Subvenciones.

Primer- Beneficiarios

Podrán solicitar subvención únicamente las entidades y las asociaciones de servicios sociales sin ánimo de lucro que realicen las actuaciones que en materia de servicios sociales figuran al objeto de esta convocatoria, y que cumplan los requisitos establecidos en su punto cuarto de las referidas bases.

Segundo- Objeto

El objeto de esta convocatoria es fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas dirigidas a apoyar a la financiación de las actuaciones que en materia de servicios sociales hayan realizado las entidades y las asociaciones sin ánimo de lucro desde el día 1 de octubre de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2017, de acuerdo con las características y los requisitos que establecen estas bases. Las actuaciones pueden ser de carácter preventivo, asistencial, de inserción o de reinserción para personas o colectivos de la isla de Ibiza.

Se excluyen de esta convocatoria las entidades y asociaciones de personas mayores sin ánimo de lucro que serán objeto de una convocatoria específica.

Se excluyen de esta convocatoria cualquier tipo de ayudas para actuaciones que no se ajusten a las modalidades descritas en su punto dos, como son: infraestructuras de edificios (construcción y/o remodelación), equipamientos, mantenimiento, creación de centros de servicios sociales (de estancias diurnas y/o residencial) y estudios

El periodo subvencionable comprende del día 1 de octubre de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2017.

Tercer- Cuantía

El presupuesto para esta convocatoria es de seiscientos ochenta mil euros (680.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 2310.48900 del vigente presupuesto de la Corporación, que se distribuirá según las modalidades que se detallan en su punto tercero de las bases de ayudas económicas dirigidas a apoyar a entidades y asociaciones de servicios sociales sin ánimo de lucro, para el año 2017, en la isla de Ibiza.

En ningún caso el importe de las subvenciones concedidas no podrá superar el 85 % del importe del proyecto presentado, o superar la cantidad solicitada.

Cuarto - Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de VEINTE DÍAS, contadores a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB. Si el último día fuera inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

Eivissa, 17 de julio de 2017

La Secretaria Técnica de Bienestar Social y Sanidad,

Isabel Silverde Fernández