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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 6 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8029
Procedimiento Ordinario 798/15. Sentencia 119/17

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Texto

Dª GABRIELA MORENO UBIETA, Letrada de la Administración de Justicia del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 DE PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento de juicio ORDINARIO 798/15 seguido a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO SAINT TROPEZ – CALLE RAMON DE MONCADA 14  frente a HERENCIA YACENTE DE ALBERTA KOEHOORN se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento es el siguiente:

SENTENCIA Nº 119

En Palma de Mallorca, a diecisiete de julio de dos mil diecisiete.

Vistos por mí, Mª ISABEL DEL VALLE GARCÍA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta Ciudad, los presentes autos de Juicio ordinario número 798/15, seguidos a instancia de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO “SAINT TROPEZ”, sito en la C/ Ramón de Moncada nº 14 de Santa Ponsa (Calvià) nº 3 de Palma de Mallorca,  representada por el Procurador D. Juan Reinoso Ramis y defendida por el Letrado D. Luis Javier Toro Argenta, contra la HERENCIA YACENTE DE Dª. ALBERTA KOEHOORN, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cuotas comunitarias debidas y sucesivas que fueren venciendo. 

En el procedimiento Ordinario 798/15 seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Palma de Mallorca, se ha dictado sentencia de fecha diecisiete de julio de dos mil diecisiete, que se notifica mediante el presente edicto a la parte demandada.

Se hace saber a los  demandados que en el Juzgado reseñado puede tener conocimiento íntegro de la sentencia dictada, quedando esta a su disposición en la Oficina Judicial, así como que contra ella cabe la interposición de recurso de apelación en el plazo de 20 días ante la Ilustrísima Audiencia Provincial, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución.

Para la admisión del recurso es requisito necesario la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, conforme a lo previsto en la disposición adicional 15 de la LO 1/2009, salvo casos de reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita.

El contenido de este edicto se ajusta a lo dispuesto en la Instrucción 6/12 de la Secretaria General de la administración de Justicia.

Y encontrándose la demandada HERENCIA YACENTE DE ALBERTA KOEHOORN en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA