Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 8115
Resolución del Vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de traslado de créditos previstos en la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 6 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones para el apoyo a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interno, correspondientes al periodo 2015-2019
Con fecha 10 de noviembre de 2015, se publicó en el BOIB Núm. 169 la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 6 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones para el apoyo a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interno correspondientes al período 2015-2019. Dicha Resolución prevé un total de cinco convocatorias y se realizará una para cada ejercicio.
El apartado segundo de esta Resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria, mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.
También establece que si, una vez finalizado cualquiera de los periodos, no se ha agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos, la cantidad no aplicada se trasladará al período siguiente mediante resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA, que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
De acuerdo con lo anterior, y una vez resuelta la primera convocatoria, por Resolución del Vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 13 de marzo de 2017, publicada en el BOIB núm. 34, de 21 de marzo, se procedió al traslado de los créditos sobrantes a la segunda convocatoria, por un importe total de 3.387.079,85 euros.
Resuelta esa segunda convocatoria, se determina que existe un crédito sobrante de un importe total de 2.915.523,73 euros, conforme a lo previsto en el informe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural de fecha 11 de julio de 2017.
Por todo ello, se considera oportuno realizar la asignación del crédito restante a la tercera convocatoria prevista en la Resolución del Presidente del FOGAIBA, de 6 de noviembre de 2015, mencionada.
De acuerdo con lo anterior, a propuesta del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural y en virtud de las competencias que me han sido otorgadas, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Trasladar a la tercera convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 6 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones para el apoyo a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interno, correspondientes al periodo 2015-2019, los créditos restantes una vez resuelta la segunda convocatoria.
SEGUNDO.-El importe destinado a la tercera convocatoria es de dos millones novecientos quince mil quinientos veintitrés euros con setenta y tres céntimos (2.915.523,73 €), de acuerdo con la distribución anual siguiente:
Any 2017 |
139.981,83 |
Any 2018 |
611.537,95 |
Any 2019 |
611.537,95 |
Any 2020 |
609.965,98 |
Any 2021 |
609.965,98 |
Any 2022 |
332.534,04 |
Total |
2.915.523,73 |
TERCER.- Las subvenciones mencionadas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 41,00%, por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) en un 10,91% y por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (CAIB) en un 48,09%.
CUARTO.- Esta Resolución se comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 19 de julio de 2017
El vicepresident del FOGAIBA
Mateu Ginard i Sampol