Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 7976
Ordinario 907/11. Notificación sentencia nº 198/14
SENTENCIA Nº 198/14
En Palma, a 15 de diciembre de 2014
Dña. Mª del Pilar Anguita Mata, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Palma de Mallorca, ha dictado la siguiente sentencia:
Habiendo visto los autos promovidos por D. ERNESTO Mª DETHOREY BESTARD, representado por el Procurador D. Juan Miguel Perelló Oliver y defendido por la Letrada Dña. Belén Porcel Oliver contra REMO BALEAR S.L., en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
ESTIMAR la demanda formulada por D. ERNESTO Mª DETHOREY BESTARD, condenando a REMO BALEAR S.L. a que le abone la suma de 27.308´41 euros adeudados a fecha de la demanda, más la que haya sido satisfecha con posterioridad en virtud de la fianza prestada, y los intereses legales sobre dichas cantidades.
Con imposición de las costas del procedimiento a la condenada.
Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán interponer RECURSO DE APELACION en ambos efectos dentro de los VEINTE DIAS siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el artº 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 de 7 de Enero y su Disposición Transitoria Segunda. Este recurso no se admitirá si no se acredita una consignación de 50 euros en la Cuenta de Depósitos de este Juzgado.
Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón con archivo de la original en el Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/
PUBLICACIÓN: Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el mismo Juez que la ha dictado en audiencia pública y en el día de la fecha. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de REMO BALEAR S. L. se extiende la presente para que sirva de NOTIFICACIÓN.
En PALMA DE MALLORCA, a veintidós de junio de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA