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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 7875
Aprobación provisional modificación Texto Refundido Ordenanza núm. 1.11 que regula la tasa por el servicio de saneamiento

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Texto

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 29 de junio de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:

APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA NÚM. 1.11 QUE REGULA LA TASA POR EL SERVICIO DE SANEAMIENTO.

PRIMERO.- Aprobar provisionalmente modificar la tarifa del Ordenanza Fiscal núm.  1.11 Reguladora de la tasa por servicio de saneamiento, a su arte. 5è Cuota tributaria, el texto de la cual se adjunta al anexo de esta propuesta.

SEGUNDO.- Exponer y hacer público el acuerdo anterior a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento y del BOIB, durante el plazo de 30 días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Igualmente, se tiene que dar audiencia a las asociaciones y organizaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses que puedan resultar afectados por esta propuesta de acuerdo.

En el supuesto que no se presenten alegaciones se consideró adoptado definitivamente el acuerdo ahora provisional.

TERCERO.- Publicar el acuerdo definitivo de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por servicio de saneamiento al BOIB a efectos de su entrada en vigor.

QUART.- Remitir el Acuerdo definitivo de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por servicio de saneamiento al Gobierno Balear y a la Delegación del Gobierno a los efectos procedentes.

Ordenanza 1.11 que regula la tasa por el servicio de saneamiento.

ARTÍCULO 5.º- Cuota tributaria.

ANEXO

Cuotas Doméstico/No Doméstico-TARIFAS 6 TRAMOS DOMÉSTICO/NO DOMÉSTICO 4 TRAMOS

Tarifas
solicitadas

(€/ab/trim.)

Uso doméstico    

3,58

Uso no doméstico

6,27

Tarifa reducida

0,90

(€/m3)

Uso doméstico

Hasta 10 m3/trimestre 

0,1500

De 10 a 25 m3/trimestre

0,2500

De 25 a 50 m3/trimestre

0,5000

De 50 a 75 m3/trimestre

0,7000

De 75 a 100 m3/trimestre

1,0000

Exceso de 100 m3/trimestre

1,2500

Tarifa reducida

Hasta 10 m3/trimestre

0,0375

De 10 a 25 m3/trimestre

0,0625

De 25 a 50 m3/trimestre

0,1250

De 50 a 100 m3/trimestre

0,1750

Exceso de 100 m3/trimestre

1,2500

Uso no doméstico

Hasta 5 m3/trimestre

0,1500

De 5 a 50 m3/trimestre

0,5000

De 50 a 100 m3/trimestre

0,9000

Exceso de 100 m3/trimestre

1,2500

Disposición final: La presente modificación del Ordenanza, una vuelta aprobada por el Ayuntamiento Lleno, entrará en vigor una vez publicado su texto en el BOIB.

  

Es Castell, 11 de julio de 2017.

El Alcalde
José Luis Campos Pons