Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL
Núm. 7875
Aprobación provisional modificación Texto Refundido Ordenanza núm. 1.11 que regula la tasa por el servicio de saneamiento
El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 29 de junio de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:
APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA NÚM. 1.11 QUE REGULA LA TASA POR EL SERVICIO DE SANEAMIENTO.
PRIMERO.- Aprobar provisionalmente modificar la tarifa del Ordenanza Fiscal núm. 1.11 Reguladora de la tasa por servicio de saneamiento, a su arte. 5è Cuota tributaria, el texto de la cual se adjunta al anexo de esta propuesta.
SEGUNDO.- Exponer y hacer público el acuerdo anterior a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento y del BOIB, durante el plazo de 30 días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Igualmente, se tiene que dar audiencia a las asociaciones y organizaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses que puedan resultar afectados por esta propuesta de acuerdo.
En el supuesto que no se presenten alegaciones se consideró adoptado definitivamente el acuerdo ahora provisional.
TERCERO.- Publicar el acuerdo definitivo de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por servicio de saneamiento al BOIB a efectos de su entrada en vigor.
QUART.- Remitir el Acuerdo definitivo de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por servicio de saneamiento al Gobierno Balear y a la Delegación del Gobierno a los efectos procedentes.
Ordenanza 1.11 que regula la tasa por el servicio de saneamiento.
ARTÍCULO 5.º- Cuota tributaria.
ANEXO
Cuotas Doméstico/No Doméstico-TARIFAS 6 TRAMOS DOMÉSTICO/NO DOMÉSTICO 4 TRAMOS
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Tarifas |
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(€/ab/trim.) |
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Uso doméstico |
3,58 |
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Uso no doméstico |
6,27 |
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Tarifa reducida |
0,90 |
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(€/m3) |
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Uso doméstico |
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Hasta 10 m3/trimestre |
0,1500 |
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De 10 a 25 m3/trimestre |
0,2500 |
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De 25 a 50 m3/trimestre |
0,5000 |
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De 50 a 75 m3/trimestre |
0,7000 |
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De 75 a 100 m3/trimestre |
1,0000 |
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Exceso de 100 m3/trimestre |
1,2500 |
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Tarifa reducida |
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Hasta 10 m3/trimestre |
0,0375 |
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De 10 a 25 m3/trimestre |
0,0625 |
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De 25 a 50 m3/trimestre |
0,1250 |
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De 50 a 100 m3/trimestre |
0,1750 |
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Exceso de 100 m3/trimestre |
1,2500 |
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Uso no doméstico |
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Hasta 5 m3/trimestre |
0,1500 |
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De 5 a 50 m3/trimestre |
0,5000 |
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De 50 a 100 m3/trimestre |
0,9000 |
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Exceso de 100 m3/trimestre |
1,2500 |
Disposición final: La presente modificación del Ordenanza, una vuelta aprobada por el Ayuntamiento Lleno, entrará en vigor una vez publicado su texto en el BOIB.
Es Castell, 11 de julio de 2017.
El Alcalde
José Luis Campos Pons