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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 7918
Resolución del vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes que corrige los errores observados en la Resolución de selección de proyectos para el Catálogo de Actividades Culturales del Consell Insular de Mallorca (CACIM) de dia 13 de junio de 2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, Francesc Miralles Mascaró, dictó la siguiente resolución el 28 de junio de 2017 que transcribo literalmente:

«Antecedentes

»1. En el BOIB núm. 75, de 20 de junio de 2017, se publicó la Resolución del vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, de 13 de junio de 2017, relativa a la Resolución de selección de proyectos para el (CACIM)

»2. La Dirección Insular de Cultura, mediante memoria justificativa de fecha 28 de junio de 2017, ha puesto de manifiesto la necesidad de subsanar algunos errores o modificaciones administrativas en la Resolución de selección de proyectos para el Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca.

»3. Se ha emitido informe jurídico favorable con respecto a las modificaciones de la Resolución mencionada.

»Fundamento de derecho

 »1. El art. 2.a) y art. 1.m) del Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de día 9 de junio de 2017 (BOIB nº. 73 de 15 de junio de 2017); corrección de errores de 15 de junio de 2017 (BOIB nº. 74 de 17 de junio); modificado por decreto de 20 de junio de 2017 (BOIB nº. 77 de 24 de junio).

»2. El art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 2 de octubre de 2015). 

»Por todo ello resuelvo:

»1. Corregir los siguientes errores materiales de la Resolución de selección de proyectos para el (CACIM), los cuales quedan redactados de la siguiente manera:

»Rectificación de errores en la columna de solicitante del Anexo:

Donde dice “Gabriel Jordà Ramis”

Debe decir “Res de res i en blanc, S.L.”

Donde dice “Víctor Uris Pasqual”

Debe decir “Victoriano Uris Pascual”

»En el apartado 1. Excluir al amparo de la base séptima, por no haber obtenido la puntuación mínima (20 puntos) en los proyectos presentados: (Arte callejero)

Donde dice “Sebastià Jordà, para el proyecto Es cirquet.”

Debe decir “Sebastià Jordà Ramis, para el proyecto Es cirquet.”

»2. Publicar esta resolución en el BOIB, en el tablón de edictos del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes y, a efecto informativo, en la página web del Consell Insular de Mallorca. »

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación o publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante el consejero ejecutivo o ante la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis interponer, si corresponde, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 29 de junio de 2017

El director insular de Cultura
Rafel Maria Creus Oliver
(Por suplencia del secretario técnico de Cultura, Patrimonio y Deportes. Resolución del vicepresidente
primero y consejero ejecutivo de 25/05/2017 BOIB nº. 65, de 27/05/2017)