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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE

Núm. 7873
Aprobación definitiva Ordenanza reguladora del precio público Paradas, Barracas, Casetas de Venta

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Texto

Asunto.- Aprobación definitiva

Aprobada definitivamente la modificación del Artículo 3 de la Ordenanza reguladora del precio público Paradas, Barracas, Casetas de Venta, una vez finalizado el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado alegaciones. Se publica el texto íntegro de la misma para su entrada en vigor y aplicación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, sólo puede interponerse el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

No obstante lo anterior, se puede formular cualquier otro recurso que se considere adecuado.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PUESTOS, BARRACAS Y CASETAS DE VENTA

Artículo 1.- Concepto:

De acuerdo con el que dispone el artículo 117 en relación con el artículo 41 a, los dos de la Ley 39/1988 RHL este municipio establece el precio público por utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales, derivados de la ocupación de la vía pública o terrenos de uso público con paradas, barracas y casetas de venta.

Artículo 2.- Obligados al Pago:

Serán las personas o entidades a favor de las cuales se otorguen las licencias, o que se benefician del aprovechamiento, si se que procedieron sin la autorización correspondiente.

"Artículo 3.- Tarifas:

                   concepto                                                         EUROS

Mercaderes en el mercado semanal             2 euros / semana paradas hasta 3 m

Mercaderes en el mercado semanal             4 euros / semana paradas superiores a 3 m "

-Disposición final

La presente Ordenanza entrará en vigor el mismo día de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

 

Lloret de Vistalegre, (5 de julio de 2017

BATLE,

Antoni Bennasar Pol)