Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 7851
Aprobación definitiva de la Cartera Insular de Servicios Sociales y de los Servicios a Menores y Familia de Mallorca
El Pleno del Consejo de Mallorca en sesión celebrada día 14 de abril de 2016 aprobó inicialmente el proyecto de cartera básica de servicios del IMAS.
El expediente se sometió a información pública, mediante la inserción del anuncio correspondiente en el BOIB núm. 53, de 28 de abril de 2016 durante el plazo de treinta días, para que todas las personas que estuvieran interesadas lo pudieran examinar y pudiesen formular las reclamaciones y las sugerencias pertinentes.
Resueltas las alegaciones se remitió el expediente al Consejo Consultivo para que emitiera el preceptivo dictamen.
Se han hecho los cambios necesarios para adaptar el proyecto de cartera de servicios a las observaciones hechas por el Consejo Consultivo.
El Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 13 de julio de 2017, acordó aprobar definitivamente la Cartera Insular de Servicios Sociales y de los Servicios a Menores y Familia de Mallorca y ordenó que se publicara íntegramente el texto en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, que se incorpora como anexo.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de publicar este acuerdo. Todo ello, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se considere pertinente.
Palma, 14 de julio de 2017
Por delegación del presidente, el secretario general por sustitución
(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB nº. 114, de 28 de julio de 2015)
Antoni Benlloch Ramada
Cartera Insular de Servicios Sociales y de los Servicios a Menores y Familia de Mallorca
Preámbulo
Reglamento
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Personas destinatarias
Artículo 4. Prestaciones garantizadas y no garantizadas
Artículo 5. Financiación de la Cartera de Servicios Sociales del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales
Artículo 6. Participación de las personas usuarias en la financiación de las prestaciones
Artículo 7. Entidades proveedoras
Disposición adicional primera. Prestaciones económicas
Disposición adicional segunda. Vigencia
Disposición derogatoria única
Disposición final única. Entrada en vigor
ANEXO 1. Cartera de servicios sociales de Mallorca
Prestaciones de servicios a personas con discapacidad
Servicio de valoración, orientación y seguimiento
Unidad de promoción de los derechos y atención a víctimas con discapacidad
Unidad de apoyo a la accesibilidad
Servicio de intérpretes de la lengua de signos
Servicio de atención precoz
Servicio de promoción, recuperación y mantenimiento de la autonomía funcional
Servicio de atención integral y promoción de la autonomía
Servicio de habilitación y terapia ocupacional
Servicio de asistencia personal
Servicio de función tutelar
Servicio de centro de día
Servicio ocupacional
Servicio sociocultural y de ocio
Servicio de residencia
Servicio de vivienda supervisada
Servicio de apoyo a la vivienda
Prestación de servicios para personas mayores
Servicio residencial temporal para personas mayores
Servicio residencial permanente para personas mayores
Servicio de valoración, intervención y apoyo en casos de personas mayores en situación de desprotección. (Prioridad social)
Servicio de valoración para ingreso residencial por estancia temporal, reagrupamiento familiar o traslado de centro
Servicio de estancias diurnas. Centro de día
Servicio de apoyo psicosocial, educativo y de estimulación cognitiva para las personas mayores
Servicio de intervención y apoyo psicosocial individual y familiar
Hogares socioculturales
Servicio de atención, orientación, apoyo y formación para los familiares cuidadores
Prestaciones de servicios de inclusión social
Servicio de promoción de la salud en el ámbito juvenil
Servicio de promoción de las habilidades preventivas de las familias
Servicio de apoyo a la educación para la salud en los centros educativos
Renta Mínima de Inserción
Prestaciones de los servicios sociales comunitarios básicos
Apoyo técnico, asesoramiento específico y orientación a profesionales de los servicios sociales municipales de Mallorca
Servicio de formación a profesionales de los servicios sociales municipales
Servicio de valoración para el acceso a la red de inclusión social y asesoramiento técnico
Servicio de apoyo y atención social para personas adultas en situación de exclusión social
Servicio de atención itinerante para personas sin techo en situación de exclusión social
Servicio de alojamiento temporal para personas adultas en situación de exclusión social sin toxicomanía activa
Servicio de alojamiento temporal para personas adultas en situación de exclusión social con posibilidad de toxicomanía activa
Servicio de atención y tratamiento ambulatorio de las drogodependencias y otras conductas adictivas
Servicio de atención y tratamiento residencial de las drogodependencias
Prestaciones de servicios de Gerencia
Gerencia
Servicio de información, asesoramiento y derivación
Prestaciones económicas
Prestaciones económicas individuales a personas mayores
Prestaciones económicas individuales a personas con discapacidad
Prestaciones económicas para la cobertura de las necesidades básicas para familias con menores en situación de riesgo social y a personas en situación de grave y urgente necesidad
ANEXO 2. Cartera de servicios a menores y familia de Mallorca
Prestaciones de servicios a menores y familia
Servicio especializado de atención a la infancia y a la adolescencia
Servicio de valoración a menores víctimas de abuso sexual (UVASI)
Servicio de tratamiento de los efectos del maltrato a menores
Servicio de intervención terapéutica familiar
Servicio de psicomotricidad terapéutica
Servicio de intervención en crisis
Servicio de intervención familiar de trabajo del vínculo parental
Servicio de intervención familiar en el domicilio
Servicio de preparación, apoyo y seguimiento a jóvenes protegidos o ex protegidos para la emancipación
Servicio socioeducativo de inserción laboral
Servicio de primera acogida y diagnóstico a menores en situación de desprotección grave
Servicio de acogimiento residencial básico para infancia y adolescencia
Servicio de acogimiento residencial especial para menores extranjeros no acompañados
Servicio de acogimiento residencial específico para menores con discapacidad
Servicio de acogimiento residencial especial para menores con trastornos de conducta
Servicio de acogimiento residencial especial para adolescentes con medida de protección embarazadas o con cargas familiares
Servicio de acogimiento familiar permanente con familia propia
Servicio de acogimiento familiar permanente con familia externa (NIU)
Servicio de acogimiento familiar temporal con familia ajena
Servicio de acogimiento familiar temporal especializado (ACOTÉ)
Servicio de formación en acogimientos familiares
Servicio de información, formación, asesoramiento, valoración y apoyo para la adopción internacional
Servicio de información, formación, asesoramiento, valoración y apoyo para la adopción nacional
Servicio de investigación de orígenes
Servicio de seguimiento pre adoptivo
Preámbulo
I
La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales, en el artículo 20, define como prestaciones del sistema público de servicios sociales las actuaciones, las intervenciones técnicas, los programas, los proyectos, los medios y las ayudas económicas y tecnológicas que se ofrecen a las personas y que se destinan a cumplir las finalidades del sistema de servicios sociales. Y establece que estas prestaciones del sistema público de servicios sociales pueden ser técnicas, económicas o tecnológicas.
Según el artículo 24 de la mencionada Ley 4/2009, de 11 de junio, la cartera de servicios sociales es el instrumento que determina el conjunto de prestaciones del sistema público de servicios sociales, incluyendo todas las prestaciones técnicas, económicas y tecnológicas.
El artículo 27, por su parte, prevé que los consejos insulares tienen que establecer las carteras de servicios sociales, el contenido de las cuales tiene que ser complementario y adicional al de la cartera básica que apruebe el Gobierno de las Illes Balears.
La cartera de servicios sociales es, en consecuencia, la compilación sistematizada y operativa de prestaciones que el sistema ofrece a la ciudadanía según las diferentes situaciones de necesidad social.
De acuerdo con el mencionado artículo 24, la cartera de servicios sociales define cada tipo de prestación, la población a la cual se dirige, el establecimiento o el equipo profesional que lo tiene que gestionar, los perfiles y las ratios del personal profesional y los estándares de calidad.
Por otro lado, la cartera de servicios sociales, cumpliendo el mandato legal, diferencia entre prestaciones garantizadas, que son exigibles como derecho subjetivo, y las prestaciones no garantizadas.
Así mismo, la cartera de servicios sociales diferencia entre las prestaciones en el pago de las cuales tienen que participar las personas usuarias y las prestaciones que son gratuitas, de acuerdo con lo que dispone el artículo 74.1 de la Ley 4/2009.
II
Como establece el artículo 27 y la Disposición final cuarta de la Ley 4/2009, la cartera básica de servicios sociales que aprueba el Gobierno de las Illes Balears se tiene que complementar con las carteras de servicios sociales que establezcan los consejos insulares, de forma que cada consejo insular, en el marco de sus competencias, debe definir las prestaciones propias, siempre desde los principios de coordinación general y de complementación.
El artículo 70 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, otorga al Consejo de Mallorca las competencias propias en materia de servicios sociales y asistencia social, el desarrollo comunitario y la integración, la política de protección y atención a personas dependientes, los complementos de Seguridad Social no contributiva, el voluntariado social y las políticas de atención a las personas y a los colectivos en situación de pobreza o necesidad social. Así mismo, el Consejo de Mallorca tiene competencias en tutela, acogida y adopción de menores.
Es el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, como organismo autónomo local creado por el Consejo de Mallorca y adscrito al Departamento de Bienestar y Derechos Sociales del Consejo de Mallorca, quien ejerce las competencias atribuidas por cualquier título al Consejo de Mallorca en materia de servicios sociales y menores.
III
Por todo esto, este Reglamento tiene por objeto definir la Cartera Insular de Servicios Sociales y de los Servicios a Menores y Familia de Mallorca, que tiene que elaborar el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, de acuerdo con el que dispone el artículo 2.a) de los Estatutos, y que tiene que aprobar el Pleno del Consejo de Mallorca, según el artículo 8 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.
El Reglamento se estructura en siete artículos, dos disposiciones adicionales, una derogatoria, una final y dos anexos. En el anexo 1 se explicitan las prestaciones en materia de servicios sociales y en el anexo 2 las prestaciones en materia de menores y familia, propias del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
Reglamento
Artículo 1. Objeto
Este Reglamento tiene por objeto aprobar la Cartera Insular de Servicios Sociales y de los Servicios a Menores y Familia de Mallorca, que define el conjunto de prestaciones del sistema público de servicios sociales de aplicación a la isla de Mallorca y que es complementaria de la cartera básica de servicios sociales que aprueba el Gobierno de las Illes Balears. Las prestaciones se definen en los anexos de este Reglamento.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación de este Reglamento se extiende a todo el territorio de Mallorca.
Artículo 3. Personas destinatarias
Son destinatarias de las prestaciones de la Cartera Insular de Servicios Sociales y de los Servicios a Menores y Familia de Mallorca las personas residentes en Mallorca que cumplan las condiciones que establece el artículo 5 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales, que cumplan con los requisitos determinados para cada prestación.
Artículo 4. Prestaciones garantizadas y no garantizadas
1. Las prestaciones del sistema de servicios sociales pueden ser garantizadas para todas las personas o no garantizadas.
2. Se entiende por prestación garantizada la que establece el sistema público de servicios sociales exigible como derecho subjetivo.
3. En el caso de que las prestaciones sean no garantizadas, la normativa que las regula tiene que determinar los criterios para otorgarlas, según los criterios de concurrencia o de prelación.
Artículo 5. Financiación de la Cartera de Servicios sociales del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales
Las prestaciones sociales son financiadas por las administraciones públicas, en los términos previstos a la Ley 4/2009, de 11 de junio, mencionada, sin perjuicio que la persona beneficiaria deba participar en la financiación de las prestaciones de servicios no gratuitas, en los términos que prevé el artículo siguiente.
Artículo 6. Participación de las personas usuarias en la financiación de las prestaciones
1. La participación de las personas usuarias en la financiación de las prestaciones sólo se aplicará a las prestaciones que determine la Cartera de servicios sociales del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
2. La aportación que hacen las personas usuarias deberá tener en cuenta la normativa específica de los ámbitos estatal, autonómico, insular y local.
Artículo 7. Entidades proveedoras
1. Las entidades privadas pueden dispensar las prestaciones del sistema de servicios sociales mediante fórmulas de contratación, concierto o subvención, de acuerdo con la artículo 89.1 de la Ley 4/2009, y siempre que los Servicios estén acreditados de acuerdo con el que dispone el título VII de la mencionada Ley 4/2009, y hayan sido contratados por la Administración.
2. Todos estos servicios forman parte de la red de servicios sociales de atención pública del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
Disposición adicional primera. Prestaciones económicas
La cuantía de las prestaciones económicas que incluye la Cartera de Servicios sociales del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales se fija y se actualiza en función de lo que establezca la normativa que regule cada prestación.
Disposición adicional segunda. Vigencia
La Cartera Insular de Servicios Sociales y de los Servicios a Menores y Familia de Mallorca tiene una vigencia cuatrienal.
Disposición derogatoria única
Quedan derogadas todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo que disponga este Reglamento, lo contradigan o sean incompatibles.
Disposición final única. Entrada en vigor
Este Reglamento entrará en vigor el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
ANEXO 1. Cartera de servicios sociales de Mallorca
Prestaciones de servicios a personas con discapacidad
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de recursos personales y asistenciales. Sección de recursos sociolaborales
Servicio de valoración, orientación y seguimiento |
|
Definición |
Información, valoración y orientación a la persona con discapacidad y a la familia para acceder al recurso más adecuado de la red pública de servicios sociales según el tipo de discapacidad y el tipo e intensidad de los apoyos. El servicio incluye el seguimiento de las personas pasado un tiempo desde que se han incorporado, así como el seguimiento de los planes de atención personal y de la calidad de los servicios recibidos. |
Población destinataria |
Personas con discapacidad a partir del 33 %, mayores de 16 años, o menores con discapacidad y medidas de protección, residentes en Mallorca, y los familiares / tutores. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS, en Palma, Inca y Manacor. |
Ratios y perfiles profesionales |
Por 100 expedientes abiertos. Personal técnico titulado: 8. Personal de gestión y administración: 1. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Universal |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de accesibilidad y promoción de los derechos
Unidad de promoción de los derechos y atención a víctimas con discapacidad |
|
Definición |
Valoración, apoyo psicológico y jurídico a personas con discapacidad que han sido víctimas de abusos de tipo sexual u otros (acoso económico, violencia verbal o física) o están en riesgo de ver vulnerados sus derechos. El servicio ofrece: a)Atención psicológica y social: acogida y valoración inicial del caso con la persona y la familia, configuración de un espacio de protección a la persona, valoración de la capacidad para declarar ante un juez, atención psicológica a la persona para afrontar el estrés postraumático, seguimiento de la persona y la familia. b)Asesoramiento legal e intermediación: asesoramiento legal, acompañamiento e intermediación con los organismos judiciales y de seguridad en todo el proceso. c)Asesoramiento y formación a familias y a profesionales de atención a personas con discapacidad para identificar y prevenir la vulnerabilidad y situaciones de riesgo. |
Población destinataria |
Personas con discapacidad de cualquier edad, residentes en Mallorca, que han sufrido maltratos o abusos (de tipo sexual o de otro tipo), o que han sido discriminadas causando una situación de vulneración de sus derechos (humanos o legales). |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS, en Palma, Inca y Manacor. |
Ratios y perfiles profesionales |
Por 100 expedientes abiertos. Personal técnico titulado: 10. Personal de gestión y administración: 1. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Universal |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS o entidades especializadas mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de accesibilidad y promoción de los derechos
Unidad de apoyo a la accesibilidad |
|
Definición |
Para asesorar, evaluar y hacer propuestas de intervención para la accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Se evalúan proyectos arquitectónicos, espacios, instalaciones, etc. Se redacta un informe con recomendaciones y se hace un seguimiento posterior. Además, el servicio incluye, entre otros, acciones de difusión, evaluación del desempeño legal, coordinación de la Mesa de Mallorca por la Accesibilidad y desarrollo de proyectos, productos y actuaciones encaminadas a mejorar la accesibilidad. |
Población destinataria |
Cualquier persona residente en Mallorca, tenga o no una discapacidad. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS, en Palma, Inca y Manacor. |
Ratios y perfiles profesionales |
Por unidad de servicio. Personal técnico titulado: 3. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Universal |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de accesibilidad y promoción de los derechos
Servicio de intérpretes de la lengua de signos |
|
Definición |
Ofrece un apoyo para interpretar la lengua de signos a las personas con discapacidad auditiva para diversos tipos de gestiones, recibir servicios o participar en actividades. Se presta por demanda y se priorizan los recursos según la urgencia y si hay o no otras alternativas para la comunicación. |
Población destinataria |
Personas con discapacidad auditiva que utilicen la lengua de signos, residentes en Mallorca. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS, en Palma, Inca y Manacor. |
Ratios y perfiles profesionales |
Por unidad de servicio. Personal técnico de apoyo (interpretación y lenguaje de signos): 3 por cada 150 personas usuarias. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Servicio de atención precoz |
|
Definición |
Servicio específico y multidisciplinario (neuropediatría, fisioterapia, psicomotricidad, logopedia, etc.) para niños con discapacidad o limitaciones en el desarrollo. Tiene como objetivo aprovechar la máxima plasticidad neuronal y capacidad de desarrollo para minimizar las consecuencias futuras de una posible discapacidad, con diferentes tipos de estimulación. Las intervenciones tienen que prever la globalidad del niño y la familia y pueden prestarse tanto en el domicilio familiar como en un centro de educación infantil o en un centro especializado. |
Población destinataria |
Niños de 0 a 6 años con trastornos en el desarrollo o con riesgo de sufrirlo y sus familias, residentes en Mallorca. |
Equipamientos / equipos profesionales |
De acuerdo con el Decreto 85/2010, de 25 de junio, por el cual se regula la red pública y concertada de atención precoz en el ámbito de los servicios sociales de las Illes Balears. |
Ratios y perfiles profesionales |
De acuerdo con el Decreto 85/2010 |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica |
Acceso y lista de espera al servicio |
De acuerdo con el Decreto 85/2010 |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
No garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de recursos sociolaborales
Servicio de promoción, recuperación y mantenimiento de la autonomía funcional |
|
Definición |
Proporciona, a las personas con discapacidad física sobrevenida en fase post-aguda, una atención multidisciplinaria con sesiones especializadas para paliar los déficits cognitivos, motores y emocionales, y mejorar la autonomía. Comienza a prestarse cuando la persona sale del proceso rehabilitador sanitario y es necesario un servicio social para continuar los progresos de la rehabilitación médica, así como trabajar las actividades de autonomía personal y funcional. Tiene una duración determinada de hasta tres años, como máximo, desde que finaliza la rehabilitación sanitaria. Puede prestarse en un centro especializado y en el domicilio de la persona usuaria. |
Población destinataria |
Personas a partir de 16 años, residentes en Mallorca, con discapacidad física sobrevenida que tienen posibilidades de mejorar la autonomía y la habilitación durante los 3 primeros años desde el alta hospitalaria. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Recepción y administración, salas para hacer actividades y terapias individuales y de grupo, despachos, salas de reuniones y equipamientos técnicos e informáticos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Para 100 personas usuarias. Personal técnico de apoyo: 3. Personal técnico titulado: 10. Personal de servicios generales y administración: 1. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca, respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración técnica y por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de recursos sociolaborales
Servicio de atención integral y promoción de la autonomía |
|
Definición |
Servicio especializado para personas con discapacidad. Consta de actuaciones de valoración, orientación y prestación de apoyos para promover la autonomía y la inclusión efectiva de cada persona mediante la coordinación con los recursos de la comunidad. Según el tipo de discapacitado y situación, el servicio puede apoyar en varias áreas y ámbitos de la vida de la persona: salud, educación, trabajo, familia, transporte, protección de los derechos u otros aspectos. El servicio puede prestarse en un centro de recursos o en entornos comunitarios, espacios formativos, espacios de rehabilitación o en el propio domicilio. |
Población destinataria |
Personas residentes en Mallorca, con los siguientes perfiles: -Personas con discapacidad auditiva a partir del 33 % a partir de los 6 años. -Personas con discapacidad física sobrevenida a partir del 33 %, a partir de los 16 años (menores en casos excepcionales). -Personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental, a partir del 33 %, a partir de los 18 años. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Recepción y administración, salas para hacer actividades y terapias individuales y grupales, despachos, salas de reuniones y equipamientos técnicos e informáticos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Para 100 personas usuarias: -Discapacidad auditiva. Personal técnico titulado: 12. Personal servicios generales y administración: 1. -Discapacidad física y discapacidad por diagnóstico de salud mental. Personal técnico de apoyo: 2. Personal técnico titulado: 10. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca, respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración técnica y por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de recursos sociolaborales
Servicio de habilitación y terapia ocupacional |
|
Definición |
Para personas con discapacidad física y/o pluridiscapacidades que presta apoyos formativos y terapéuticos para conseguir la máxima autonomía e inclusión sociolaboral. Incluye actividades de terapia ocupacional y de entrenamiento en habilidades de autonomía para la vida diaria, y orientación, formación y recalificación para la inserción sociolaboral. Especialmente dirigido a las personas que requieren una recualificación para volver al mercado laboral, tiene una duración determinada: hasta lograr los objetivos individuales. También se dirige a personas en situación estable, en cuanto a su discapacidad, y que no tenían posibilidades de mejorar la inserción laboral, se pueden beneficiar de una función terapéutica y de mantenimiento de habilidades. |
Población destinataria |
Personas residentes en Mallorca, con discapacidad física a partir del 33 %, mayores de 16 años. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Recepción y administración, salas para hacer actividades y terapias individuales y de grupo, despachos, salas de reuniones y equipamientos técnicos e informáticos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Para 100 personas usuarias. Personal técnico de apoyo: 8. Personal técnico titulado: 3. Personal de servicios generales y administración: 3. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca, respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración técnica y por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Servicio de asistencia personal |
|
Definición |
Presta apoyo a la persona con discapacidad mediante la figura del asistente personal para unas horas diarias y unas tareas concretas (ayudas a la movilidad y transporte, la comunicación y las tareas de la vida diaria, entre otras). |
Población destinataria |
Personas con discapacidad física a partir del 33 %, y a partir de 16 años, en situación de dependencia reconocida y con capacidad para contratar y gestionar los apoyos para llevar a cabo una vida independiente. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Los que establece el artículo 17, sobre las condiciones comunes a todos los servicios, del Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
Los que establece el Decreto 86/2010. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca, respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
Red pública de Dependencia y del IMAS. |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Por concurrencia. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de recursos sociolaborales
Servicio de función tutelar |
|
Definición |
Dirigido a personas con discapacidad con la capacidad jurídica modificada, que tiene por objeto velar por ella con el fin de hacer todo lo que sea necesario para su bienestar y desarrollo integral. La entidad que lleva a cabo la actividad de apoyo a la función tutelar representa a la persona tutelada y administra sus bienes, de acuerdo con el encargo hecho por la autoridad judicial competente. Es un servicio sustitutorio de la función que harían los familiares / tutores. |
Población destinataria |
Personas con discapacidad residentes en Mallorca, a partir de 16 años, y con la capacidad jurídica modificada que han sido sometidas a régimen de tutela o curatela por una fundación tutelar mediante resolución judicial. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Los que establece el artículo 17, sobre las condiciones comunes a todos los servicios, del Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
Por 100 personas usuarias: 2 técnicos titulados y 0,5 personal de servicios generales y administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca, respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración técnica y por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de recursos personales y asistenciales
Servicio de centro de día |
|
Definición |
Durante el periodo diurno ofrece una atención integral para las personas con discapacidad con necesidades de apoyo extenso y generalizado. En función de las necesidades de cada persona y el tipo de discapacidad (física o intelectual y del desarrollo), ofrece apoyo directo a actividades básicas de la vida diaria, la comunicación, el bienestar y la salud, las habilidades para la autonomía, la terapia ocupacional, las relaciones, la conducta y el ocio. El objetivo del servicio es mejorar o mantener el nivel más alto posible de autonomía y bienestar, previniendo situaciones de dependencia más grande, potenciando la inclusión y apoyando a las familias. |
Población destinataria |
Personas, a partir de 16 años, residentes en Mallorca, y como mínimo con un 65 % de discapacidad y necesidades de apoyo extenso o generalizado. Se establecen dos perfiles de destinatarios: personas con discapacidad intelectual y del desarrollo, y personas con discapacidad física. |
atención integral i promoción Equipamientos / equipos profesionales |
Recepción y administración, salas para hacer actividades y terapias individuales y de grupo, despachos, salas de reuniones y equipamientos técnicos e informáticos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Por 100 personas usuarias: -Discapacidad intelectual y del desarrollo. Personal técnico de apoyo: 19. Personal técnico titulado: 9. Personal de servicios generales y administración: 2. -Discapacidad física. Personal técnico de apoyo: 15. Personal técnico titulado: 13. Personal de servicios generales y administración: 2. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca, respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración técnica y por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de recursos sociolaborales
Servicio ocupacional |
|
Definición |
Presta apoyos a la persona con discapacidad para que consiga un desarrollo personal y la inclusión social máximos con actividades terapéuticas ocupacionales o de bienestar, de aprendizaje para la autonomía y de inserción sociolaboral. Una de las finalidades del servicio es facilitar la capacitación y la preparación para acceder al trabajo, mantener y mejorar la ocupación (mediante el servicio de ajuste personal y social o de trabajo con apoyo), y hacer la promoción al mercado laboral ordinario siempre que sea posible. El servicio se puede prestar en entornos de la comunidad para favorecer la inclusión y participación social, pero siempre fuera del domicilio de la persona. |
Población destinataria |
Personas a partir del 33 % de discapacidad. Se establecen dos perfiles: personas con discapacidad intelectual y del desarrollo, a partir de 16 años, y personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental, a partir de 18 años. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Recepción y administración, salas para hacer actividades y terapias individuales y grupales, despachos, salas de reuniones y equipamientos técnicos e informáticos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Por 100 personas usuarias: -Discapacidad intelectual y del desarrollo. Personal técnico de apoyo: 12. Personal técnico titulado: 4. Personal de servicios generales y administración: 5. -Discapacitado por diagnóstico de salud mental. Personal técnico de apoyo: 12. Personal técnico titulado: 2. Personal de servicios generales y administración: 5. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca, respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración técnica y por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Servicio sociocultural y de ocio |
|
Definición |
Proporciona los apoyos necesarios para que las personas con discapacidad de cualquier edad puedan disfrutar de su tiempo de ocio de la forma más autónoma posible, fomentando la inclusión, la participación ciudadana, el bienestar y los vínculos. Se presta preferentemente en la comunidad y en entornos ordinarios, con un modelo de ocio inclusivo. Puede incluir un servicio de orientación y de intermediación con recursos de ocio de la comunidad. Cada persona elige las actividades. El servicio no se dirige a las personas usuarias de servicios residenciales o de apoyo a la vivienda. |
Población destinataria |
Personas con discapacidad intelectual y del desarrollo o con pluridiscapacidades de cualquier edad. Se establecen dos grupos en función del nivel de intensidad de los apoyos: -Personas con discapacidad entre el 33 y el 64 % y necesidades de apoyo intermitente o limitado, el servicio sociocultural y de ocio de baja intensidad. -Personas con discapacidad a partir del 65 % y necesidades de apoyo limitado o extenso, el servicio sociocultural y de ocio de alta intensidad. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Los que establece el artículo 17, sobre las condiciones comunes a todos los servicios, del Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
Por cada 100 personas usuarias, según las necesidades de apoyo. Personal técnico de apoyo: entre 2 y 6. Personal técnico titulado: 1 a tiempo parcial (0,25). |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca, respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración técnica y por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Por concurrencia. |
Copago |
Sí |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de recursos personales y asistenciales
Servicio de residencia |
|
Definición |
Constituye el domicilio de la persona con discapacidad, ofrece alojamiento y atención integral para personas con necesidades de apoyo extenso o generalizado en la mayor parte de las actividades de la vida diaria. El objetivo es mejorar o mantener el nivel más alto posible de autonomía, bienestar e inclusión en la comunidad. Se puede complementar con un servicio de centro de día. |
Población destinataria |
Personas con discapacidad intelectual y del desarrollo, o con discapacidad física, mayores de 16 años y menores sometidos a medidas jurídicas de protección, u otros menores en casos excepcionales, a partir del 65 % de discapacidad y necesidades de apoyo extenso o generalizado, o bien con menos del 65 %, pero con necesidades excepcionales de apoyo por alteraciones graves del comportamiento. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Instalaciones de alojamiento y manutención, salas para hacer actividades, despachos y equipamientos técnicos e informáticos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Por 100 personas usuarias: -Discapacidad intelectual y del desarrollo. Personal técnico de apoyo: 44. Personal técnico titulado: 9,5. Personal de servicios generales y administración: 9,5. -Discapacidad física. Personal técnico de apoyo: 44. Personal técnico titulado: 13. Personal de servicios generales y administración: 7. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca, respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración técnica y por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de recursos personales y asistenciales
Servicio de vivienda supervisada |
|
Definición |
Sustitutivo del hogar propio o familiar. Se organiza en viviendas ordinarias que constituyen el domicilio habitual de las personas que lo habitan. Conviven personas con discapacidad que necesitan supervisión y apoyo en las actividades básicas de la vida diaria, así como en la comunicación, las relaciones, la autodirección y el uso de los recursos de la comunidad. La intensidad de los apoyos se adaptan a las necesidades de cada persona. |
Población destinataria |
-Personas con discapacidad intelectual y del desarrollo a partir de los 16 años (menores en casos excepcionales) y a partir del 33 % de discapacidad. -Personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental a partir de los 18 años y a partir del 33 % de discapacidad. -Personas con discapacidad física a partir de los 16 años (menores en casos excepcionales) y a partir del 65% de discapacidad. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Instalaciones de alojamiento y manutención, salas para hacer actividades, despachos y equipamientos técnicos e informáticos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Para 10 personas usuarias: -Discapacidad intelectual y del desarrollo. Personal técnico de apoyo: 5. Personal técnico titulado: a tiempo parcial (0,25). Personal de servicios generales y administración: a tiempo parcial (0,25). -Discapacidad por diagnóstico de salud mental. Personal técnico de apoyo: 5. Personal técnico titulado: a tiempo parcial (0,25). Personal de servicios generales y administración: a tiempo parcial (0,25). -Discapacidad física. Personal técnico de apoyo: 4. Personal técnico titulado: a tiempo parcial (0,25). Personal de servicios generales y administración: a tiempo parcial (0,25). |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración técnica y por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
Sí |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de recursos sociolaborales
Servicio de apoyo a la vivienda |
|
Definición |
Servicio socioeducativo que ofrece orientación y apoyo a las personas con discapacidad y necesidades de apoyo que viven solas, en pareja o conviven con otras personas con discapacidad, dependencia o problemas graves de salud. La prestación es dinámica y flexible, y se tiene que adaptar a las necesidades de cada persona usuaria. La posesión de la vivienda corresponde a la persona usuaria. A diferencia del servicio de atención domiciliaria, es un servicio de carácter socioeducativo más que de carácter asistencial. El servicio de apoyo a la vivienda se dirige exclusivamente a personas que pueden mejorar su autonomía para la vida independiente mediante los apoyos adecuados. |
Población destinataria |
El servicio se dirige a tres perfiles de destinatarios: -Personas con discapacidad intelectual y del desarrollo a partir de los 16 años (menores en casos excepcionales) y a partir del 33 % de discapacidad. -Personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental a partir de los 18 años y a partir del 33 % de discapacidad. -Personas con discapacidad física, sobrevenida por daño cerebral u otras enfermedades donde tenga sentido una función socioeducativa, además de asistencial. A partir de los 16 años (menores en casos excepcionales) y a partir del 65 % de discapacidad. |
Equipamientos / equipos profesionales |
El servicio se presta en los entornos de las personas usuarias, tanto en la comunidad como en el domicilio. No hacen falta instalaciones para la atención directa. Sin embargo, la entidad prestataria tiene que disponer, como mínimo, de salas para los profesionales. |
Ratios y perfiles profesionales |
Para 10 personas usuarias: -Apoyo a la vivienda. Personal técnico titulados: a tiempo parcial (2,2). -Apoyo a la vivienda de alta intensidad. Personal técnico de apoyo: 2. Personal técnico titulado: a tiempo parcial (2,2). |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración técnica y por orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades de la red pública de servicios sociales para personas con discapacidad de Mallorca, mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
Sí |
Prestación de servicios para personas mayores
Dirección Insular de Atención a la Dependencia
Atención a la dependencia
Servicio residencial temporal para personas mayores |
|
Definición |
El objeto de la estancia temporal es la permanencia en régimen de alojamiento, manutención y atención integral en un centro residencial del IMAS por un periodo de tiempo predeterminado, durante el cual las personas usuarias tendrán los mismos derechos y obligaciones que los residentes fijos. El tiempo de permanencia en el centro residencial para estancias temporales oscila entre 7 y 60 días, este periodo se determina antes de ingresar. |
Población destinataria |
Personas mayores de 65 años que temporalmente necesitan de una atención por respiro familiar, por convalecencia de la persona mayor, por convalecencia de la persona que lo atiende, o por obras de adaptación en el domicilio. |
Equipamientos / equipos profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del Decreto 86/2010 |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Resolución de la Presidencia del IMAS de 12 de marzo de 2014 (BOIB núm. 43, de 29 de marzo de 2014) |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Centros del IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
Sí |
Criterios de copago |
Ordenanza que regula el precio público por asistencias, estancias y otros servicios prestados en establecimientos benéficos y asistenciales del Consejo Insular de Mallorca. (BOIB núm. 156, de 29/12/2001). Resolución de 26 de agosto de 1987, de la Dirección general del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) por la cual se regulan los ingresos, traslados y permutas en los centros residenciales para la tercera edad. |
Dirección Insular de Atención a la Dependencia
Atención a la dependencia
Servicio residencial permanente para personas mayores |
|
Definición |
Es una red pública y concertada de centros que tiene como objetivo ofrecer una atención integral centrada en la persona mayor. La finalidad es velar por el bienestar de las personas residentes a partir de una atención integral centrada en la persona desde el ámbito sociosanitario. Esta atención potencia aspectos preventivos y de mantenimiento y/o mejora de la calidad de vida de la persona. |
Población destinataria |
Las personas mayores de 65 años, que han sido valoradas por dependencia o que han solicitado un ingreso residencial por prioridad social, reagrupamiento familiar o traslado. Excepcionalmente, pueden ser atendidas las personas mayores de 55 años con un informe técnico favorable. |
Equipamientos / equipos profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del Decreto 86/2010 |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica |
Acceso y lista de espera al servicio |
Para los ingresos de dependencia: Decreto 83/2010, de 25 de junio de 2010. Resto de ingresos: Resolución de la Presidencia del IMAS de 12 de marzo de 2014 (BOIB núm. 43, de 29 de marzo de 2014). |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS. Oficina de atención a la dependencia. Servicios Sociales comunitarios |
Entidad proveedora |
IMAS, concertada |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
Sí |
Criterios de copago |
Personas ingresadas por dependencia: Decreto 84/2010, de 25 de junio, por el cual se regulan los criterios para calcular la capacidad económica para establecer la participación económica de las personas beneficiarias de las prestaciones asistenciales que forman parte de la red pública de Atención a la dependencia de las Illes Balears, y para concretar las prestaciones económicas del sistema por la autonomía y atención a la dependencia. Personas ingresadas por prioridad social, reagrupamiento familiar o traslado: Ordenanza que regula el precio público por asistencias, estancias y otros servicios prestados en establecimientos benéficos y asistenciales del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm.156, de 29/12/2001). Resolución de 26 de agosto de 1987, de la Dirección general del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), por la cual se regulan los ingresos, traslados y permutas en los centros residenciales para la tercera edad (BOE núm.235, de 01/10/1987). |
Dirección Insular de Atención a la Dependencia
Atención a la dependencia
Servicio de valoración, intervención y apoyo en casos de personas mayores en situación de riesgo de desprotección. (Prioridad social) |
|
Definición |
Es un programa que tiene el objeto de ofrecer un servicio a los técnicos de atención primaria cuando detectan casos de personas mayores en riesgo de desprotección y/o maltrato. Ofrece: -Apoyo técnico especializado en la red de atención social a las personas mayores en riesgo de desprotección y/o maltrato. -Valoración del grado de riesgo de desprotección y/o maltrato y del recurso más adecuado. -Intervención específica en casos de personas mayores que padecen riesgo de desprotección y/o maltrato. |
Población destinataria |
Persona mayor que sufre una situación de abandono o de maltrato físico o psicológico que ha sido denunciado ante la autoridad competente o que se encuentra en una situación de emergencia social. |
Equipamientos / equipos profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del Decreto 86/2010 |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Resolución de la Presidencia del IMAS de 12 de marzo de 2014 (BOIB núm. 43, de 29 de marzo de 2014) |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS. Oficina de atención a la dependencia. Servicios Sociales comunitarios |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Atención a la Dependencia
Atención a la dependencia
Servicio de valoración para ingreso residencial por estancia temporal, reagrupamiento familiar o traslado de centro |
|
Definición |
Valoración de la solicitud de ingreso en centro residencial por estancia temporal, reagrupamiento familiar o traslado entre centros, para evaluar el cumplimiento de los requisitos, así como asignar la plaza en el recurso. |
Población destinataria |
Personas mayores de 65 años que han solicitado una plaza por estancia temporal, reagrupamiento familiar o traslado. Excepcionalmente, pueden ser destinatarias las personas mayores de 55 años con informe técnico favorable. |
Equipamientos / equipos profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del Decreto 86/2010 |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Resolución de la Presidencia del IMAS de 12 de marzo de 2014 (BOIB núm. 43, de 29 de marzo de 2014) |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS. Oficina de Atención a la dependencia. Servicios Sociales comunitarios |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Atención a la Dependencia
Atención a la dependencia
Servicio de estancias diurnas. Centro de día |
|
Definición |
Servicio de acogida diurna que apoya a las personas que necesitan organización, supervisión y asistencia para hacer las actividades de la vida diaria. Cubre las necesidades terapéuticas y socioculturales, y complementa la atención propia del domicilio. |
Población destinataria |
Las personas mayores con 65 o más años, en situación de dependencia que no reciben prestaciones, o que, aunque reciban, no son incompatibles, y así lo establezca su programa de atención individual (PIA). Excepcionalmente, también pueden ir las personas mayores de 55 años, con un informe técnico favorable. |
Equipamientos / equipos profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del Decreto 86/2010 |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica |
Acceso y lista de espera al servicio |
Decreto 83/2010, de 25 de junio de 2010 |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS. Oficina de Atención a la dependencia. Servicios Sociales comunitarios |
Entidad proveedora |
IMAS. Entidades concertadas |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
Sí |
Criterios de copago |
Decreto 84/2010, de 25 de junio por el que se regulan los criterios para calcular la capacidad económica con la finalidad de establecer la participación económica de las personas beneficiarias de las prestaciones asistenciales que forman parte de la red pública de atención a la dependencia de las Illes Balears, y para concretar las prestaciones económicas del sistema para la autonomía y Atención a la Dependencia |
Dirección Insular de Atención a la Dependencia
Sección de fomento de la autonomía para las personas mayores
Servicio de apoyo psicosocial, educativo y de estimulación cognitiva para las personas mayores |
|
Definición |
Es un programa que tiene como finalidad apoyar a las personas mayores, que se oferta a los distintos municipios de la Part Forana. Tiene por objetivos: -Potenciar el envejecimiento activo de las personas mayores, fomentar su actividad mental y el conocimiento y el uso de estrategias para prevenir o retrasar dificultades de memoria asociadas a la edad. -Dar apoyo para mejorar la autonomía personal y el bienestar emocional. -Promover la participación comunitaria del colectivo de personas mayores previniendo y paliando situaciones de soledad y aislamiento social. |
Población destinataria |
Las personas mayores con 65 o más años o personas mayores de 55 años, con un informe técnico favorable. |
Equipamientos / equipos profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del Decreto 86/2010 |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Específica |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica |
Acceso y lista de espera al servicio |
Acceso directo por valoración técnica y orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Equipo de Vejez y Familia en los centros comarcales. Servicios Sociales Municipales |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Por concurrencia. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Atención a la Dependencia
Sección de fomento de la autonomía para las personas mayores
Servicio de intervención y apoyo psicosocial individual y familiar |
|
Definición |
Es un programa para ofrecer atención psicosocial directa a las personas mayores y familiares cuidadores de personas dependientes en situación de riesgo psicosocial motivada por dificultades asociadas al proceso de envejecimiento o por las atenciones a la dependencia de los familiares mayores. |
Población destinataria |
Las personas mayores con 65 o más años o personas mayores de 55 años, con un informe técnico favorable. Familiares cuidadores de personas dependientes. |
Equipamientos / equipos profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del Decreto 86/2010 |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Acceso directo por valoración técnica y orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Equipo de Vejez y Familia en los centros comarcales. Servicios Sociales Municipales |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Por concurrencia. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Atención a la Dependencia
Sección de fomento de la autonomía para las personas mayores
Hogares socioculturales |
|
Definición |
Centros socioculturales que tienen por objeto promocionar y organizar actividades, primordialmente de carácter cultural y para fomentar la convivencia y la ayuda mutua, para posibilitar un envejecimiento satisfactorio. Los objetivos son: fomentar la autonomía personal y la prevención de la dependencia, potenciar la autoestima, favorecer el mantenimiento activo del cuerpo y de la mente, facilitar hábitos saludables y promover el desarrollo de la capacidad creativa y artística. |
Población destinataria |
Las personas mayores con 65 o más años o personas mayores de 55 años pensionistas y los cónyuges o aquellos con quien convivan. |
Equipamientos / equipos profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Ratios y perfiles profesionales |
El que establece el Decreto 86/2010. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del Decreto 86/2010 |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica |
Acceso y lista de espera al servicio |
Acceso directo por valoración técnica y orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Hogares de personas mayores (Av. Argentina, Reina Sofía, Felanitx, Llucmajor, Manacor) |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Por concurrencia. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Atención a la Dependencia
Sección de fomento de la autonomía para las personas mayores
Servicio de atención, orientación, apoyo y formación para los familiares cuidadores |
|
Definición |
Es un programa para atender, orientar, apoyar y formar a los familiares cuidadores y otros cuidadores no profesionales, para ayudarlos y capacitarlos a mejorar su calidad de vida y la asistencia que dispensan a las personas mayores con dependencia |
Población destinataria |
Familiares cuidadores y cuidadores no profesionales de los municipios de Mallorca, que tienen a su cargo personas mayores en situación de dependencia. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Equipo multidisciplinario |
Ratios y perfiles profesionales |
Personal suficiente para prestar la atención con los perfiles profesionales del trabajo social, de la educación, de la psicología y de la pedagogía. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del Decreto 86/2010 |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Acceso directo por valoración técnica y orden de solicitud |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Equipo de vejez y familia en los centros comarcales. Servicios sociales municipales |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Por prelación. Según orden de solicitud |
Copago |
No |
Prestaciones de servicios de inclusión social
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de prevención comunitaria
Servicio de promoción de la salud en el ámbito juvenil |
|
Definición |
Asesoramiento y apoyo a recursos y/o entidades del municipio que trabajan con jóvenes para incorporar actuaciones dirigidas a la promoción de hábitos saludables, abordando de forma explícita el consumo de drogas y otras conductas de riesgo. Incluye: actividades de ocio, actividades formativas, promoción de campañas de sensibilización para reducir el abuso de alcohol y otras drogas en los menores de edad, programa alternativo a la sanción administrativa por posesión o consumo de drogas para jóvenes de 14-21 años, etc. |
Población destinataria |
Mediadores juveniles, niños y jóvenes en general, y niños y jóvenes en situación de riesgo. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Un equipo de profesionales formado por personas especializadas en trabajo comunitario y prevención. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multiprofesional integrado por personas tituladas universitarias en psicología, medicina, pedagogía, trabajo social y educación social, especializadas en trabajo comunitario y prevención. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Acceso por derivación de los servicios técnicos municipales, de salud y de educación. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Los programas se organizan por acuerdo y en colaboración con los servicios comunitarios de cada municipio e intervienen servicios municipales y contratados de manera específica. |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de prevención comunitaria
Servicio de promoción de las habilidades preventivas de las familias |
|
Definición |
Gestión y realización de talleres psicoeducativos de grupo, para familias seleccionadas en función de determinados indicadores de riesgo. Orientación individual y/o familiar, siempre como colaboradores de recursos o entidades que ya intervienen en un territorio concreto. |
Población destinataria |
Familias con hijos/as menores de edad del municipio y/o mancomunidad, en general, y de manera específica las familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad y/o que tienen hijos e hijas con conductas de riesgo. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Un equipo de profesionales formado por personas especializadas en trabajo comunitario y prevención. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multiprofesional integrado por personas tituladas universitarias en psicología, medicina, pedagogía, trabajo social y educación social, especializadas en trabajo comunitario y prevención. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Acceso por derivación de los servicios técnicos municipales, de salud y de educación. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de prevención comunitaria
Servicio de apoyo a la educación para la salud en los centros educativos |
|
Definición |
Servicio dirigido a los centros educativos que incluye programas de formación y asesoramiento al profesorado y orientadores que quieren llevar a cabo programas de educación para la salud en los centros educativos de Mallorca. Se ofrecen contenidos conceptuales sobre las drogas y sus efectos, sobre técnicas participativas y de trabajo en grupo. Al mismo tiempo se estimula la implicación de toda la comunidad educativa y el compromiso mutuo de la escuela y la familia en el desarrollo de los factores de protección y estilos de vida saludables. Estos programas se desarrollan por acuerdo y en coordinación con las consejerías de Salud (Plan de Adicciones y Drogodependencias de las Illes Balears), y de Educación en todos los municipios de Mallorca, excepto Palma y Marratxí. |
Población destinataria |
Profesorado, tutores, técnicos educativos, y padres y madres de la población escolarizada. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Un equipo de profesionales formado por personas especializadas en trabajo comunitario y prevención. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multiprofesional integrado por personas tituladas universitarias en psicología, medicina, pedagogía, trabajo social y educación social, especializadas en trabajo comunitario y prevención. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears y la Ley 4/2005, de 29 de abril, sobre drogodependencias y otras adicciones en las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Acceso por derivación de los servicios técnicos municipales, de salud y de educación. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS y centros de educación infantil, primaria y secundaria |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de prestaciones
Renta Mínima de Inserción |
|
Definición |
La Renta Mínima de Inserción (RMI) es un instrumento para conseguir la inserción y la integración de las personas en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión, y se articula a través de dos ejes complementarios: -Una prestación económica para garantizar unos ingresos mínimos. -Una prestación técnica para la inserción sociolaboral siempre que sea posible, mediante programas formativos y de inserción sociolaboral. |
Población destinataria |
La que establece el artículo 6 del Decreto 117/2001, de 28 de septiembre, que regula la Renta Mínima de Inserción: -Ser mayor de 25 años. -Estar empadronados en algún municipio de Mallorca y acreditar una residencia continuada de un mínimo de 6 meses. -Constituir un hogar independiente. -No disponer de ingresos económicos, o que estos no superen el umbral que establece el decreto. -No tener derecho a percibir otras prestaciones públicas el importe de las cuales supere la prestación económica básica de la renta mínima de inserción, calculada de acuerdo con el que establece el Decreto. -No haber renunciado a una oferta de trabajo normalizada o haber causado baja voluntaria en el trabajo en los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud. -Excepcionalmente, los servicios técnicos pueden evaluar situaciones análogas que, a pesar de que no cumplan alguno de los requisitos anteriores, se puedan incluir en este derecho, siempre de manera motivada y justificada adecuadamente. |
Equipamientos / equipos profesionales |
El equipo de prestaciones de la IMAS. Personal técnico y administrativo. |
Ratios y perfiles profesionales |
Personal con titulaciones de ámbito social y administrativo. Personal técnico y administrativo. |
Estándares de calidad |
Decreto 117/2001, de 28 de septiembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica |
Acceso y lista de espera al servicio |
Por solicitud de la persona usuaria y sujeto a las condiciones establecidas por el decreto que regula la renta mínima de inserción. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Oficina de atención de Palma, Inca y Manacor. El equipo técnico, en función de la solicitud, se establecen puntos de atención a dependencias de los municipios. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de apoyo técnico municipal
Prestaciones de los servicios sociales comunitarios básicos |
|
Definición |
Conjunto organizado y coordinado de acciones desarrolladas por profesionales cualificados, para facilitar a la ciudadanía la información para acceder a los recursos sociales. Si se trata de personas con carencia de autonomía personal, se les facilita atención en su domicilio para favorecer la permanencia en el entorno cotidiano. También incluye un recurso de acogida residencial temporal y apoyo social para personas adultas y familias que no disponen de vivienda ni de apoyo sociofamiliar. Incluye: -Información, valoración, asesoramiento, intervención y derivación -Ayuda a domicilio -Alojamiento alternativo -Teleasistencia/telealarma -Mediación intercultural -Domiciliación y empadronamiento |
Población destinataria |
Población general, personas en situación de dependencia o en riesgo social, con carencia de vivienda y de apoyo sociofamiliar. Y personas extranjeras extracomunitarias. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Las unidades de trabajo social (UTS) de los servicios sociales comunitarios básicos de los municipios de Mallorca, y de los programas específicos para personas dependientes en situación de riesgo o ciudadanos extracomunitarios. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multidisciplinario constituido fundamentalmente por personas con titulación universitaria de derecho, pedagogía, psicología, trabajo social/educación social, y por profesionales de los cuerpos administrativo y auxiliar, según lo que se establece en los decretos 86/2010 y el 48/2011. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio de servicios sociales de las Illes Balears |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social comunitario básico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica |
Acceso y lista de espera al servicio |
Por prescripción técnica prevista en el plan individual de atención y sujeto al reglamento de régimen interno del centro o servicio. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
Administración local |
Entidad proveedora |
Administración local |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población. |
Copago |
De acuerdo con la normativa municipal y con el Decreto 84/2010 |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de apoyo técnico municipal
Apoyo técnico, asesoramiento específico y orientación a profesionales de los servicios sociales municipales de Mallorca |
|
Definición |
Conjunto organizado y coordinado de acciones profesionales, para colaborar y facilitar apoyo y asesoramiento a los profesionales de los servicios sociales de los ayuntamientos y las mancomunidades de Mallorca. Para mejorar el desarrollo de las competencias que, en materia de servicios sociales, tienen atribuidas las corporaciones locales, con referencia especial a las prestaciones sociales básicas. |
Población destinataria |
Profesionales que trabajan vinculados a los servicios sociales comunitarios de los ayuntamientos de Mallorca y, de forma especial, a los municipios menores de veinte mil habitantes. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Los que establece la normativa para autorizar y acreditar esta tipología de servicios. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multidisciplinario constituido fundamentalmente por personas con titulación universitaria de derecho, pedagogía, psicología, trabajo social, o educación social, o habilidades, y por profesionales de los cuerpos administrativo y auxiliar. Decreto 48/2011, de 13 de mayo, por el que se regulan los principios generales y las directrices de coordinación de los servicios sociales comunitarios básicos. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca |
Acceso y lista de espera al servicio |
Decisión técnica |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Oficina de atención de Palma, Inca y Manacor. |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de apoyo técnico municipal
Servicio de formación a profesionales de los servicios sociales municipales |
|
Definición |
Según la ley vigente, el IMAS tiene que participar en la supervisión, el apoyo técnico y la formación permanente del personal adscrito a los servicios sociales municipales, por lo cual les tiene que permitir dar una respuesta adecuada a las necesidades y las demandas de la población de cada territorio. Esta formación se tiene que planificar para que la información, los conocimientos y las aptitudes de los profesionales de los servicio sociales, estén actualizadas y sean adecuados para dar la respuesta más adecuada. |
Población destinataria |
Profesionales que trabajan vinculados a los servicios sociales comunitarios de los ayuntamientos de Mallorca y, de forma especial, a los municipios menores de veinte mil habitantes. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Los que establece la normativa para autorizar y acreditar esta tipología de servicios. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multidisciplinario constituido fundamentalmente por personas con titulación universitaria de derecho, pedagogía, psicología, trabajo social, o educación social, o habilidades, y por profesionales de los cuerpos administrativo y auxiliar. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Decisión técnica |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Oficina de atención de Palma, Inca y Manacor. |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según perfil profesional de los destinatarios. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de inserción social e inmigración
Servicio de valoración para acceder a la red de inclusión social y asesoramiento técnico |
|
Definición |
Valoración de los casos que entran o solicitan entrar en la red de inserción social del IMAS, tanto directamente, como derivados otros servicios o recursos. Información, asesoramiento técnico, apoyo y orientación a los profesionales de otros servicios/recursos. |
Población destinataria |
Personas que requieren intervención o alojamiento en alguno de los centros/recursos de la red de inserción del IMAS. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Un equipo de profesionales especializados en el ámbito de la atención a colectivos más desfavorecidos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multidisciplinario constituido fundamentalmente por personas tituladas del ámbito social y sanitario. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Decisión técnica |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Oficina de atención de Palma |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de inserción social e inmigración
Servicio de apoyo y atención social para personas adultas en situación de exclusión social |
|
Definición |
Servicio de apoyo y atención social para personas adultas en situación de exclusión social, con enfermedades graves, reclusos y/o ex-reclusos, incluidas aquellas que sufren alguna enfermedad mental. |
Población destinataria |
Población penitenciaria, ex-reclusos, en situación de exclusión social, con problemas de salud física o mental. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Un equipo de profesionales especializados en el ámbito de la atención a los colectivos más desfavorecidos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multidisciplinario constituido fundamentalmente por personas tituladas del ámbito social y sanitario. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Decisión técnica |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Oficina de atención de Palma. Entidades concertadas. |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de inserción social e inmigración
Servicio de atención itinerante para personas sin techo en situación de exclusión social |
|
Definición |
Servicio de atención social itinerante para emergencias (24 h) dirigido a personas sin techo. |
Población destinataria |
Personas sin hogar que viven en la calle de manera permanente o temporal. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Un equipo de profesionales especializados en el ámbito de la atención a los colectivos más desfavorecidos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multidisciplinario constituido fundamentalmente por personas tituladas del ámbito social y sanitario. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Directo. Teléfono de emergencias 112. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Entidades concertadas o contratadas. |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de inserción social e inmigración
Servicio de alojamiento temporal para personas adultas en situación de exclusión social sin toxicomanía activa |
|
Definición |
Acogida residencial temporal y apoyo a personas adultas en situación de exclusión social que no disponen de hogar ni de recursos suficientes y que no consumen activamente alcohol o drogas. |
Población destinataria |
Personas sin techo, sin apoyo familiar y sin recursos materiales ni económicos. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Un equipo de profesionales especializados en el ámbito de la atención a los colectivos más desfavorecidos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multidisciplinario constituido fundamentalmente por personas tituladas del ámbito social y sanitario. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Decisión técnica |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Entidades concertadas o contratadas. |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de inserción social e inmigración
Servicio de alojamiento temporal para personas adultas en situación de exclusión social con posibilidad de toxicomanía activa |
|
Definición |
Acogida residencial temporal y apoyo a personas adultas en situación de exclusión social que no disponen de hogar ni de recursos suficientes y que pueden, o no, consumir activamente alcohol u otras drogas. |
Población destinataria |
Personas sin techo, sin apoyo familiar y sin recursos materiales y económicos, con posibilidad de politoxicomanía, en proceso deshabituador o no. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Un equipo de profesionales especializados en el ámbito de la atención a los colectivos más desfavorecidos. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multidisciplinario constituido fundamentalmente por personas tituladas del ámbito social y sanitario. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Decisión técnica |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Entidades concertadas o contratadas. |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de atención a las drogodependencias
Servicio de atención y tratamiento ambulatorio de las drogodependencias y otras conductas adictivas |
|
Definición |
Programa que ofrece atención ambulatoria a las personas con trastorno por consumo de todo tipo de drogas (alcohol, heroína, cocaína, cannabis, drogas de síntesis, otras, excepto tabaco), así como otras conductas adictivas desde el enfoque biopsicosocial mediante un equipo de profesionales interdisciplinario. |
Población destinataria |
Personas que requieran de una atención ambulatoria por un trastorno por consumo de drogas y otros problemas relacionados, sus familias y otras personas que soliciten atención y/o información respecto del problema de las drogodependencias, residentes en los municipios de Mallorca, excepto Palma. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Un equipo de profesionales especializados en el ámbito de la atención a las drogodependencias y otras adicciones. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multidisciplinario constituido fundamentalmente por personas tituladas del ámbito social y sanitario. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2005, de 29 de abril, sobre drogodependencias y otras adicciones en las Illes Balears, y la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Directo |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Centros de atención a las drogodependencias (Palma, Inca, Manacor, Calvià, Migjorn) |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de atención a las drogodependencias
Servicio de atención y tratamiento residencial de las drogodependencias |
|
Definición |
Programa de deshabituación residencial de todo tipo de drogodependencias, excepto el tabaco. |
Población destinataria |
Personas que requieren un programa de tratamiento residencial que hagan un tratamiento de tipo ambulatorio en cualquier centro de tratamiento (CAD) de las Illes Balears |
Equipamientos / equipos profesionales |
Un equipo de profesionales especializados en el ámbito de la atención a las drogodependencias y otras adicciones. |
Ratios y perfiles profesionales |
Un equipo multidisciplinario constituido fundamentalmente por personas tituladas del ámbito social y sanitario. |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2005, de 29 de abril, sobre drogodependencias y otras adicciones en las Illes Balears, y la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio social especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Decisión técnica |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Entidades concertadas o contratadas. |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Criterio de prelación según población. |
Copago |
No |
Prestaciones de servicios de Gerencia
Gerencia
Sección de atención al ciudadano y coordinación de centros comarcales
Servicio de información, asesoramiento y derivación |
|
Definición |
El IMAS dispone de tres puntos de información y asesoramiento, en los cuales se atienden las demandas de la ciudadanía. Se informa, asesora y se derivan las personas que lo necesitan a otras redes de servicios sociales o administraciones. |
Población destinataria |
Población general |
Equipamientos / equipos profesionales |
Personas graduadas, licenciadas o diplomadas en trabajo social y otros del ámbito social y administrativo. |
Ratios y perfiles profesionales |
Personal suficiente para dar atención presencial y telefónica. |
Estándares de calidad |
Los que establece el Real decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el cual se regulan los servicios de información administrativa y de atención al ciudadano. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Comunitario básico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica |
Acceso y lista de espera al servicio |
Directo |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Oficina de atención de Palma, Inca i Manacor |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Prestaciones económicas
Dirección Insular de Atención a la Dependencia
Sección de prestaciones
Prestaciones económicas individuales a personas mayores |
|
Definición |
Ayudas económicas individuales a personas mayores de 65 años para atender los problemas específicos y mejorar la calidad de vida y, en general, para promocionar el bienestar. Dos modalidades: a) Ayudas técnicas, incluyen las prótesis y las ortesis, y otras ayudas técnicas para suplir o complementar las limitaciones y/o carencias funcionales de las personas mayores (cama hospitalaria, colchón antiescaras, grúa, arnés, etc.) b)Tratamientos rehabilitadores sociosanitarios, para conseguir la recuperación física, psíquica y sensorial de las personas mayores afectadas por procesos pluripatológicos o para procesos crónicos incapacitadores o con deterioro funcional o cognitivo. |
Población destinataria |
Las personas mayores, con 65 o más años. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Personal de gestión administrativa necesario |
Ratios y perfiles profesionales |
Personal suficiente para prestar la atención con los perfiles profesionales de trabajo social y de auxiliar administrativo. |
Estándares de calidad |
El plazo para resolver y notificar es de 90 días |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Comunitario básico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Según publicación de la convocatoria anual |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Oficina de atención a la dependencia. Servicios sociales municipales. |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Por prelación, según capacidad económica y orden de solicitud. |
Copago |
No |
Dirección Insular de Personas con Discapacidad
Sección de prestaciones
Prestaciones económicas individuales a personas con discapacidad |
|
Definición |
Prestaciones dirigidas a atender los problemas específicos de las personas con discapacidad que presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, para mejorar la calidad de vida y, en general, promocionar el bienestar. Hay dos modalidades: tratamientos rehabilitadores sociosanitarios y ayudas técnicas. |
Población destinataria |
Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, menores de 65 años |
Equipamientos / equipos profesionales |
Personal de gestión administrativa necesario |
Ratios y perfiles profesionales |
Personal suficiente para prestar la atención con los perfiles profesionales de trabajo social y de auxiliar administrativo |
Estándares de calidad |
El plazo para resolver y notificar es de 90 días |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Comunitario básico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria para Mallorca respecto a la cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Según publicación de la convocatoria anual |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS. Oficina de atención de Palma |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Por concurrencia. |
Copago |
Sí |
Criterios de copago |
La convocatoria anual establece el periodo de los gastos subvencionables, la forma de justificar el gasto realizado y la cuantía máxima que se puede subvencionar para cada producto o servicio. |
Dirección Insular de Inclusión Social
Sección de apoyo técnico municipal
Prestaciones económicas para cubrir las necesidades básicas para familias con menores en situación de riesgo social y a personas en situación de grave y urgente necesidad |
|
Definición |
Prestaciones no periódicas de naturaleza económica, en forma de subvenciones y finalista, para las personas integradas en una unidad de convivencia con recursos insuficientes para atender los gastos específicos, de carácter ordinario o extraordinario, necesarias para prevenir, evitar o paliar situaciones de marginación social. De acuerdo con el tipo de necesidad a la cual dan cobertura pueden ser: a) Familias con menores en situación de riesgo social para prevenir la separación de los menores de sus familias y evitar la desprotección. b) Personas en situación de urgente y grave necesidad, con especial atención a las situaciones de desahucio o pobreza sobrevenida. c) Personas que se encuentren en las situaciones recogidas en el artículo 6 de la ley 4/2009, de 11 de junio de Servicios Sociales de las Illes Balears, en relación a situaciones con necesidades de atención prioritaria. |
Población destinataria |
Las familias y/o las persones adultas y los menores, integradas en una unidad de convivencia en situación de exclusión social o en riesgo de sufrirlo. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Los servicios sociales comunitarios básicos |
Ratios y perfiles profesionales |
Los propios de los servicios sociales comunitarios básicos |
Estándares de calidad |
Los que establece la Ley 4/2009, de 11 de junio de servicios sociales de las Illes Balears |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Comunitario básico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica |
Acceso y lista de espera al servicio |
Decisión técnica |
Entidad responsable del acceso al servicio |
Servicios sociales comunitarios básicos de los ayuntamientos de Mallorca |
Entidad proveedora |
Servicios sociales comunitarios básicos de los ayuntamientos de Mallorca |
Garantía de la prestación |
No garantizada. Se concede con la valoración profesional previa sobre la situación de necesidad y urgencia social. Los servicios sociales pueden disponer de bases reguladoras o reglamentos que regulen la concesión de las ayudas. |
Copago |
No |
ANEXO 2. Cartera de servicios a menores y familia de Mallorca
Prestaciones de servicios a Menores y Familia
Dirección Insular de Menores y Familia
Servicio de menores y familia
Servicio especializado de atención a la infancia y a la adolescencia |
|
Definición |
Proporciona atención, valora e interviene, finalmente deriva, los niños en situación de desprotección o de riesgo de desprotección. Hace el seguimiento y trata a las familias mediante medidas jurídicas a la protección. |
Población destinataria |
Menores, de todas las edades, en situación de riesgo grave de desprotección o desamparo residentes en Mallorca |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS, en Palma, Inca y Manacor. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multiprofesional formado en el campo de la jurisdicción, psicología, trabajo social, pedagogía, educación social, y administración (auxiliares administrativos y servicios generales). |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica para Mallorca, respecto a la cartera básica de los servicios sociales de las Illes Balears |
Acceso y lista de espera al servicio |
Por vía de urgencia (intervención de los cuerpos de seguridad del Estado, judicial y/o por orden de Fiscalía) y por derivación de ciudadanos y/o servicios comunitarios. No hay lista de espera. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Unidad de urgencias de menores y familia
Servicio de valoración a menores víctimas de abuso sexual (UVASI) |
|
Definición |
Servicio que valora los menores que han sufrido presuntos abusos sexuales o presentan indicadores que orientan la posibilidad de haberlos sufrido. |
Población destinataria |
Menores, de todas las edades, que han sufrido presuntos abusos sexuales o presentan indicadores que orientan la posibilidad de haberlos sufrido. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS en Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo de profesionales de la psicología |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Por vía de urgencia (intervención de los cuerpos de seguridad del Estado, judicial y/o por orden de Fiscalía) y por derivación de ciudadanos y/o servicios comunitarios. Se priorizan criterios de desprotección, menores de 4 años y exploraciones conjuntas con cuerpos de seguridad del Estado. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de infancia y familia
Servicio de tratamiento de los efectos del maltrato a menores |
|
Definición |
Es un programa psicoterapéutico especializado en el tratamiento del trauma psíquico producido por situaciones de desatención de las necesidades, de maltrato, de negligencia, de abuso y/o de abandono. Para promocionar el bienestar y los recursos personales de los menores (de construcción de resiliencia). |
Población destinataria |
Menores, de todas las edades, con expedientes abiertos de protección de menores y que han sido derivados por un profesional referente de los equipos de Protección Infantil del IMAS |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS en Palma. El centro está inscrito en el registro de centros, servicios y/o consultas de psicología inscritas en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la CAIB |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo de profesionales de psicología, generales sanitarios y psicología clínica |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación técnica del Servicio de Menores y Familia. Se priorizan criterios psicológicos/emocionales y la orden de derivación. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de infancia y familia
Servicio de intervención terapéutica familiar |
|
Definición |
Es un programa psicoterapéutico especializado, por un lado en intervención familiar sobre trastornos de la afección, y por otra, en mejorar las competencias parentales para favorecer la convivencia familiar y el buen trato de los niños en situaciones de desprotección con los planes de caso siguientes: -Preservación familiar, intervención en crisis. -Preservación familiar, capacitación parental. -Separación provisional, reunificación familiar. |
Población destinataria |
Familias y padres los hijos de los cuales tienen un expediente de protección jurídica abierto y que se les ha aplicado un Plan de Trabajo con un programa de tratamiento de rehabilitación de las capacidades parentales |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS en Palma. El centro está inscrito en el registro de centros, servicios y/o consultas de psicología inscritas en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la CAIB |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo de psicólogos/as generales sanitarios y/o psicólogos/as clínicos |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación técnica del Servicio de Menores y Familia. Se prioriza criterios psicológicos/emocionales y la orden de derivación. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de infancia y familia
Servicio de psicomotricidad terapéutica |
|
Definición |
Conjunto de prácticas psicomotrices, con niños que presentan psicotraumatismes consecuencia de los malos tratos sufridos, orientadas al reconocimiento de la expresión del cuerpo, gestos, movimientos y palabras con la mirada; escucha del discurso corporal de los sentidos, percepciones y emociones espontáneas para reencontrarse con el sentir y vivir. |
Población destinataria |
Menores, de todas las edades, con expedientes de protección del menor abiertos y derivados al Servicio de Infancia y Familia. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS en Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo de profesionales de la pedagogía |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14 y 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación técnica del Servicio de Menores y Familia. Se priorizan criterios psicológicos/emocionales y la orden de derivación. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Servicio de menores y familia
Servicio de intervención en crisis |
|
Definición |
Programa para familias con hijos adolescentes que entran en crisis, tiene por objeto mejorar la situación familiar y evitar el ingreso del menor en un centro residencial. |
Población destinataria |
Menores, de edades comprendidas entre los 13 y 18 años, y familias, en crisis relacional puntual residentes en Mallorca. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos de la entidad colaboradora. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de especialistas en psicología y trabajo social. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. Plan de gestión de calidad y certificación. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación técnica del Servicio de Menores y Familia. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades especializadas mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Servicio de menores y familia
Servicio de intervención familiar de trabajo del vínculo parental |
|
Definición |
Tiene por objeto evaluar y trabajar el vínculo afectivo entre los menores, con medida de protección, y sus padres. |
Población destinataria |
Menores con expediente de protección, de edades comprendidas entre los 0 y 6 años, y sus familias residentes en Mallorca. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos a de la entidad colaboradora. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de especialistas en psicología, pedagogía, educación social, educación infantil/primaria. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. Plan de gestión de calidad y certificación. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación técnica del Servicio de Menores y Familia. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades especializadas mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Forma de prestación del servicio |
Contractual |
Dirección Insular de Menores y Familia
Servicio de menores y familia
Servicio de intervención familiar en el domicilio |
|
Definición |
Intervención en el domicilio para reforzar las habilidades parentales de las familias que se encuentran en dificultad social para que los menores del núcleo familiar puedan desarrollarse de forma adecuada. |
Población destinataria |
Menores en situación de riesgo, de edades comprendidas entre los 0 y 17 años, y sus familias. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos de la entidad colaboradora. La actuación debe desarrollarse principalmente en el hogar de las familias, algunas intervenciones en otros lugares específicos y esporádicamente en las instalaciones del IMAS: Palma, Inca o Manacor. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario dirección, educación social y auxiliares administrativos. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. Plan de gestión de calidad y certificación. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación técnica del Servicio de Menores y Familia. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades especializadas mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Servicio de menores y familia
Servicio de preparación, apoyo y seguimiento a jóvenes protegidos o ex protegidos para la emancipación |
|
Definición |
Destinado a prevenir y/o paliar la situación de riesgo de jóvenes, tutelados y extutelados procurando la integración sociolaboral, fomentando la autonomía y la emancipación |
Población destinataria |
Jóvenes tutelados o extutelados, de edades comprendidas entre los 16 y 21 años. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos de la entidad colaboradora. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario dirección y educación social. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. Plan de gestión de calidad y certificación. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación técnica del Servicio de Menores y Familia. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades especializadas mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Servicio de menores y familia
Servicio socioeducativo de inserción laboral |
|
Definición |
Inserción laboral e intervención socioeducativa para jóvenes para favorecer la autonomía, la mejora de competencias, aptitudes y la participación activa en el proceso de socialización e inserción laboral. |
Población destinataria |
Jóvenes menores de edad con expediente de protección y residentes en Mallorca, de edades comprendidas entre los 14 y 17 años. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos de la entidad colaboradora. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario dirección y educación social. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. Plan de gestión de calidad y certificación. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación técnica del Servicio de Menores y Familia. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades especializadas mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Hogares del menor
Servicio de primera acogida y diagnóstico a menores en situación de desprotección grave |
|
Definición |
Acogida residencial que proporciona atención inmediata y transitoria a menores que tienen que salir urgentemente del medio familiar, y un diagnóstico para determinar la medida y el recurso de protección más adecuado, así como el plan de intervención que se tiene que llevar a cabo con el menor y la familia. |
Población destinataria |
Menores en situación de desprotección grave residentes en Mallorca, de todas las edades. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de dirección, coordinación, psicología, medicina, educación social, auxiliares de educación y servicios de mantenimiento y de limpieza. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica para Mallorca respecto a la cartera de los servicios sociales de las Illes Balears. |
Acceso y lista de espera al servicio |
Por vía de urgencia (intervención de los cuerpos de seguridad del Estado, judicial y/o por orden de Fiscalía) y por derivación de ciudadanos y/o servicios comunitarios. No hay lista de espera. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Hogares del menor
Servicio de acogimiento residencial básico para infancia y adolescencia |
|
Definición |
Acogida residencial para proteger al menor, mediante la asunción de la guarda para proporcionarle un espacio de protección que le permita adquirir un desarrollo afectivo, psicológico, formativo-laboral, intelectual y social adecuados. |
Población destinataria |
Menores en situación de desprotección grave o desamparo residentes en Mallorca, de todas las edades. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de dirección, coordinación, psicología, medicina, educación social, auxiliares de educación y servicios de mantenimiento y de limpieza. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica para Mallorca respecto a la cartera de los servicios sociales de las Illes Balears. |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación: resolución administrativa. Por la orden mediante el protocolo de ingreso a centros y excepcionalmente por la urgencia del Plan de caso. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS, entidad contratada o concertada. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Hogares del menor
Servicio de acogimiento residencial especial para menores extranjeros no acompañados |
|
Definición |
Acogida residencial de adolescentes extranjeros sin adultos responsables en el territorio, con problemas de desprotección familiar total, les hace falta una atención residencial específica debido a las dificultades de identificación y de trabajo, agravadas por las diferencias idiomáticas, culturales y sociales. |
Población destinataria |
Menores extranjeros sin adultos responsables en el territorio, de edades comprendidas entre los 13 y 18 años. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de dirección, coordinación, psicología, medicina, educación social, auxiliares de educación y servicios de mantenimiento y de limpieza. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica para Mallorca respecto a la cartera de los servicios sociales de las Illes Balears. |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación: resolución administrativa. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades con programas especializados mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Hogares del menor
Servicio de acogimiento residencial específico para menores con discapacidad |
|
Definición |
Acogida residencial especializada que tiene como finalidad proteger el menor, asumiendo la guarda con el fin de proporcionarle un espacio de protección que le permita adquirir un desarrollo adecuado según los grados de apoyo que necesita. |
Población destinataria |
Menores en situación de desprotección grave o desamparo residentes en Mallorca, de todas las edades con diagnóstico de discapacidad intelectual. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de dirección, coordinación, psicología, medicina, educación social, auxiliares de educación y servicios de mantenimiento y de limpieza. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica para Mallorca respecto a la cartera de los servicios sociales de las Illes Balears. |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación: resolución administrativa. Por la orden mediante el protocolo de ingreso en centros y, excepcionalmente, por la urgencia del Plan de caso. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades con programas especializados mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Hogares del menor
Servicio de acogimiento residencial especial para menores con trastornos de conducta |
|
Definición |
Acogida residencial que tiene por objeto la atención integral especializada de menores con problemas de conducta. Este servicio se aplica en los casos de separación necesaria de la familia de origen, bien sea por guarda o por tutela. |
Población destinataria |
Menores, de edad entre los 7 y 17 años, con situación de desprotección grave o desamparo residentes en Mallorca con necesidad de acción educativa especial por problemas conductuales. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de dirección, coordinación, psicología, medicina, educación social, auxiliares de educación y servicios de mantenimiento y de limpieza. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica para Mallorca respecto a la cartera de los servicios sociales de las Illes Balears. |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación: resolución administrativa. Por la orden mediante el protocolo de ingreso en centros y, excepcionalmente, por la urgencia del Plan de caso. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades con programas especializados mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Hogares del menor
Servicio de acogimiento residencial especial para adolescentes con medida de protección embarazadas o con cargas familiares |
|
Definición |
Acogida residencial que tiene como finalidad acoger y formar a madres adolescentes, con o sin pareja, sin apoyo familiar o con apoyo familiar inadecuado. |
Población destinataria |
Adolescentes embarazadas o con hijos en situación de desamparo, de edades comprendidas entre los 14 y 18 años. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar Servicios sociales de ámbito suprainsular. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de dirección, coordinación, psicología, medicina, educación social, auxiliares de educación y servicios de mantenimiento y de limpieza. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio especializado |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Básica para Mallorca respecto a la cartera de los servicios sociales de las Illes Balears. |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración y derivación: resolución administrativa. Por la orden mediante el protocolo de ingreso en centros y, excepcionalmente, por la urgencia del Plan de caso. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
Entidades con programas especializados mediante contratación o concertación. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de acogimientos familiares
Servicio de acogimiento familiar permanente en familia propia |
|
Definición |
Acogida familiar permanente en la propia familia extensa del menor que tiene como objetivo principal ofrecer un medio familiar alternativo o complementario con carácter indefinido a los menores que han sido separados de sus padres biológicos. |
Población destinataria |
Menores con expediente abierto en el Servicio de Menores, de todas las edades. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos de la entidad colaboradora e IMAS Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de derecho, psicología, pedagogía, trabajo social, educación social, auxiliares de administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración, derivación y certificado de aptitud. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS, entidad contratada o concertada. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de acogimientos familiares
Servicio de acogimiento familiar permanente con familia externa (NIU) |
|
Definición |
Acogimiento familiar, con carácter indefinido, que tiene por objeto ofrecer un medio familiar alternativo o complementario a los menores que han sido separados de los padres biológicos, no susceptibles de adopción. |
Población destinataria |
Menores con expediente abierto en el Servicio de Menores, de edades comprendidas entre los 6 y 18 años. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos de la entidad colaboradora y IMAS Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de derecho, psicología, pedagogía, trabajo social, educación social, auxiliares de administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 y 16 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración, derivación y certificado de aptitud. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS, entidad contratada o concertada. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de acogimientos familiares
Servicio de acogimiento familiar temporal con familia ajena |
|
Definición |
Ofrece, temporalmente, al menor separado de la familia biológica, un contexto familiar normalizado mientras los padres biológicos superan las dificultades que presentan o se valora otra medida de protección. |
Población destinataria |
-Menores con expediente abierto en el Servicio de protección al menor, de edad comprendidas entre los 0 y 6 años, mediante el programa FAMILIAS CANGURO. -Menores con expediente abierto en el Servicio de protección al menor, de edad comprendidas entre los 6 y 12 años, mediante el programa FAMILIAS ABRIGO. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de derecho, psicología, pedagogía, trabajo social, educación social, auxiliares de administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración, derivación y certificado de aptitud. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de acogimientos familiares
Servicio de acogimiento familiar temporal especializado (ACOTÉ) |
|
Definición |
Ofrece, temporalmente, al menor separado de la familia biológica, un contexto familiar especializado mientras los padres biológicos superan las dificultades que presentan o se valora otra medida de protección. |
Población destinataria |
Menores con expediente abierto en el Servicio de menores, de edades comprendidas entre los 6 y 13 años y que presentan problemas de conducta y trastornos de tipo psicológico. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de derecho, psicología, pedagogía, trabajo social, educación social, auxiliares de administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Valoración, derivación y certificado de aptitud. El acceso depende de una medida jurídica de protección. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de acogimientos familiares
Servicio de formación en acogimientos familiares |
|
Definición |
Servicio de formación en acogimientos familiares, en linea y presencial, para informar, formar, asesorar y evaluar sobre diferentes temas relacionados con la acogida familiar, como son: marco jurídico, programas de acogida familiar, criterios de aptitud para ser familia acogedora, perfil de los menores, pautas educativas, etc. |
Población destinataria |
Población en general que quiera ampliar los conocimientos sobre la acogida familiar. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de derecho, psicología, pedagogía, trabajo social, educación social, auxiliares de administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Solicitud presentada al Servicio de acogimientos familiares del IMAS. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de adopciones
Servicio de información, formación, asesoramiento, valoración y apoyo para la adopción internacional |
|
Definición |
Consiste en prestar información, formación, asesoramiento, valoración y apoyo para la adopción internacional. Emitir las declaraciones de idoneidad de las familias y hace el seguimiento de los procesos de adaptación de los menores extranjeros con las nuevas familias. |
Población destinataria |
Familias solicitantes de adopción internacional (personas mayores de 25 años y, hasta 60 años, si son monoparentales) y menores (de edades comprendidas entre los 0 y 17 años) que, atendiendo el Convenio de La Haya necesiten protección porque sufren circunstancias sociales, políticas y económicas adversas en sus países. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de derecho, psicología, pedagogía, trabajo social, educación social, auxiliares de administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Solicitud de información y asesoramiento. Certificado de idoneidad. Resolución administrativa. Protocolos internacionales en función del país de origen del niño. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS, ECCAI |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No (algunos países sólo tratan con organismos de intermediación en la adopción.) |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de adopciones
Servicio de información, formación, asesoramiento, valoración y apoyo para la adopción nacional |
|
Definición |
Ofrece a los menores en situación de desamparo, y con imposibilidad de volver con sus familias de origen, una familia alternativa idónea y definitiva. Ofrece información, formación, asesoramiento, valoración y apoyo para la adopción nacional, así como la acogida familiar preadoptiva. |
Población destinataria |
Familias solicitantes de adopción nacional (personas mayores de 25 años y, hasta 60 años, si son monoparentales) y menores (de edades comprendidas entre los 0 y 17 años) en situación de desamparo. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de derecho, psicología, pedagogía, trabajo social, educación social, auxiliares de administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Solicitud de información y asesoramiento. Certificado de idoneidad. Resolución administrativa. En función de los menores que sean susceptibles de adopción, de sus necesidades y de la antigüedad del expediente de la familia. De acuerdo con el arte. 31 del Decreto 40/2006, de 21 de abril (BOIB núm. 62, de 29 de abril de 2006). |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de adopciones
Servicio de investigación de orígenes |
|
Definición |
Servicio que tiene por objeto la investigación de los orígenes familiares de personas adoptadas. |
Población destinataria |
Personas adoptadas mayores de edad o menores de edad acompañadas de sus padres o tutores. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de derecho, psicología, pedagogía, trabajo social, educación social, auxiliares de administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Solicitud de información y asesoramiento. No hay lista de espera. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de adopciones
Servicio de seguimiento pre adoptivo |
|
Definición |
Apoyo psicosocial, asesoramiento, formación y atención terapéutica especializada a las familias y menores en vías de formalizar la adopción. |
Población destinataria |
Familias adoptivas e hijos adoptados. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de derecho, psicología, pedagogía, trabajo social, educación social, auxiliares de administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Solicitud de información y asesoramiento. No hay lista de espera. Resolución que delegue la guarda del menor con fines de adopción. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS, entidad contratada o concertada. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |
Dirección Insular de Menores y Familia
Sección de adopciones
Servicio de seguimiento post adoptivo |
|
Definición |
Apoyo psicosocial, asesoramiento, formación y atención terapéutica especializada a las familias adoptivas y a los hijos adoptados. Es un servicio de carácter voluntario, confidencial y adaptado a las necesidades de cada familia. |
Población destinataria |
Familias adoptivas e hijos adoptados. |
Equipamientos / equipos profesionales |
Despachos, salas y equipamientos técnicos e informáticos del IMAS Palma. |
Ratios y perfiles profesionales |
Equipo multidisciplinario de derecho, psicología, pedagogía, trabajo social, educación social, auxiliares de administración. |
Estándares de calidad |
Los que establecen los artículos 14, 15 del capítulo II sobre los principios generales y las directrices de coordinación para autorizar y acreditar los servicios del Decreto 86/2010, y posteriores. |
Tipo de servicio (comunitario básico, comunitario específico o servicio especializado) |
Servicio comunitario específico |
Tipo de prestación (básica o complementaria) |
Complementaria |
Acceso y lista de espera al servicio |
Solicitud de información y asesoramiento. No hay lista de espera. |
Entidad responsable del acceso al servicio |
IMAS |
Entidad proveedora |
IMAS, entidad contratada o concertada. |
Garantía de la prestación |
Garantizada |
Copago |
No |