Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENCIA
Núm. 7797
Convocatoria de subvenciones para apoyar eventos que fomenten la promoción sociocultural (participación, asociacionismo y desarrollo comunitario), año 2017
Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones 355276
El vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia, día 12 de julio de 2017, resolvió:
«1.- Aprobar el expediente de convocatoria pública de subvenciones para apoyar eventos que fomenten la promoción sociocultural (participación, asociacionismo y desarrollo comunitario), año 2017.
»2.- Autorizar un gasto de cincuenta y nueve mil euros (59.000,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 00.33810.48900 del presupuesto para el año 2017 del Consell de Mallorca.
»3.- Ordenar la publicación del texto íntegro de la convocatoria en el BOIB por conducto de la Base de datos nacional de subvenciones.»
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzado en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante el vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia o ante la presidencia del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses des de la interposición del recurso de alzado y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, podéis interponer, si corresponde, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimento administrativo común de les administraciones públicas.
Palma, 13 de julio de 2017
El secretario tècnico del Departamento de Participación
Ciudadana y Presidencia
(Resolución de delegación del vicepresidente segundo y consejero
ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia, BOIB núm. 116, de 1de agosto de 2015)
Jaume Andreu Sabater Malondra
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA APOYAR EVENTOS QUE FOMENTEN LA PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL (participación, asociacionismo y desarrollo comunitario) AÑO 2017
1. Régimen jurídico
Esta convocatoria se rige por lo que se dispone en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en el resto de normativa que sea de aplicación.
Esta convocatoria se efectúa en el marco de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017.
2. Crédito presupuestario
Se destina la cantidad de 59.000,00 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la partida presupuestaria 00.33810.48900, del presupuesto de gastos del Consell de Mallorca para el año 2017.
3. Objeto de la convocatoria
La convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para financiar los gastos derivados de la organización y la realización de eventos de gran repercusión que fomenten la promoción sociocultural (participación, asociacionismo y desarrollo comunitario).
Los proyectos por los cuales se pide la subvención no pueden estar incluidos en ninguna otra de las convocatorias de cualquier departamento del Consell de Mallorca. Asimismo, sólo se puede presentar un único proyecto por entidad solicitante.
4. Finalidades
Los acontecimientos que se subvencionen tienen que tener algunas de las finalidades que se describen a continuación:
5. Régimen de la concesión
La concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria y procedimiento selectivo.
6. Requisitos para solicitar la subvención
6.1 Pueden obtener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones las asociaciones, sin ánimo de lucro, inscritas de forma definitiva en el registro pertinente a la fecha en qué finaliza el plazo por presentar las solicitudes, que tengan sede social en Mallorca y que cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca. Además, es imprescindible que las asociaciones tengan objetivos y/o finalidades parecidas a los que establece la convocatoria.
6.2 No pueden obtener la condición de beneficiaria las personas o las entidades en las cuales se convierta alguna de las circunstancias siguientes:
a) Las entidades en las cuales concurre alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.
b) Las entidades asociativas con finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similar, los colegios profesionales y las asociaciones profesionales y las cooperativas.
c) Las asociaciones que no estén constituidas legalmente.
d) Las entidades que presenten una memoria en la cual no se exprese de manera clara la conexión que hay entre el proyecto presentado y el objeto y las finalidades de la convocatoria.
6.3 La acreditación de no incurrir en las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca se hace mediante declaración responsable.
Para acreditar que se cumplen las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se tienen que presentar los certificados expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social que se regulan en el artículo 22 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Presentar la solicitud de subvención supone la autorización de la persona solicitante para que el órgano que concede la subvención obtenga estos certificados, y el certificado de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Consell Insular de Mallorca y sus organismos autónomos que dependen, directamente. Si denegaran los permisos expresamente, tendrían que aportar los certificados.
7. Obligaciones de las personas beneficiarias
Además de las obligaciones que se recogen en el artículo 9 de la Ordenanza general de subvenciones, mencionada, las personas beneficiarias tienen que disponer de todos los permisos y/o autorizaciones necesarios para hacer el evento en cuestión.
8. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento
8.1 El órgano instructor es el secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia que desarrolla las actividades de instrucción detalladas en el artículo 18 de la Ordenanza, mencionada.
8.2. La Comisión Evaluadora está compuesta por:
Presidencia
- Jaume Alzamora Riera, director insular de Promoción Sociocultural. Suplente: Marc Andreu Herrera Oliver, director insular de Presidencia y Relaciones Institucionales.
Vocalías
- Maria Monserrat Bennàssar, TAG de Promoción Sociocultural. Suplente: Ana Maria Bou Martín, TAG de la Secretaría Técnica del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia.
- Maria Paz Andrade Barberá, TAG de la Oficina de Transparencia. Suplente: Carlos Rosselló Mena, jefe de sección de la Secretaría Técnica, Unidad de Deportes, del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes.
- Ferran Ramon Ribas del Blanco, TGM de la Dirección Insular de Igualdad. Suplente: Margarita Coll Diaz, jefa de sección de la Dirección Insular de Igualdad.
Secretaría
- Bartolomé Oliver Bennassar, jefe de servicio de la Secretaría Técnica del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia. Suplente: Antonio Salom Martorell, jefe de servicio de Protocolo.
La comisión puede instar el órgano instructor para que requiera los informes o las aclaraciones que se consideren convenientes a las asociaciones y las federaciones solicitantes.
8.3 Teniendo en cuenta el expediente y el informe de la Comisión Evaluadora, el órgano instructor formula la propuesta de resolución definitiva.
8.4 El órgano competente para resolver esta convocatoria es el vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia.
9. Plazo de presentación de solicitudes
9.1 El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días naturales, contadores a partir del día siguiente de haber publicado el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
9.2 Las solicitudes se tienen que dirigir a la Dirección Insular de Promoción Sociocultural, y se pueden presentar en cualquier terminal del Registro del Consell de Mallorca. Asimismo, también se pueden presentar en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
9.3 Si la solicitud se entrega en un lugar diferente del Consell de Mallorca, las personas solicitantes tienen que enviar por fax (971 173 750) o correo electrónico (promociosociocultural@conselldemallorca.net) la hoja de la solicitud con el sello de entrada dentro de plazo en el Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia. De la misma manera, si se envía por correo certificado, se tiene que enviar por fax la hoja de la solicitud con el sello de correos y tiene que constar el envío dentro de plazo.
No obstante, si esta documentación no entra en el Registro General durante los 10 días naturales siguientes a la finalización del plazo para presentar las solicitudes, no se admite en ningún caso.
9.4 Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en esta convocatoria, el órgano instructor tiene que requerir a la persona interesada que lo enmiende en el plazo improrrogable de 10 días, y tiene que indicarle que, si no lo hace, se considera que ha desistido de la solicitud, con la resolución previa expresa, de acuerdo con lo que establece el artículo 68 de la Ley 39/2015, mencionada.
9.5 Las solicitudes presentadas fuera del plazo mencionado en el apartado 9.1 no se admiten en esta convocatoria.
10. Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificarlo es de seis meses desde la fecha en que se ha publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Si vence el plazo establecido en el párrafo anterior sin que se haya notificado ninguna resolución, legitima a las personas interesadas en entender desestimadas las solicitudes por silencio administrativo
11. Documentos que se tienen que adjuntar a la solicitud
11.1 Las solicitudes se tienen que presentar según los modelos anexos, y tienen que contener los datos necesarios para identificar la entidad solicitante y la persona que la representa. Los modelos se encuentran al alcance de las personas interesadas en la web: «www.conselldemallorca.net»
11.2 La documentación que se tiene que presentar es la siguiente:
Si los documentos exigidos se han presentado anteriormente al Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia, y no han transcurrido más de cinco año desde la finalización del procedimiento para el cual se presentaron, la persona solicitando se puede acoger a lo que establece el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, mencionada, siempre que se haga constar la fecha y la dependencia en que se presentaron.
12. Importe de las subvenciones
Con carácter general, y siempre que sea posible atender todas las peticiones que reúnan los requisitos para ser beneficiarias, se concede a cada entidad la cuantía solicitada. Si no es así, se determina el importe de la subvención que se concede a cada entidad de acuerdo con el siguiente baremo:
- La puntuación obtenida por cada una de las solicitudes no puede ser superior a 15 puntos.
- El importe de la subvención que recibe cada solicitud se calcula:
Is= [(T x Ps)/ PT]
Is= importe de la subvención que recibe cada solicitud
T= crédito presupuestario establecido en la convocatoria
Ps= puntuación de la solicitud que se valora
PT= suma de las puntuaciones de todas las solicitudes
En ningún caso el importe resultante puede ser superior a la cantidad solicitada. Se limita el importe de la subvención para conceder si el importe de subvención que se solicita es inferior a la cuantía resultante de la fórmula anterior.
El crédito sobrante, derivado de las limitaciones mencionadas en el párrafo anterior, se reparte proporcionalmente según la puntuación obtenida entre los otros beneficiarios con solicitudes que no hayan llegado al importe de la subvención. Se limita el importe de la subvención para conceder si el importe de subvención que se solicita es inferior a la cuantía resultante de la fórmula anterior.
Si finalizado el proceso descrito en el punto anterior todavía hay remanente, este se devuelve a la partida presupuestaria correspondiente.
El importe de las subvenciones concedidas en ningún caso puede ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de entidades privadas, supere el coste de la actividad que tiene que desarrollar la entidad beneficiaria.
13. Forma, plazos y condiciones para pagar las subvenciones
El pago de las subvenciones se hace, con carácter general, una vez justificada que se ha cumplido la finalidad para la cual se concedieron.
Se pierde el derecho de cobrar totalmente o parcialmente la subvención si falta la justificación o si se da alguna de las causas de reintegro previstas en la legislación vigente.
De acuerdo con la base 35.5 de las bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca, se puede hacer un anticipo del 50% del importe concedido (anexo 8) sin la necesidad de constituir garantía. No obstante, si el importe del anticipo supera los 5.000,00 €, la persona interesada está obligada a acreditar su solvencia económica y financiera, mediante un informe positivo de una entidad bancaria, tal como se establece en el artículo 52.3 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.
Por otra parte, dado que las subvenciones de esta convocatoria tienen por objeto financiar gastos derivados de la organización y la realización de acontecimientos que se recogen en el punto tercero y cuarto, sin entrar a determinar qué tipo de gasto del presupuesto se imputan a la subvención, se permite que los gastos subvencionables del proyecto se puedan compensar entre ellas.
Si el gasto justificado es inferior al proyecto presentado, se reduce proporcionalmente la subvención concedida.
14. Documentación necesaria para justificar que se ha cumplido la finalidad de la subvención y la aplicación de los fondos percibidos
Las personas beneficiarias tienen que justificar documentalmente, antes de día 2 de octubre de 2017, la aplicación de los fondos percibidos mediante la cuenta justificativa del gasto hecho con aportación de justificantes que tiene que incluir la documentación siguiente:
a) Una memoria de actuaciones justificativa de las actividades que se han hecho, los resultados obtenidos, la participación y el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, incluida la de la publicidad (escrita y gráfica) de la subvención, firmada por la persona beneficiaria.
b) Una memoria económica (anexo 9) justificativa del coste de los gastos que se han hecho, que tiene que contener, además de lo que se prevé en el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, el siguiente:
Si se aportan facturas con retención de IRPF al prestador del servicio, se tiene que presentar, junto con la factura, el modelo 111 y la documentación que justifica el pago del impuesto. Si no se aporta el modelo 111, únicamente se entiende justificado el importe de la factura con la deducción de la cuantía del IRPF.
Para justificar el coste bruto de los gastos de personal, se tienen que aportar las nóminas, los documentos TC1 y TC2, el modelo 111 y la documentación acreditativa del coste patronal de la persona trabajadora, con los justificantes de pago correspondientes.
Si únicamente se aportan nóminas y los justificantes del pago, se entiende justificada la cuantía correspondiente al líquido de las nóminas.
c) Documentación acreditativa de los criterios de valoración especificados en el punto decimonoveno de esta convocatoria.
d) Copia de los permisos y/o autorizaciones necesarias para hacer el acontecimiento en cuestión.
e) Declaración responsable sobre la ejecución del proyecto subvencionado, de los ingresos y de los gastos (anexo 10).
f) Declaración responsable de no ser deudor por una resolución de reintegro de subvenciones (anexo 11).
15. Documentación acreditativa del pago de los gastos justificados
La documentación acreditativa de los pagos presentados para justificar la subvención, se detalla en el artículo 48 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, en función de la forma en que se ha hecho el pago.
16. Gastos subvencionables
Se consideran gastos subvencionables los gastos que, de manera indudable, responden a la naturaleza de los eventos subvencionados y se efectúan durante el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2017 y el 30 de septiembre de 2017 (ambos incluidos). Asimismo, se considera gasto hecho el que ha sido efectivamente pagado antes de que acabe el periodo de justificación establecido en el punto decimocuarto de esta convocatoria, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 44 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.
Las actividades justificadas y sus justificantes tienen que corresponder al periodo que comprende desde el día 1 de mayo de 2017 y el 30 de septiembre de 2017, ambos incluidos
17. Protección de datos
La información y los datos declarados en las solicitudes de subvención de esta convocatoria están amparados por la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
18. Régimen de recursos
La resolución de aprobación de la convocatoria y de la concesión no agota la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante el vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia o ante la Presidencia del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la desestimación del recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado el recurso por silencio y se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, contadores desde el día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, mencionada.
19. Criterios de valoración de las solicitudes
La concesión de las subvenciones de esta convocatoria se rige por los principios de publicidad, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación, y se tiene que resolver según los criterios siguientes:
a) Participación en el evento (máximo 5 puntos)
Menos de 2.000 participantes 1
Entre 2.000 y 4.000 participantes 2
Entre 4001 y 5.000 participantes 3
Entre 5001 y 6.000 participantes 4
Más de 6.000 participantes 5
b) Consolidación del evento (máximo 5 puntos)
Sin precedente o menos 10 ediciones 1
Entre 11 y 25 ediciones 3
Más de 25 ediciones 5
c) Uso de la lengua catalana (máximo 3 puntos)
Uso parcial, nulo o no se especifica 0
Uso generalizado en la difusión y ejecución del proyecto 3
d) Integración de una perspectiva de género
Se valorará con 2 puntos que el proyecto del acontecimiento esté dirigido a la consecución efectiva de la igualdad de género.
20. Medio de publicación
Esta convocatoria y las subvenciones que se conceden se publican en extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y a través de la web del Consejo de Mallorca (<www.conselldemallorca.net>).
Asimismo, se notifican individualmente a quien ha concurrido en el procedimiento en el lugar que señalan en la solicitud.
ANEXO 1
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA APOYAR EVENTOS QUE FOMENTEN LA PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL (participación, asociacionismo y desarrollo comunitario), año 2017
Datos de la entidad y/o de la asociación solicitante:
Nombre o razón social: |
CIF: |
Domicilio Calle o plaza: nº. Localidad: CP: |
Teléfono: Fax: |
Datos de la persona representante legal:
Nombre y Apellidos: |
DNI/NIE: |
Teléfono: |
Calidad/condición de su representación: |
EXPONGO
1. Que estoy enterada de la convocatoria de subvenciones para apoyar eventos que fomenten la promoción sociocultural (participación, asociacionismo y desarrollo comunitario), año 2017
SOLICITO
Una subvención económica de ________________________ euros para llevar a cabo el evento_____________________________________________ y que tiene un coste (iva incluido) de ____________________ euros.
Y declaro, bajo mi responsabilidad, que todos los datos contenidos en esta solicitud y en la documentación que se adjunta son ciertos y que acepto las normas de la convocatoria, por lo cual facilito toda la información y documentación necesaria para favorecer la tramitación.
[Firma del representante legal]
_______________________, ________ d __________________________ de 201___
VICEPRESIDENTE SEGUNDO Y CONSEJERO EJECUTIVO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENCIA DEL CONSELL DE MALLORCA
DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE
NOMBRE DE LA ENTIDAD
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DOMICILIO SOCIAL
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CALLE
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Nº.
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CP
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POBLACIÓN
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||
MUNICIPIO
|
||
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
|
CALLE
|
|
NÚM
|
||
CP
|
||
POBLACIÓN
|
||
MUNICIPIO
|
||
NÚMERO DE REGISTRO ASOCIACIONES DE LA CAIB |
|
|
CIF |
|
|
TELÉFONO DE LA ENTIDAD |
|
FAX |
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA |
|
|
AÑO DE CONSTITUCIÓN |
|
|
NOMBRE DEL PRESIDENTE/A DE LA ENTIDAD |
|
|
TELÉFONO DEL PRESIDENTE/A DE LA ENTIDAD |
FIJO |
|
MÒVIL |
||
PERSONA DE CONTACTO |
|
|
TELÉFONO DE LA PERSONA DE CONTACTO |
FIJO |
|
MÒVIL |
ANEXO 2
MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ACTUACIÓN
1. Descripción del evento
|
2. Descripción de los objetivos generales de la actividad y relación con el objeto y las finalidades de la convocatoria
|
3. Metodología que se seguirá para ejecutar la actuación
|
4. Temporalización (fecha de inicio y de finalización)
|
5. Número de participantes a los cuales se prevé y grado de implantación del evento
|
6. Uso de la lengua catalana en la difusión y realización del proyecto
|
7. Integración de una perspectiva de género (acontecimiento dirigido a la consecución efectiva de la igualdad de género)
|
8. Presupuesto previsto
GASTOS PREVISTOS |
IMPORTE |
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|
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Total gastos previstos |
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INGRESOS PREVISTOS |
IMPORTE |
Subvención del Consell de Mallorca
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Aportaciones privadas (obtén o previstas)
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Subvenciones de otras Administraciones Públicas (obtenidas o previstas)
|
|
Otros ingresos (indicad cuáles son)
|
|
Total ingresos previstos |
|
ANEXO 3
ACREDITACIÓN DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD SOLICITANTE DE LA SUBVENCIÓN
[Nombre y apellidos] ________________________________________, con DNI ________________, secretario/aria de la asociación_________________________________________, con CIF ___________________
CERTIFICO
Que en la reunión de día ________ d __________________________ de 20___ de _____________________ [indicad el órgano que tomó el acuerdo] se acordó el nombramiento, que todavía continúa vigente, de_________________________________, con DNI____________________, como _________________________________ de la entidad ________________________________________________________, y que, por lo tanto, es la persona autorizada para hacer las solicitudes y las tramitaciones de subvenciones.
Y, para que conste a los efectos oportunos, expido este certificado.
______________, _____ d _________________________ de 201__
[Firma] [Sello] Visto Bueno
El presidente
ANEXO 4
SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS
DATOS DEL PERCEPTOR:
NIF DEL PERCEPTOR |
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APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL |
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DIRECCIÓN |
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||
LOCALIDAD |
CÓDIGO POSTAL |
PROVINCIA |
|
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TELÉFONO |
FAX |
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|
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DATOS BANCARIOS:
ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL |
BIC |
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IBAN |
BANCO |
OFICINA |
CUENTA Nº. |
|||
|
|
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|
|
|
Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden en la c/c o en la libreta abierta a nombre mío.
Palma, .......................................
CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE LA ENTIDAD BANCARIA
Estos datos coinciden con los
que constan en esta oficina.
El/La director/a - El /La delegado /da El/La perceptor/a
Firmado: ..........................
(Sello de la Entidad bancaria)
De acuerdo con lo que dispone la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal BOE num.298, de 14 de diciembre), los datos facilitados en este documento se incorporan en ficheros propiedad del Consell de Mallorca. El órgano administrativo delante del cual se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca la Ley mencionada, es la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública de la Corporación.
ANEXO 5
DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO INCURRIR EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 8 DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL CONSELL DE MALLORCA
[Nombre y apellidos] ___________________________________, titular del DNI ________________, como representante legal de la entidad ____________________________________________, con CIF _____________________
DECLARO
Que la entidad mencionada no incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, para obtener la condición de persona beneficiaria de una subvención.
[Firma del representante legal]
He tomado razón
El secretario técnico del Departamento de
Participación Ciudadana y Presidencia
Jaume Andreu Sabater Malondra
________, __________de_______________ de 201_____
ANEXO 6
DECLARACIÓN DE NO HABER PEDIDO NINGUNA OTRA AYUDA O SUBVENCIÓN POR EL MISMO CONCEPTO; SI CORRESPONDE, RELACIÓN DE SUBVENCIONES Y AYUDAS SOLICITADAS O CONCEDIDAS E INDICACIÓN DE LOS IMPORTES Y DE LAS ENTIDADES SUBVENCIONADORES.
Datos de la entidad y/o asociación solicitante:
Nombre o razón social: |
CIF: |
Domicilio Calle o plaza: nº. Localidad: CP: |
Teléfono: Fax: |
Datos del la persona representante:
Nombre y Apellidos: |
DNI/NIE: |
Teléfono: |
Representada por la persona física antes mencionada, que actúa en calidad de: |
DECLARO bajo mi responsabilidad
□ Que la entidad no ha pedido ni ha recibido ningún otro apoyo, ayuda o subvención para el proyecto presentado.
□ Que la entidad ha pedido o ha recibido para el proyecto las ayudas o las subvenciones que se detallan a continuación:
a) Entidad subvencionadora:
Importe de la ayuda o de la subvención:
Marcad con una “X” la casilla correspondiente |
|||||||
|
No resuelta |
|
Denegada |
|
Concedida y no recibida |
|
Recibida |
b) Entidad subvencionadora:
Importe de la ayuda o de la subvención:
Marcad con una “X” la casilla correspondiente |
|||||||
|
No resuelta |
|
Denegada |
|
Concedida y no recibida |
|
Recibida |
(Firma del representante legal)
__________________________, ________ d __________________________ de 201___
ANEXO 7
DECLARACIÓN RESPONSABLE de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE nº. 202, de día 22 de agosto de 2016)
[Nombre y apellidos] ___________________________________, con DNI __________________, como representante legal de la entidad ______________________________________________, con CIF _________________________
DECLARO
Que, de conformidad con lo que se prevé en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE nº. 202, de 22 de agosto de 2016), la entidad mencionada no ha sido sancionada o condenada en los tres años últimos por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género y que no ha sido sancionada por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.
[Firma del representante legal]
__________________________, ________ d __________________________ de 201___
ANEXO 8
SOLICITUD DE CONCESIÓN DE ANTICIPO
[Nombre y apellidos] ________________________________, titular del DNI ___________________, como representante legal de la entidad _____________________________________________, con CIF _____________________
EXPONGO
1. Que en el apartado 13 de la convocatoria de subvenciones para apoyar eventos que fomenten la promoción sociocultural (participación, asociacionismo y desarrollo comunitario), año 2017, se establece que, de acuerdo con las bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca, se puede hacer un anticipo del 50% del importe concedido.
2. Que la asociación lleva a cabo el evento___________________________, que se inició ______________ y que comporta un gasto de ________________€.
Por todo eso,
SOLICITO
Que una vez resuelto el expediente de concesión se le haga un anticipo del 50% del importe de la subvención concedida.
[Firma del representante legal]
________, __________de_______________ de 201____
ANEXO 9
[Sólo lo tenéis que llenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS GASTOS Y DE LOS INGRESOS EFECTUADOS EN RELACIÓN CON LA ACTIVIDAD HECHA
[Nombre y apellidos] _____________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la asociación ____________________________, con CIF______________________________, y en relación con el proyecto subvencionado por el Consell de Mallorca _______________________________ del ejercicio 2017
DECLARO bajo mi responsabilidad
- Que el presupuesto para llevar a cabo el proyecto ha sido el siguiente:
Relación de justificantes de gastos
Concepto |
Proveedor |
CIF proveedor |
Nº. factura |
Fecha emisión factura |
Importe |
Fecha pago |
---|---|---|---|---|---|---|
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Relación de ingresos (subvenciones concedidas, cuotas, otras aportaciones...)
Organismo |
Importe |
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DESVIACIONES DEL PRESUPUESTO
Presupuesto inicial (el presentado con la solicitud) |
Presupuesto final (el justificado) |
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Concepto |
Importe |
Concepto |
Importe |
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Explicación de las desviaciones entre presupuesto inicial y final
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[Firma del representante legal]
__________________________, ________ d __________________________ de 201___
ANEXO 10
[Sólo lo tenéis que llenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO Y DE LOS INGRESOS Y GASTOS
[Nombre y apellidos] ______________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la asociación____________________________, con CIF______________________________ y en relación con el proyecto subvencionado por el Consell de Mallorca _______________________________ del ejercicio 2017
DECLARO bajo mi responsabilidad
1. Que el proyecto mencionado se ha hecho.
2. Que la subvención otorgada por el Consell de Mallorca se ha aplicado a la finalidad por la cual se concedió y que no supera el coste del proyecto subvencionado, si corresponde, con las subvenciones y otros ingresos concurrentes.
3. Que se adjunta la memoria técnica del proyecto hecho (donde se hace constar la evaluación de las finalidades y de los objetivos conseguidos y cualquier otro aspecto que sea relevante) firmada por el representante legal.
4. Que se adjuntan las facturas originales de los gastos hechos.
5. Que la relación final de gastos y de ingresos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto señalado es la que se adjunta y que corresponde, sin lugar a dudas, a la actividad subvencionada.
6. Que las facturas presentadas para justificar la subvención concedida no superan el valor de mercado.
7. Que la asociación en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto, y de acuerdo con el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca,
□ NO recupera ni compensa el IVA soportado del gasto subvencionable
□ SÍ recupera y compensa el IVA soportado del gasto subvencionable
(Nota: la relación de gastos, que se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado, tiene que indicar los datos siguientes de las facturas o documentos acreditativos: nombre y NIF del proveedor, el número y concepto de la factura o documento similar, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago. La relación de ingresos tiene que señalar la subvención del Consell de Mallorca, otras subvenciones solicitadas y/o recibimientos y el resto de ayudas o ingresos que han financiado el mismo proyecto subvencionado, se tienen que indicar el importe y la procedencia. El importe total de los gastos tiene que coincidir con el de los ingresos y se tienen que explicar las desviaciones significativas con respecto al presupuesto inicial)
[Firma del representante legal]
________________________, ________ d _________________________ de ________
ANEXO 11
[Sólo lo tenéis que llenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]
DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO SER DEUDOR POR UNA RESOLUCIÓN DE REINTEGRO DE SUBVENCIONES
[Nombre y apellidos] ______________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la asociación____________________________
DECLARO
Que, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48 la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, la asociación _________________________, con CIF___________________, no es deudora por una resolución de reintegro de subvenciones.
[Firma del representante legal]
He tomado razón
El secretario técnico del Departamento de
Participación Ciudadana y Presidencia
Jaume Andreu Sabater Malondra
________, __________de_______________ de 201_____