Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES

Núm. 7754
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes, por la que se somete a información pública el Anteproyecto de Decreto por el cual se regula la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos de régimen especial o simplificado de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos 

1. El 18 de mayo de 2015, se realizó la memoria justificativa relativa a la necesidad de elaborar un Decreto por el cual se regula la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos de régimen especial o simplificado de las Illes Balears. 

2. El 20 de mayo de 2015, el consejero de Turismo y Deportes dictó una resolución por la que se ordenaba el inicio del procedimiento de elaboración del Decreto, y se designó a la Dirección General de Deportes de la Consejería como órgano responsable de tramitarlo. 

Fundamentos de derecho

El artículo 44 de la Ley 4/2001, del 14 de marzo, del Gobierno de las Islas Baleares, que establece que, cuando lo exija la naturaleza de la disposición o lo decida el Consejo de Gobierno o el Consejero competente, el proyecto se ha de someter a información pública. 

Por todo esto, dicto la siguiente 

Resolución 

1. Someter el borrador del Anteproyecto de Decreto por el cual se regula la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos de régimen especial o simplificado de las Illes Balears, a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Deportes y Juventud de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, calle de l’Uruguai s/n, de Palma, y en la página web Participació Ciutadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears. 

2. Fijar el plazo para  la información pública en quince días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Las alegaciones se han de presentar en la sede de la Dirección General de Deportes y Juventud situada en la  calle de l’Uruguai, s/n, de Palma, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y han de dirigirse a la Consejería de Cultura, Participación y Deportes (Dirección General de Deportes y Juventud). 

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medio de soportes telemáticos mediante el apartado “Participación en la elaboración de normativa” de la página web Participació Ciutadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears, en  el plazo que se establece en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. 

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que hace las alegaciones, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente, ha de emitir una diligencia de las alegaciones presentadas. 

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 26 de junio de 2017 

La consejera de Cultura, Participación y Deportes,

Francesca Tur Riera