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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 7698
Resolución del Vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de traslado de créditos previstos en la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 14 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas en 2015-2019

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Texto

El 14 de noviembre de 2015 se publicó en el BOIB núm. 168, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas. Esta Resolución prevé un total de nueve convocatorias y se realizan dos convocatorias para cada ejercicio, excepto para el primero, en 2015, en el que se realiza una única convocatoria.

El apartado segundo de esta Resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria, mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

También establece que si, una vez se ha terminado cualquiera de los periodos, no se ha agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos, la cantidad no aplicada se trasladará al período siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA, que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Por Resolución del Vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 22 de noviembre de 2016 (BOIB núm. 150, de 29.11.16), una vez resuelta la primera convocatoria,  se procedió al traslado de los créditos sobrantes a la segunda convocatoria, por un importe de 17.398.793,03 euros.

Resuelta esta segunda convocatoria, se determina que existe un crédito sobrante de un importe total de 15.582.142,25 euros, conforme a lo previsto en el  informe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural de 11 de julio de 2017.

 Por todo ello, a propuesta del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural y en virtud de las competencias que me han sido otorgadas, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

PRIMERO. Trasladar a la tercera convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 al 2019, subvenciones para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas, los créditos restantes una vez resuelta la segunda convocatoria.

SEGUNDO. El importe destinado a la tercera convocatoria es de quince millones quinientos ochenta y dos mil ciento cuarenta y dos euros con veinticinco céntimos (15.582.142,25 €), de acuerdo con la distribución anual siguiente:

Año 2017

747.777,21 €

Año 2018

1.673.237,38 €

Año 2019

2.206.623,88 €

Año 2020

3.262.671,73 €

Año 2021

3.048.362,03 €

Año 2022

3.367.092,02 €

Año 2023

1.276.378,00

Total

15.582.142,25 €

TERCER. Las subvenciones mencionadas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 41,00%, por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) en un10,91% y por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (CAIB) en un 48,09%.

CUARTO. Esta Resolución se comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

  

Palma, 11 de julio de 2017

El vicepresidente del FOGAIBA
Mateu Ginard i Sampol