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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE CIUTADELLA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚM. 1 DE CIUTADELLA

Núm. 6476
Divorcio contencioso, notificación de sentencia 69/201

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Texto

Dª MARIA ANGELES PALLICER MERCADAL, Letrada de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CIUTADELLA DE MENORCA, por el presente, A N U N C I O:

En el presente procedimiento de divorcio nº 69/2017 seguido a instancia de MARIA DE LAS MERCEDES MARQUES SALORD frente a MIGUEL ANGEL MERCADAL GENER se ha dictado sentencia, cuyo extracto de la misma es el siguiente:

SENTENCIA Nº 71/2017

En Ciutadella de Menorca, a doce de junio de dos mil diecisiete.

Vistos por mí, Dña. María Vanessa Cubells Barbena, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Ciutadella de Menorca, los presentes autos sobre DIVORCIO CONTENCIOSO seguidos en este Juzgado y tramitados con el número 69/2017, promovidos a instancia de la Procuradora Dña. Begoña Llabrés Martí, en nombre y representación de Dña.

MARIA DE LAS MERCEDES MARQUES SALORD, bajo la dirección letrada de D. Juan Carlos Iñigo Safont contra D. MIGUEL ANGEL MERCADAL GENER, en situación de rebeldía procesal, resultando los siguientes SIGUEN ANTECEDENTES DE HECHO Y FUNDAMENTOS DE DERECHO

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Dña. MARIA DE LAS MERCEDES MARQUES SALORD contra D. MIGUEL ANGEL MERCADAL GENER, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio celebrado entre Dña. María de las Mercedes Marqués Salord y D. Miguel Ángel Mercadal Gener contraído el 17 de octubre de 1987, con los efectos legales inherentes a tal disolución.

No procede imponer las costas a ninguna de las partes.

Firme que sea esta sentencia, comuníquese al Registro Civil en donde conste inscrito el matrimonio.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma NO ES FIRME y que contra ella se podrá interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días desde su notificación. Dicho recurso deberá presentarse ante este juzgado y será resuelto por la Audiencia Provincial de les Illes Balears.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente Libro de Sentencias.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

LA JUEZ

Y encontrándose dicho demandado MIGUEL ANGEL MERCADAL GENER, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

CIUTADELLA DE MENORCA a trece de junio de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA