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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 7683
008/17 Departamento Tributario. Aprobación definitiva ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos. Concepto 310,00

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Texto

No habiéndose presentado por los interesados, durante el plazo de exposición al público ninguna reclamación o sugerencia contra el acuerdo de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos, concepto 310,00, aprobado provisionalmente por el Exmo. Ayuntamiento Pleno, con el número de acuerdo 20170525_01_28 día 25/05/2017, se entiende definitivamente aprobado, según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de bases de régimen local, y por este motivo se publica el texto del mencionado acuerdo, que es el siguiente:

A C U E R D O

"Primero.- Aprobar el Proyecto de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos, concepto 310,00, por lo que afecta al artículo 2.3 en el sentido de eliminar el último inciso y solamente considerar no sujeto a la tasa, la expedición de documentos administrativos a los ciudadanos a quién los Servicios sociales del Ayuntamiento de Palma o de otra Administración pública informen que carecen de recursos económicos; y por lo que afecta a la modificación de la tarifa 44 referida a la emisión de la licencia para la tenencia de animales clasificados potencialmente peligrosos según la Ley 50/1999, de 23 de diciembre y la incorporación de una nueva tarifa referida a la renovación de este tipo de licencia. Todo ello en base a la legislación vigente en materia, constituida singularmente por los artículos 16 a 19 del Texto refundido de la Ley de Haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Se adjunta a la propuesta la nueva redacción.

Segundo.- Que una vez adoptado el acuerdo provisional referido, se publique en el BOIB y en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma el correspondiente anuncio de exposición al público del expediente, a efectos de reclamación. La citada exposición se hará en el tablón de edictos de este Exmo. Ayuntamiento durante el plazo de treinta días, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, entendiendo que si durante el mencionado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo provisional.

Tercero.- La expresada modificación entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOIB.”

ANNEXO

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS

Concepto 310,00

Texto que se modifica:

Arículo 2:

1...

2...

3. No se considerará sujeto a esta tasa la expedición de documentos administrativos a ciudadanos a quién los Servicios S

Sociales del Ayuntamiento de Palma o de otra Administración Pública informen que carecen de recursos económicos.

ANNEXO

 TARIFAS 310,00

...

44.1 Expedición de la licencia por tenencia de animales clasificados potencialmente peligrosos según la Ley 50/1999, de 23 de diciembre

44.2 Renovación de la licencia por tenencia de animales clasificados potencialmente peligrosos según la Ley 50/1999, de 23 de diciembre.  

37,68

37,68

...

Lo que se publica para que se tenga conocimiento general y a los efectos oportunos, y se comunica que, conforme a lo que dispone el art. 19.1 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer, contra el acuerdo definitivo de establecimiento y modificación de las ordenanzas mencionadas, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOIB.

 

Palma, 12 de julio de 2017

El jefe del departamento, por delegación

Decreto de alcaldía núm. 3000 de 26/02/2014

(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)

Mª Gloria Belmonte Barcia