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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 7676
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 4 de julio de 2017 por la que se autorizan los precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears para el curso 2017-2018 y las exenciones y reducciones de estos precios

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Texto

El Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears, reunido el 31 de mayo de 2017, acordó aprobar los precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música para el curso 2017-2018, así como las exenciones y reducciones de estos precios.

La Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears se constituyó mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de las Illes Balears de día 1 de junio de 2001. Según el artículo 10 de los Estatutos de la Fundación, el control de las actividades que lleva a cabo depende de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, actualmente Consejería de Educación y Universidad, a la que, además, corresponden las funciones de protectorado de la Fundación previstas en la disposición adicional primera del Decreto 61/2007, de 18 de mayo, de regulación del Registro Único de Fundaciones de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de organización del ejercicio del protectorado, y en el artículo 35 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones, de conformidad con el artículo único del Decreto 26/2015, de 4 de septiembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se confiere en las consejerías el ejercicio del protectorado de las fundaciones en el ámbito de las Illes Balears.

La Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears ha presentado una solicitud en la que pide que el Protectorado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 22.k de los Estatutos de la Fundación, autorice los precios, las exenciones y las reducciones mencionadas.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Autorizar los precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears para el curso 2017-2018, así como las exenciones y reducciones de estos precios, aprobados por el Patronato de la Fundación el día 31 de mayo de 2017, que se detallan en el anexo adjunto.

Segundo

Establecer que estos precios para el curso 2017-2018 entren en vigor a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución.

Tercero

Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

De acuerdo con el artículo 57.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 43.1 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

     

Palma, 4 de julio de 2017

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà

      

Anexo

1. Precios por servicios académicos del Conservatorio Superior de Música de las Islas Baleares para el curso 2017-2018.

Precios de matrículas por crédito:

Precio de matrícula por crédito en primera matrícula: 32,57 €.

Precio de matrícula por crédito en segunda matrícula: 65,14 €.

Precio de matrícula por crédito en tercera matrícula: 141,16 €.

Precio de matrícula por crédito en cuarta matrícula y sucesivas: 195,44 €.

Precio de matrícula por crédito que haya obtenido la convalidación, la adaptación, el reconocimiento o la transferencia de asignaturas o créditos de otros estudios universitarios o de estudios equivalentes: 6,95 €. (*)

(*) Estos precios se aplicarán, con efecto retroactivo, a todos los créditos que hayan obtenido la convalidación, la adaptación, el reconocimiento o la transferencia de asignaturas o créditos de otros estudios universitarios o de estudios equivalentes durante el curso académico 2017-2018.

Prueba de acceso y servicios de matrícula:

Preinscripción a las pruebas de acceso: 67,91 €.

Servicios generales: 28,58 €.

Apertura de expediente: 34,30 €.

Traslado de expediente: 22,71 €.

Solicitud de convalidación, adaptación, reconocimiento, transferencia o correspondencia de asignaturas o créditos: 18,59 €.

Certificados:

Certificado de expediente: 18,29 €.

Certificado de matrícula: 3,03 €.

Otros servicios:

Compulsa de documentos: 3,43 €.

Fotocopias de tamaño A4 en blanco y negro (por página): 0,15 €.

Fotocopias de tamaño A4 en blanco y negro (a doble cara): 0,20 €.

Fotocopias de tamaño A3 en blanco y negro (por página): 0,30 €.

Fotocopias de tamaño A3 en blanco y negro (a doble cara): 0,40 €

Fotocopias de tamaño A4 en color (por página): 0,70 €.

Fotocopias de tamaño A4 en color (a doble cara): 0,75 €.

Fotocopias de tamaño A3 en color (por página): 1,30 €.

Fotocopias de tamaño A3 en color (a doble cara): 1,45 €.

Duplicado del carnet de estudiante: 11,43 €.

Alquiler de taquillas (precio por curso): 12,57 €.

Seguro escolar: 6,95 €

Matrícula para cursos de formación continua y formación permanente:

Para la categoría de alumno oyente:

Alumno oyente del Conservatorio superior o de los conservatorios profesionales de música de las Islas Baleares: 43,94€.

Alumno oyente externo: 54,90€.

Para la categoría de alumno activo:

Alumno activo del Conservatorio superior o de los conservatorios profesionales de música de las Islas Baleares: 87,85 €.

Alumno activo externo: 109,81 €.

Estos precios estarán vigentes para el curso 2017-2018 a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

2. Exenciones y reducciones de los precios por los servicios académicos.

Si una persona cumple los requisitos para acogerse a más de uno de los supuestos de exención o reducción de los precios por los servicios académicos que se indican a continuación, debe escoger uno.

A - Familias numerosas:

Para dar cumplimiento a la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, se establece que el alumnado que acredite, mediante la documentación en vigor, que es beneficiario de los derechos reconocidos a los miembros de familias numerosas y que cumple los requisitos exigidos por la legislación actual puede beneficiarse de los siguientes descuentos:

A.1 - Familia numerosa de categoría especial:

En el momento de formalizar la matrícula, este alumnado está exento de pagar el importe de la matrícula y sólo debe satisfacer el 100% de las cuotas correspondientes a los servicios generales y, si procede, a la apertura de expediente. En lo que concierne al resto de precios académicos, debe abonarlos en su totalidad.

A.2 - Familia numerosa de categoría general:

Este alumnado se beneficia de una reducción del 50% en los precios por crédito en primera matrícula. En lo que concierne al resto de precios académicos, debe abonarlos en su totalidad.

B - Matrícula de honor en bachillerato:

El alumnado que se matricule por primera vez en el primer curso y que acredite, mediante la correspondiente certificación académica, que ha obtenido la calificación general de matrícula de honor en bachillerato o en un nivel de estudios equivalente, tiene derecho a beneficiarse de una reducción del 50% en el precio por crédito. En lo que concierne al resto de precios académicos, debe abonarlos en su totalidad.

C - Matrícula de honor de la CSMIB:

El alumnado que haya obtenido matrícula de honor en los estudios cursados en la CSMIB tiene derecho a beneficiarse, en la matrícula del curso siguiente, de un descuento equivalente al resultado de multiplicar el número de créditos de la asignatura en la que ha obtenido matrícula de honor por el precio del crédito. En lo que concierne al resto de precios académicos, debe abonarlos en su totalidad.

El número de matrículas de honor de una asignatura no puede exceder del 5% de los alumnos que se hayan matriculado en un mismo curso académico.

D – Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%:

Para acogerse a esta reducción, estas personas deben acreditar su grado de discapacidad mediante una resolución o un certificado expedido por el órgano competente. El descuento, que es aplicable a los precios por crédito en primera matrícula, depende de la renta per cápita familiar del alumno/a correspondiente al ejercicio anterior (se entienden incluidos en la unidad familiar los progenitores del alumno/a y sus otros hijos, más el propio alumno/a, excepto si acredita una renta propia anual superior a 9.000 €). El porcentaje de bonificación según la renta es el siguiente:

Renta per cápita familiar del alumno/a

Bonificación del precio por crédito

Hasta 15.000 €

75%

De 15.001 a 25.000 €

65%

De 25.001 a 35.000 €

50%

A partir de 35.001 €

Sin bonificación

En lo que concierne al resto de precios académicos, deben abonarlos en su totalidad.

E – Residentes en Menorca, Ibiza y Formentera:

Los alumnos empadronados en Menorca, Ibiza o Formentera tienen una bonificación del 50 % en los precios de la matrícula. Para beneficiarse, tienen que presentar un certificado de empadronamiento en el que conste que hace como mínimo seis meses que residen en alguna de estas islas.

Para solicitar esta reducción se debe presentar un certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento correspondiente.

F - Personas que hayan sido víctimas de actos terroristas:

Para acogerse a esta reducción, estas personas deben acreditar su condición presentando la resolución administrativa correspondiente. El descuento, que es aplicable a los precios por crédito en primera matrícula, depende de la renta per cápita familiar del alumno/a correspondiente al ejercicio anterior (se entienden incluidos en la unidad familiar los progenitores del alumno/a y sus otros hijos, más el propio alumno/a, excepto si acredita una renta propia anual superior a 9.000 €). El porcentaje de bonificación según la renta es el siguiente:

Renta per cápita familiar del alumno/a

Bonificación del precio por crédito

Hasta 15.000 €

70%

De 15.001 a 25.000 €

50%

De 25.001 a 35.000 €

30%

A partir de 35.001 €

Sin bonificación

En lo que concierne al resto de precios académicos, deben abonarlos en su totalidad.

G – Personas que hayan sido víctimas de violencia de género:

Para acogerse a esta reducción, estas personas deben acreditar su condición presentando cualquiera de los documentos previstos en la normativa vigente. El descuento, que es aplicable a los precios por crédito en primera matrícula, depende de la renta per cápita familiar del alumno/a correspondiente al ejercicio anterior (se entienden incluidos en la unidad familiar los progenitores del alumno/a y sus otros hijos, más el propio alumno/a, excepto si acredita una renta propia anual superior a 9.000 €). El porcentaje de bonificación según la renta es el siguiente:

Renta per cápita familiar del alumno/a

Bonificación del precio por crédito

Hasta 15.000 €

70%

De 15.001 a 25.000 €

50%

De 25.001 a 35.000 €

30%

A partir de 35.001 €

Sin bonificación

En lo que concierne al resto de precios académicos, deben abonarlos en su totalidad.

H – Personas que provengan de un centro de acogida, siempre que, en la fecha de formalización de la matrícula del primer curso, haga como máximo cuatro años que hayan dejado el centro:

Para acogerse a esta reducción, estas personas deben acreditar su condición presentando un certificado expedido por el organismo competente. El descuento, que es aplicable a los precios por crédito en primera matrícula, depende de la renta del alumno/a correspondiente al ejercicio anterior. El porcentaje de bonificación según la renta es el siguiente:

Renta del alumno/a

Bonificación del precio por crédito

Hasta 15.000 €

70%

De 15.001 a 25.000 €

50%

De 25.001 a 35.000 €

30%

A partir de 35.001 €

Sin bonificación

En lo que concierne al resto de precios académicos, deben abonarlos en su totalidad.

3. Formalización y pago de la matrícula de la CSMIB.

La Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de les Illes Balears fija anualmente el calendario para formalizar la matrícula en función de la fecha de finalización de cada curso académico. El plazo para formalizarla debe fijarse dentro del mes de julio para alumnos de nuevo acceso y antiguos alumnos y en el mes de octubre para nuevos alumnos que han accedido por la convocatoria de acceso extraordinaria.

El alumno/a debe abonar el importe de la matrícula mediante un ingreso en efectivo o una transferencia bancaria a la cuenta corriente de la Fundació per al Conservatori Superior de Música i Dansa de les Illes Balears (BMN: ES11 – 0487-2158-1220 – 0001 – 0744).  Debe hacer constar el nombre y los apellidos en el documento de ingreso, a fin de que pueda identificarse quién lo ha realizado. El impago de las tasas de matriculación y de los servicios académicos supone la anulación automática de los derechos correspondientes del alumno del Conservatorio Superior.

El alumnado puede pagar el importe total de la matrícula a partir del momento en que la haya formalizado en la administración del centro y hasta tres días después o bien puede solicitar fraccionar el pago. A tal efecto, se establecen los siguientes plazos:

· Pago único: A partir de la formalización de la matrícula y hasta tres días después, debe abonar el 100% del importe. 

· Primer plazo: A partir de la formalización de la matrícula y hasta tres días después, debe abonar el 50% del importe de los créditos ECTS de los que se haya matriculado y el 100% del resto de conceptos. 

· Segundo plazo: Como máximo, en la fecha fijada por la Fundación para el CSMIB entre el 1 y el 15 de diciembre, debe abonar el 50% restante del importe de los créditos ECTS de los que se haya matriculado.

La matrícula únicamente se considerará pagada cuando el alumno haya entregado en la secretaría del centro el justificante del pago. También puede enviar el justificante per correo electrónico o fax.

El impago del primer plazo o del Pago único supondrá la anulación automática e inmediata de la matrícula. Esta circunstancia se notificará al siguiente aspirante aprobado por orden de nota de prueba de acceso para que pueda matricularse.

El impago del segundo plazo en el periodo establecido para el pago, supondrá la anulación automática e inmediata de la matrícula.