Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE FELANITX
Núm. 7643
Criterios de inscripción demandante de la parte baja del Parque Municipal de Felanitx durante las fiestas de Sant Agustí 2017
Aprobados por la Junta de Gobierno Local de día 27 de junio de 2017 los criterios de inscripción demandante de la parte baja del Parque Municipal de Felanitx durante las fiestas de Sant Agustí 2017.
Primero. Promover la instalación de paradas diversas en la parte baja del Parque Municipal durante las fiestas de Sant Agustí 2017, de acuerdo con el plano orientativo de ubicación que consta en el expediente y de conformidad con las siguientes condiciones:
a) El tipo de parada será el siguiente:
1. Alimentación: modalidad de restaurante con lugar destinado a mesas: (Hamburguesería, asados, pinchos…) , churros, crepes, gofres, golosinas y frutos secos, helados y granizados y una caseta de cafés.
2. Atracciones, tómbolas y ruleta: itinerantes mayores, itinerantes menores.
3. Otros lugares: juguetes, Bisutería artesanal, complementos, ropa artesanal etc.
El Ayuntamiento se reserva el derecho a crear una nueva actividad por innovación y posible demanda del público.
b) Horario mínimo de apertura obligatorio será el siguiente:
-Día 18 de agosto del 2017 de 21.00 horas a 7.00 horas.
-Día 19 de agosto del 2017 de 21.00 horas a 7.00 horas.
-Día 20 de agosto del 2017 de 18.00 horas a 24.00 horas.
-Día 21 de agosto del 2017 de 16.00 horas a 22.00 horas.
-Día 22 de agosto del 2017 de 19.00 horas a 24.00 horas.
-Día 25 de agosto del 2017 de 21.00 horas a 7.00 horas.
-Día 26 de agosto del 2017 de 21.00 horas a 7.00 horas
-Día 27 de agosto del 2017 de 16.00 horas a 1.00 horas.
-Día 28 de agosto del 2017 de 19.00 horas a 7.00 horas.
-Se recomienda animar a todos los lugares a abrir por las tardes desde el inicio de las fiestas del día 18 de agosto hasta el 28 de agosto.
- Para una mejor organización será de obligado cumplimiento el montaje el día 17 de agosto de 2017.
- Con la finalidad de evitar posibles incidentes se llevará a cabo una inspección de todos los lugares el día 18 de agosto de 2017 a las 10.00 horas con los técnicos municipales y de la Consejería; con la obligación de estar presentes los titulares, en el caso de no personarse el titular de la parada a dicha inspección o no cumplir con las medidas de seguridad requeridas a la inspección, se procederá a la retirada de la autorización de ocupación del Parque municipal y tendrá que abandonar el parque antes de las 18.00 horas.
c) Las tasas de ocupación serán las mismas de las ferias:
- Por los lugares que la anchura no exceda de 2 metros: 1,95€/metro/día, con una cuota mínima de 11€.
- Por los lugares con un anchura superior a los 2 metros: 0,92@/m2/día, con una cuota mínima de 12€.
- El abono de las tasas será por adelantado, antes de día 11 de agosto del 2017.
- Los requerimientos por carencia de documentación tendrán que ser enmendados antes de día 11 de agosto del 2017.
- La autorización de ocupación no podrá ser objeto de donación, cada parada y remolque tendrá que hacer una solicitud individual.
- Las solicitudes indicaran las medidas exactas a ocupar por cada parada, con viseras abiertas y espacio real la hora de hacer a la venta.
- Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas exceptuando la cerveza y vino.
Todas las paradas con modalidad tipo restaurante, hamburgueserías, asados, pinchos, que estén sometidos a este acuerdo tendrán que ser de tipo remolque, en ningún caso casetas.
Segundo. Abrir un plazo de 15 días hábiles para la presentación de solicitudes a contar a partir del día siguiente de la publicación del correspondiente anuncio en el BOIB. La información también se podrá obtener en la página web del Ayuntamiento. La solicitud será facilitada por el ayuntamiento y tendrá que ir acompañada de la documentación siguiente:
1. LAS PARADAS DE GOLOSINAS, DULCES, XURRERIAS Y OTROS LUGARES...
1.1. Documentación a entregar con la solicitud (Anexo III):
a) DNI
b) Último recibo de autónomo
c) Certificado del impuesto de actividades económicas en el régimen que corresponda.
d) Póliza del seguro de Responsabilidad Civil.
e) Comprobante de pago de Responsabilidad Civil.
f) Declaración responsable (Anexo I).
g) Fotografía de la parada y de los productos que se venden.
h) Ficha técnica del remolque.
i) Boletín de inspección de gas (en caso de disponer de gas en la parada).
1.2. Documentación a entregar día 17 de Agosto del 2017:
j) Contrato de la compañía suministradora de electricidad.
2. LAS PARADAS DE SNACK, HAMBURGUESERIA, ASADOS Y PINXOS....
2.1. Documentación a entregar con la solicitud (Anexo IV) :
a) DNI
b) Último recibo de autónomo
c) Certificado del impuesto de actividades económicas en el régimen que corresponda.
d) Póliza del seguro de Responsabilidad Civil.
e) Comprobante de pago de Responsabilidad Civil.
f) Declaración responsable (Anexo I).
g) Inscripción registro de Salud Pública de establecimientos minoristas de las Islas Baleares en el caso que corresponda.
h) Fotografía de la parada y de los productos que se venden.
i) Ficha técnica del remolque.
j) Boletín de inspección de gas.
2.2. Documentación a entregar día 18 de Agosto a las 10.00 horas:
k) Contrato de la compañía suministradora de electricidad.
3. ITINERANTES MAYORES Y MENORES
3.1. Documentación a entregar con la solicitud (Anexo V):
a) DNI
b) Último recibo de autónomo
c) Certificado del impuesto de actividades económicas en el régimen que corresponda.
d) Póliza del seguro de Responsabilidad Civil.
e) Comprobante de pago de Responsabilidad Civil.
f) Declaración responsable (Anexo I).
g) Declaración responsable de instalación, inicio y ejercicio de actividad itinerante.
Art.56 Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares (Anexo II).
h) Resolución de inscripción en el Registro Autonómico de Actividades Itinerantes.
i) Proyecto tipo de actividad temporal.
j) Certificado de la oca en vigor de la instalación eléctrica por itinerantes mayores.
k) Fotografía de la atracción.
3.2. Documentación a entregar día 17 de Agosto del 2017:
l) En el caso de actividades itinerantes, una vez hecho el montaje para poder ejercer la actividad será necesario presentar certificado técnico de final de montaje subscrito por un técnico/a competente, acreditativo que la instalación se ha hecho de acuerdo con el proyecto tipo y con las condiciones mínimas impuestas, así como que se han adoptado todas las condiciones de seguridad según la normativa sectorial de aplicación.
m) Contrato de la compañía suministradora de electricidad.
Tercero. El procedimiento de adjudicación será por puntuación a ponderar según los criterios de valoración de cada tipo de lugar, y será de una puntuación de 0 a 10 punto como máximo.
Criterios de puntuación por los lugares :
Cuarto. Designar la Comisión de Valoración que estará integrada por :
Quinto. Una vez entregada la documentación requerida y abonada las tasas; proceder a entregar la licencia pertinente de venta ambulante con la obligación de exponerla en un lugar visible de la parada para posibles inspecciones municipales.
Los anexos a que hace referencia el presente anuncio se han publicado en la página web del Ayuntamiento de Felanitx (www.ajfelanitx.net).
Felanitx, 10 de julio de 2017
El alcalde,
Joan Xamena Galmés