Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 7631
Procedimiento ordinario 7852016
D/Dª MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000785 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de GABRIEL ALEJANDRO VIVACQUA contra la empresa TALLER DEL PAN IBIZA, SL, FOGASA , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
1.- Acuerdo suspender el acto de juicio señalado para el día 14 de junio de 2.017, señalándose nuevamente para el 18 de octubre de 2.017 a las 11:15 debiendo citarse a las partes, expidiendo las oportunas cédulas de citación con las advertencias legales y en su caso, las cédulas de citación y oficios necesarios para la práctica en el acto de juicio de las pruebas propuestas.
Se advierte que no procederá una nueva suspensión por idéntica causa y a instancia de la misma parte.
Remítase edicto al BOIB para citar a la empresa demandada.
2.- Se tiene por ampliada la demanda frente al FOGASA al cual se citará a la vista oral fijada, con traslado del escrito de demanda y documental inicial adjunta.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos.
Y para que sirva de notificación en legal forma a TALLER DEL PAN IBIZA, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En IBIZA/EIVISSA, a siete de junio de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA