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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 7593
Bases de ayudas para la promoción del deporte y de la actividad física en la isla de Ibiza para el año 2017

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Texto

De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones, a continuación se hacen públicas las bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas para la promoción del deporte y de la actividad física de Ibiza para el año 2017, aprobadas por acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell de Ibiza, de fecha 7 de julio de 2017, siguientes:

Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas para la promoción del deporte y de la actividad física en la isla de Ibiza para el año 2017.

Disposiciones Generales

Introducción

La importancia del deporte fue recogida en el conjunto de principios rectores de la política social y económica de la Constitución Española, y en este sentido el artículo 43.3 establece que los poderes públicos fomentarán la educación física y el deporte y facilitaran la adecuada utilización del ocio.

Por su parte, la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares ya en su exposición de motivos destaca que El deporte, entendido como la expresión de la actividad física, reglada o no, es un bien para la sociedad y hay que cuidarlo, potenciarlo y posibilitar que toda la ciudadanía de las islas tenga opciones de practicarlo, de forma individual o formando parte de las diferentes y necesarias organizaciones deportivas que lo gestionan y que son igualmente valoradas y necesarias en la sociedad.”

Así mismo, en su artículo 3 dice que “La actividad física i el deporte son funciones sociales que contribuyen al desarrollo y a la formación integral de las personas y a la mejora de su calidad de vida.”

Y su artículo 11 establece que una de las competencias de los consejos insulares es: “Definir, planificar y ejecutar los programas dirigidos a una mayor práctica deportiva en los diferentes ámbitos y sectores sociales y participar en ellos.”

Por todo lo anterior, el Consell Insular de Ibiza, a través de su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, quiere fomentar la práctica deportiva con estas líneas de subvención.

A. Consignación presupuestaria

La cantidad máxima que se destina a esta convocatoria es de de 413.500 euros a cargo del programa 3410, promoción deportiva, y a las aplicaciones presupuestarias que se establecen en cada línea de subvención. Las diferentes líneas de subvenciones figuran en el plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Ibiza para el año 2017.

B. Régimen de las ayudas

B.1. La concesión de las subvenciones se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia competitiva.

B.2. Las ayudas no generan ningún derecho a la obtención de otras ayudas en ejercicios posteriores y no se pueden alegar como precedente.

B.3. Las ayudas concedidas por esta convocatoria son compatibles con otra ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad procedente de cualquier otra Administración, ente público o privado, nacional o de la Unión Europea o de organismos internacionales. En ningún caso, la suma total de las ayudas percibidas podrá ser superior al coste total de la actividad subvencionada. A tal efecto, el/la beneficiario/aria deberá comunicar al Consell Insular de Ibiza la solicitud u obtención de otras subvenciones para la misma finalidad. Esta comunicación se tiene que efectuar en el plazo de tres días hábiles desde la solicitud o la obtención de la subvención y, en todo caso, antes de la justificación de la aplicación de los fondos percibidos.

C. Presentación de solicitudes: lugar y plazo

C.1. Las solicitudes de subvención se formalizaran mediante instancia, según el modelo normalizado que figura en los anexos de estas bases, debidamente rellenado.

C.2. Las solicitudes se dirigirán a la Presidencia del Consell Insular de Ibiza y se presentarán en el Registro General de la misma institución o en cualquiera de las formas establecidas en el art. 16 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

C.3. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles que se inicia al día siguiente de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

D. Publicidad

D.1. Una vez aprobadas las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Posteriormente se remitirá la convocatoria y un extracto de esta a la Base de Datos Nacional de Subvenciones que dará traslado al Boletín Oficial de las Islas Baleares del extracto para su publicación, tal como establece la normativa vigente de subvenciones. La eficacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación del extracto en el BOIB.

E. Documentación general necesaria a presentar.

E.1. La documentación que se tiene que presentar, además de la específica por cada línea de subvención es la siguiente:

E.1.1 Declaración responsable donde se haga constar todas las subvenciones o las ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad de cualquier ente público o privado, o una declaración expresa de no haber solicitado ninguna (anexo 1). En el supuesto de haber recibido ayudas públicas se tiene que presentar la correspondiente resolución de concesión.

E.1.2. Declaración responsable firmada por la persona representante legal de la entidad de no estar sometida a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones públicas (anexo 1).

E.1.3. Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Consell Insular de Ibiza, Hacienda estatal y de la Seguridad Social. Se podrá autorizar al Consell Insular para conseguir esta documentación (anexo 2). Si la petición de ayuda es igual o inferior a 3000 euros se podrá presentar declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración del Estado y la hacienda del Consell Ibiza (anexo 1).

E.1.4. Copia de los estatutos, inscritos en el registro de entidades deportivas del Gobierno de las Islas Baleares.

E.1.5. Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la tesorería del Consell Insular de Ibiza , la cual se puede descargar en la pagina web del Consell Insular de Ibiza (www.conselldeivissa.es). En el caso de asociaciones que ya tengan aportada la documentación mencionada ante la tesorería del Consell Insular de Ibiza , no será necesario que la aporten nuevamente.

E.1.6. Copia del CIF de la entidad solicitante.

E.2. Los solicitantes de la línea 2 únicamente tienen que presentar la documentación requerida en sus bases específicas.

E.3. Los solicitantes que hayan presentado en este Consell cualquiera de estos documentos en virtud de anteriores convocatorias de subvenciones solo deberán de aportar la documentación que sea necesaria actualizar o renovar, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que la documentación fue presentada y se señale la fecha y el órgano ante el cual se presentó.

E.4. El Consell Insular de Ibiza puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.

E.5. Si la instancia o documentación presentadas fuesen incorrectas o incompletas, el Consell Insular de Ibiza requerirá la rectificación o los complementos necesarios, que deberán de aportarse en el plazo de diez días hábiles, a partir del correspondiente requerimiento. Si en este plazo las personas interesadas no hacen la rectificación reclamada o no presentan la documentación requerida, el Consell Insular de Ibiza , considerará que desisten de su petición, después de haber tomado la resolución pertinente, de acuerdo con el art. 68 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

F. Instrucción, resolución y notificación

F.1. El órgano instructor es el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell Insular de Ibiza que tiene que llevar a cabo las actuaciones a que se refieren el art. 24 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones y al art. 16 y siguientes del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, y tiene que formular la propuesta de resolución.

F.2. El órgano competente para resolver estas cuatro líneas de ayudas es el consejero ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, por delegación del Consejo Ejecutivo, que dará cuenta, en la próxima sesión que se celebre al Consejo Ejecutivo. En cada propuesta correspondiente, se expresará la lista ordenada de entidades beneficiarias para las cuales se propone la subvención y su cuantía.

F.3. Se crea una comisión evaluadora a la cual corresponderá, estudiar, evaluar las solicitudes presentadas por cada línea de subvención de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en las bases específicas correspondientes

F.4. La comisión evaluadora puede instar al órgano instructor para que requiera a las entidades solicitantes los informes o las aclaraciones que consideren convenientes.

F.5 La comisión evaluadora de la línea 1, 2 y 4 estará constituida por:

Presidenta: Marienna Sánchez-Jáuregui Martínez, sustituta: Lorena Pérez Muñoz

Secretario: Miguel Angel Costa Torres, sustituta: María Reyes García Peña.

Vocal: Ricardo Gómez Romero, sustituto: Antoni Roig Serra.

Vocal: Antoni Suñer Torres, sustituto: Santiago Camarero Gómez

Vocal: Francesc Costa García, sustituta: Beatriz Clemente Romero.

F.5. La comisión evaluadora de la línea 3 estará constituida por:

Presidenta: Marienna Sánchez-Jáuregui Martínez, sustituta: Maria de las Nieves Tur Tur

Secretario: Miguel Angel Costa Torres, sustituta: Raquel Delgado Ramis.

Vocal: Ricardo Gómez Romero, técnico superior de deportes del Consell d'Eivissa.

Vocal: Antoni Marí Marí, técnico de deportes del ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

Vocal: Ángel Pascual Fernández, técnico de deportes del ayuntamiento de Sant Joan de Labritja.

Vocal: Jordi Bonet Domínguez, técnico de deportes del ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.

Vocal: Lluís Lliteras Costa, técnico de deportes del ayuntamiento de Ibiza.

F.6. Son funciones de estas comisiones:

  • Estudiar y evaluar las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración establecidos.
  • Emitir el informe que servirá de base para realizar la propuesta de resolución.
  • Cualquier otra que exija la aplicación de estas bases.

F.7. El secretario o la secretaria tendrá voz pero sin voto.

F.8. La comisión evaluadora emitirá un informe, el cual servirá de base para la elaboración de la propuesta provisional de resolución al órgano competente para su aprobación. Esta propuesta provisional de resolución que expresará la lista ordenada de entidades beneficiarias para las cuales se propone la subvención y su importe, estará expuesta en el tablón de anuncios del Consell Insular de Ibiza durante un plazo de diez días. Las personas solicitantes podrán presentar por escrito, durante este plazo, las alegaciones que consideren oportunas.

F.9. Si no hay ninguna alegación, el consejero ejecutivo del departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud emitirá la consiguiente resolución.

F.10. Si se presenta alguna alegación dentro del plazo establecido por parte de las personas solicitantes, la comisión evaluadora emitirá un nuevo informe donde, de forma razonada, la estimará o la desestimará. De acuerdo con los informes de la comisión evaluadora, el consejero Ejecutivo de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud emitirá la consiguiente resolución.

F.11. El expediente se resolverá en un plazo máximo de seis meses desde la finalización del periodo de presentación de las solicitudes, transcurrido este plazo sin que se haya dictado resolución expresa, la petición se tiene que entender desestimada.

F.12. La resolución se notificará individualmente en el plazo máximo de diez días contados a partir del día siguiente al dictamen de la misma.

F.13. Las resoluciones del Consejo Ejecutivo no agotan la vía administrativa y se podrá interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell d'Eivissa en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación, todo de acuerdo con los artículos 112, 121 i 122 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre de consejos insulares.

G. Obligaciones de los beneficiarios/de las beneficiarias

G.1. Los beneficiarios/las beneficiarias de las subvenciones estarán obligadas a:

a) Llevar a cabo la actividad subvencionada que fundamenta la concesión de la subvención.

b) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección que pueda efectuar el Consell Insular de Ibiza , y aportar toda la información y documentación que le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.

c) Comunicar al Consell Insular de Ibiza la solicitud o la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional. Esta comunicación tiene que hacerse en el plazo de diez días hábiles a contar a partir de la solicitud o la obtención de la subvención concurrente y, en todo caso, antes de justificar la aplicación que se le haya dado al fondo percibido.

d) Comunicar al Consell Insular de Ibiza cualquier eventualidad que altere o dificulte el desarrollo de la actividad subvencionada.

e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, con inclusión de los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

f) Reintegrar los fondos percibidos en los supuestos previstos legalmente.

g) Realizar la gestión técnica, y aportar el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para llevar a cabo la actividad objeto de la presente ayuda.

h) Consultar con el Departamento de Deportes y Juventud del Consell Insular de Ibiza las normativas, indicaciones, informaciones, publicaciones, publicidad, notas públicas, carteles, ropa deportiva referente al objeto de la presente ayuda.

i) Adoptar las medidas de difusión relativas al carácter público de la financiación de la actividad objeto de la ayuda. A este efecto hacer constar y reflejar en toda actividad objeto de esta ayuda que la actividad está subvencionada por el Consell Insular de Ibiza, excepto los solicitantes de las ayudas de la linea 1.

j) Permitir que las personas representantes del Consell Insular de Ibiza presidan cualquier acto público de presentación, celebración u otro, por lo cual serán convocados con suficiente tiempo de antelación. Así mismo permitirá que el Consell Insular de Ibiza convoque con carácter de promoción, las actividades que considere oportunas y disfrutará de la colaboración de los beneficiarios y las beneficiarias.

k) Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para conceder la ayuda y, en cualquier caso, la obtención de subvenciones incompatibles, puede dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Así mismo, también quedan sometidas a todas las otras obligaciones que se deriven del mencionado Decreto legislativo 2/2005 y de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones, y en su Reglamento, aprobado por el Real decreto 887/2006, del 21 de julio, en todo aquello que sean de aplicación.

H. Pago de la subvención y justificación

H.1. El pago de la totalidad de la cantidad concedida se tramitará una vez se haya justificado la realización de la totalidad del objeto de la subvención y el cumplimiento de la finalidad para la cual se otorgó.

H.2. El pago ser realizará mediante transferencia bancaria y al número de cuenta bancaria que conste en la solicitud.

H.3. Antes de cobrar y una vez ejecutadas las actuaciones subvencionadas será necesario presentar una cuenta justificativa simplificada y la siguiente información:

a) Una memoria de actuación con indicación de las actividades realizadas y resultados obtenidos.

b) Una relación del total de los gastos y/o inversiones de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento, del concepto, de su importe, de la fecha de emisión y de la fecha de pago(Anexo 3).

c) Relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicacion del importe y su procedencia (Anexo 3).

H.4. Se requerirá la justificación del pago de los gastos realizados. El pago también ha de realizarse antes de la finalización del correspondiente plazo de justificación.

H.5. El término de presentación de esta documentación será establecido en cada línea de subvención.

H.6. El departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud adjuntará el correspondiente informe técnico.

H.7. Para el pago de la subvención se podrá solicitar cualquier otra documentación o informes técnicos que los servicios del Consell d'Eivissa consideren oportunos.

H.8. El departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud requerirá al 5% de los beneficiarios, seleccionados por sorteo, los justificantes de los gastos realizados para obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención recibida.

H.9. Los gastos se tendrán que acreditar mediante facturas originales que han de cumplir los requisitos formales que señala la legislación vigente y/o otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.

H.10. La acreditación del abono de los gastos se ha de llevar a cabo a través de la documentación que a continuación se indica, dependiendo de los medios de pago que se hayan utilizado.

H1.10.1 Pago mediante transferencia bancaria o ingresos en cuenta bancaria:

-Copia del justificante de la orden de transferencia bancaria o documento bancario acreditativo del pago en el cual figure el concepto de la transferencia o el ingreso, la fecha del documento, el importe, la identificación del concepto, a fin de que quede identificado el pago de la factura, y los datos del ordenante y del destinatario, que tienen que coincidir con el beneficiario y con el emisor de la factura, respectivamente.

-Extracto de la cuenta bancaria del beneficiario de la ayuda en la cual figure el cargo de esta transferencia. No obstante, si en el detalle del cargo bancario del pago en cuestión se recogen los datos que se detallan para la copia de la orden de transferencia o para el documento de ingreso, bastará presentar el cargo bancario.

H.10.2. Pago en efectivo:

El abono en metálico se ha de acreditar de la siguiente manera: Un "recibo" firmado y sellado por el proveedor en el cual se ha de especificar el gasto a que corresponde el pago, su fecha y la expresión "recibido en efectivo" o similar.

H.10.3. Pago mediante cheque nominativo:

-Copia del cheque nominativo o pagaré nominativo emitido a nombre del proveedor que emite la factura o documento equivalente, siempre que esté vencido.

-Certificado de la entidad bancaria en que conste el número de cheque, el importe y la identificación de quien lo cobra y la fecha de cobro (no es necesario presentar el extracto de la cuenta corriente si el certificado de la entidad bancaria incluye también la identificación del número de cuenta en que se ha cargado el cheque, y el titular de la cuenta, que ha de coincidir con el beneficiario de la ayuda.

-Extracto de la cuenta corriente del beneficiario de la ayuda en la cual figure el cargo de este cheque o pagaré. No obstante, si en el detalle del cargo bancario del pago en cuestión se recogen los datos que se especifican para el certificado, bastará presentar este detalle del cargo bancario.

H.10.4. Pago mediante tarjeta de débito o crédito:

-Extracto de la cuenta donde figure el cargo del pago con tarjeta. El extracto de la cuenta puede sustituirse por un certificado o título similar de la entidad bancaria en que como mínimo conste el titular y el número de cuenta corriente en que se carga el pago de la tarjeta, el beneficiario, el concepto por el que se hace la transferencia y el importe y fecha de la operación.

H.10.5. Pago mediante domiciliación bancaria:

-Notificación bancaria del cargo.

-Extracto bancario donde figure el cargo de la domiciliación. Esta documentación se puede sustituir por un certificado o título similar de la entidad bancaria en que conste el titular y número de cuenta corriente en que se ha anotado el cargo y el ordenante del mismo, el beneficiario, el concepto por el cual se hace el cargo y el importe y fecha de la operación. En el caso de que en el documento acreditativo del pago figure un importe que no coincida con el importe del justificante en cuestión, el beneficiario tendrá que presentar un certificado o documentación justificativa de la entidad bancaria que acredite que dentro de ese pago se encuentra incluido el abono de la justificación en cuestión.

H.11. La falta de justificación dentro del término establecido en cada línea de subvención, comportará la pérdida del derecho de cobro.

H.12. Los pagos a las personas beneficiarias de la actuación 1 de la línea 2 se realizarán una vez se haya aprobado por el Consejo Ejecutivo la propuesta realizada por el consejero ejecutivo d'Educació, Patrimoni, Cultura, Esports i Joventut. En estos pagos, se aplicarán las retenciones de I.R.P.F. dispuestas por la ley, el reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o otras normas que regulen la materia.

I. Anticipo de las ayudas concedidas

I.1. Las entidades beneficiarias de las ayuda que no dispongan de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad subvencionada, circunstancia que se tiene que acreditar ante el órgano gestor, podrán recibir un anticipo de hasta un 75% del importe total de la ayuda.

I.2. Se tendrá que justificar el importe y la realización del hecho subvencionado dentro de un término no superior a tres meses. En casos excepcionales y debidamente justificados en el expediente, el Consejo Ejecutivo podrá modificar este término hasta un máximo de seis meses.

J. Revocación de las ayudas concedidas

J.1. De acuerdo con lo que dispone el artículo 43 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, se revocará la subvención cuando, posteriormente a la concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumpla totalmente o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los cuales está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención. En tal caso, quedará sin efecto el acto de concesión, total o parcialmente, y se reintegrarán las cantidades percibidas indebidamente, además del interés de demora correspondiente.

K. Régimen de infracciones y sanciones

K.1. El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será el establecido en el título IV de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el título V del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre. Todo esto sin prejuicio de las responsabilidades penales o civiles en que se pueda incurrir.

L. Régimen jurídico

L.1. Esta convocatoria se regirá por las disposiciones contenidas en sus bases, y por la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; por la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; por el Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y por la ley estatal 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones, y su Reglamento, aprobado por el Real decreto 887/2006, del 21 de julio, en todo aquello que sea de aplicación, y el resto de normativa aplicable.

Linea 1: Ayudas económicas a entidades sin ánimo de lucro para la organización de eventos deportivos de nivel nacional y/o internacional en la isla de Ibiza para el año 2017

1. Objeto de la convocatoria.

1.1. El objeto de estas bases es la concesión de ayudas económicas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para la organización de eventos deportivos de nivel nacional y/o internacional en la isla de Ibiza en el año 2017.

1.2. Los eventos tienen que celebrarse entre el 1 de enero al 30 de junio de 2017.

1.3. Cada solicitante puede pedir ayuda económica para la realización de dos eventos como máximo.

1.4. Los deportes y los eventos previstos en este programa de ayudas son los siguientes:

Deporte

Eventos deportivos

Atletismo

Semimaratones, maratones de montaña y millas urbanas

Baloncesto

Torneos

Billar

Torneos

Boxeo

Veladas

Ciclismo

Vuelta a la isla de Ibiza

Fútbol

Torneos

Gimnasia

Torneos

Balonmano

Torneos

Natación

Torneos y travesías marítimas

Cuadriatlón

Competiciones

Rugby

Torneos

Tenis de mesa

Torneos

Triatlón/duatlón

Campeonatos de España

Otros

torneos, eventos...

2. Dotación económica.

2.1. En esta convocatoria de ayudas, del ejercicio presupuestario del año 2017, se destinará la cantidad de 106.000 euros con cargo a la partida 3410 48900 y de acuerdo con el Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Ibiza para el año 2017.

2.2. La cantidad máxima de ayuda concedida por entidad beneficiaria no podrá ser superior a 18.000 euros o la cantidad solicitada.

2.3. La cantidad máxima de ayuda concedida por entidad beneficiaria en el apartado "otros" no podrá ser superior a 5.000 euros o la cantidad solicitada.

2.4. La cantidad presupuestada en el apartado 2.1 está distribuida de la siguiente manera:

Deporte

Presupuesto

Atletismo

18.000 €

Baloncesto

3.000 €

Billar

2.000 €

Boxeo

6.000 €

Ciclismo

18.000 €

Futbol

4.000 €

Gimnasia

2.000 €

Balonmano

8.500 €

Natación

6.000 €

Cuatriatlón

6.000 €

Rugby

5.000 €

Tenis de mesa

6.000 €

Triatlón/duatlón

5.000 €

Otros

16.500 €

3. Entidades beneficiarias

3.1. Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro, constituidas, e inscritas legalmente en el registro de entidades deportivas del Gobierno de las Islas Baleares que desarrollen su actividad deportiva en la isla de Ibiza y que cumplan los siguientes requisitos:

-Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

-No encontrarse sometidos a ninguno de los supuestos de prohibición por ser beneficiario de subvenciones, establecidos en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones.

-No tener deudas con el Consell Insular de Ibiza.

4. Solicitud y documentación necesaria.

4.1. Las solicitudes se formularán mediante un modelo de instancia (Anexo 4) debidamente cumplimentado que facilitará el Consell Insular de Ibiza.

4.2. La documentación a presentar, además de la prevista en las bases generales, tiene que ser la siguiente:

4.2.1. Presupuesto del evento, firmado por la persona representante de la entidad solicitante (Anexo 5).

4.2.2. Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad deportiva que acredite las personas que componen su junta directiva (Anexo 7a).

4.3. Se podrá presentar la siguiente documentación, que se tendrá en cuenta para valorar los puntos:

4.3.1. Memoria del evento programado con una explicación de su repercusión mediática.

4.3.2. Informe del secretario o de la secretaria de la entidad deportiva que indique el número de deportistas estimados que participaran en el evento (Anexo 6)

4.3.3. Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad deportiva que acredite la antigüedad del evento y número de mujeres integrantes en la dirección técnica (Anexo 7).

4.3.4. Certificado federativo que acredite el número de clubes deportivos y de deportistas masculinos y femeninos del deporte objeto del evento deportivo existente en la isla de Ibiza.

4.3.5. Fotografías, carteles o cualquier documento que muestre el uso de la lengua catalana.

4.4. Los/Las solicitantes que hayan presentado en este Consell cualquier de estos documentos en virtud de anteriores convocatorias de subvenciones solo deberán aportar la documentación que sea necesaria actualizar o renovar, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que la documentación fuese presentada y se señale la fecha y el órgano ante la cual se presentó.

4.5. El Consell Insular de Ibiza puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.

5. Criterios para la concesión de las ayudas

5.1. Las ayudas se concederán de acuerdo con los siguientes criterios a calificar por la comisión evaluadora:

-La repercusión mediática:

Más de 10 apariciones en los medios de comunicación insulares o 3 apariciones en los medios de comunicación de Baleares o 1 aparición en los medios de comunicación nacionales y/o internacionales:..... 20 puntos.

Entre 5 y 10 apariciones en los medios de comunicación insulares o 2 apariciones en los medios de comunicación de Baleares:..... 10 puntos.

Entre 2 y 4 apariciones en los medios de comunicación insulares:.....5 puntos.

-Número de personas participantes:

Por cada participante masculino: 0,01 puntos hasta un máximo de 5 puntos.

Por cada participante femenina: 0,05 puntos hasta un máximo de 5 puntos.

Si el evento no ha tenido lugar se tendrá en cuenta la edición anterior.

La solidez y seriedad del proyecto deportivo:

Por cada edición celebrada: 1 punto hasta un máximo de 25 puntos.

-El grado de desarollo del deporte en la isla de Ibiza:

Por cada deportista masculino federado del deporte objeto del evento deportivo en la isla de Ibiza: 0,01 puntos hasta un máximo de 10 puntos.

Por cada deportista femenina federada del deporte objeto del evento deportivo en la isla de Ibiza: 0,05 puntos hasta un máximo de 10 puntos.

Por cada club deportivo en la isla de Ibiza del deporte objeto del evento deportivo: 1 punto hasta un máximo de 10 puntos.

Por cada integrante femenina en la dirección técnica: 1 punto hasta un máximo de 5 puntos.

-El presupuesto: Hasta 10 puntos. Se valorará que los gastos sean consecuencia de la insularidad.

-Uso de la lengua catalana: Hasta 5 puntos. Se valorará la rotulación en lengua catalana deropa deportiva, material fungible y/o la publicidad que se haga.

-Por cada rotulación de ropa deportiva: 0,02 puntos.

-Por cada rotulación de material fungible: 0,02 puntos.

-Por cada comunicación del club en lengua catalana en sus actividades: 0,02 puntos.

-Por cada cartel publicitario: 0,02 puntos.

5.2. La comisión estudiará todas las solicitudes presentadas y establecerá una puntuación por cada solicitud. La cantidad total destinada a estas ayudas se dividirá entre la suma total de los puntos de los solicitantes. De esta división saldrá una cantidad por punto, la cual se multiplicará por los puntos de cada solicitante y así se determinará la ayuda correspondiente a cada solicitud, siempre que ésta cantidad no sea superior a la que se ha solicitado.

5.3. La comisión estará autorizada para resolver las dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso previsto en estas bases.

5.4. Si no hay ninguna solicitud para cualquiera de los deportes del punto 1.5 de las bases, su cantidad asignada podrá distribuirse entre los demás deportes si así lo determina la comisión evaluadora.

6. Gastos subvencionables

6.1. Son subvencionables los gastos necesarios para llevar a cabo el evento deportivo subvencionado, excepto los gastos bancarios, protocolarios y representativos ( cenas de bienvenidas, de clausuras, etc...)

7. Plazo de justificación de la subvención concedida

7.1 La documentación para justificar la subvención se presentará en el momento de la solicitud.

Línea 2: Ayudas económicas individuales para la promoción de los y de las deportistas y técnicos deportivos / técnicas deportivas de la isla de Ibiza para el año 2017

1. Objeto de la convocatoria

1.1. El objeto de estas convocatoria es dar soporte a las personas deportistas para su formación y progreso deportivo y al personal técnico para mejorar su formación técnica.

A tal efecto, se establecen las siguientes actuaciones de soporte económico.

Actuación 1: Ayudas para la formación y progreso deportivo de las personas deportistas destacadas.

Actuación 2: Ayudas para sufragar el coste de su residencia (alojamiento y desplazamiento) de las personas deportistas inscritas en cualquier centro de tecnificación deportiva (CTE) o centro de alto rendimiento (CAR) fuera de las islas Pitiusas durante el año 2017.

Actuación 3: Ayudas para sufragar el coste de la participación en cursos y/o actividades de formación técnica deportiva fuera de las islas Pitiusas de los/de las técnicos/técnicas durante el periodo del 1 de noviembre de 2016 al 01 d'octubre de 2017.

1.2. Respecto a la actuación 3, quedan fuera de esta convocatoria la realización de la formación siguiente:

1.2.1. Grado de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

1.2.2. Grado de educación primaria y/o infantil.

1.2.3. La formación profesional deportiva (ciclos formativos de grado medio y/o superior)

1.2.4. La realización de cursos de monitores deportivos/monitores deportivos en academias privadas.

1.2.5. La realización de cualquier curso de formación impartido en las islas Pitiusas.

1.3. Cada persona solicitante podrá acogerse a cualquiera de las actuaciones previstas.

2. Personas beneficiarias

2.1. Se pueden acoger a esta convocatoria las personas que estén incluidas en los siguientes grupos:

En la actuación 1:

- Personas deportistas clasificadas, en el año 2016, en su categoría deportiva, entre los tres primeros del Campeonato de España correspondiente.

- Personas deportistas clasificadas, en el año 2016, entre los cinco primeros del Campeonato de España senior.

- Personas deportistas clasificadas, en el año 2016, en su categoría deportivas, entre los ocho primeros del Campeonato de Europa o del Mundo correspondiente.

- Personas deportistas clasificadas que hayan conseguido puntos ATP (Asociación de Tenis Profesional durante el año 2016.

- Personas deportistas clasificadas que hayan sido convocados con la selección española respectiva durante el año 2016.

- Deportista nominado/ada como mejor deportista de la isla de Ibiza a los Premios del Deporte del Consell Insular de Ibiza en el año 2016.

En la actuación 2:

- Personas deportistas que estén inscritas durante el año 2017 en cualquier centro de tecnificación deportiva (CTE) o centro de alto rendimiento (CAR) fuera de las islas Pitiusas y que tengan que sufragar el coste de su residencia (alojamiento y/o desplazamientos entre la isla de Ibiza y la ciudad donde se ubica el CTE o CAR)

En la actuación 3:

- Técnicos deportivos y técnicas deportivas que reciban formación técnica deportiva impartida fuera de las Islas Pitiusas durante el periodo del 1 de noviembre de 2016 al 1 de octubre de 2017.

2.2. Las personas beneficiarias de las ayudas previstas en las tres actuaciones tienen que cumplir con los siguientes requisitos:

2.2.1. Haber nacido/ida en la isla de Ibiza o tener, como mínimo, de antigüedad de residencia de seis años en la isla de Ibiza antes del día de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.

2.2.2. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

2.2.3. No encontrarse sometidos en ninguno de los supuestos de prohibición por ser persona beneficiaria de subvenciones establecidos en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

2.2.4. No tener deudas con el Consell Insular de Ibiza .

2.3. Para ser persona beneficiaria de la línea 1 se tienen que dar los siguientes requisitos específicos:

2.3.1. Los deportes tienen que ser federados y reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.

2.3.2. La participación dentro de una selección autonómica en el correspondiente Campeonato de España tiene que ser en representación de las Islas Baleares.

2.3.3. Podrá acreditar resultados de cualquier categoría deportiva excepto las categorías de veteranos o veteranas, "masters" y de los campeonatos de España universitarios.

2.3.4. La participación en competiciones internacionales tiene que ser integrando la selección española correspondiente. Si la participación en competiciones internacionales es por clubes, estos clubes tienen que ser ibicencos.

2.3.5. Tiene que estar en activo como deportista.

2.4. Las personas solicitantes, que durante el año 2016 hayan estado lesionadas, serán contabilizados los resultados conseguidos durante el año 2015.

2.5. Las personas beneficiarias de la línea 3 únicamente podrán recibir ayudas para la realización de un curso y/o actividad formativa.

2.6. No podrán solicitar ayuda económica para la formación técnica el personal funcionario y/o laboral adscrito/a al Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell Insular de Ibiza , en la concejalía de deportes de cualquier ayuntamiento o a cualquier organismo deportivo del Gobierno de las Islas Baleares.

3. Dotación económica

3.1. El presupuesto para esta convocatoria es de 75.000 euros, con cargo a la partida 3410 48100 del ejercicio presupuestario del año 2017, que figuran en el plan estratégico de subvenciones del año 2017

Esta cantidad será distribuida de la siguiente manera:

Para la actuación 1: 60.000 euros

Para la actuación 2: 9.000 euros

Para la actuación 3: 6.000 euros

3.2. La cantidad máxima total por persona beneficiaria no podrá superar la cantidad de 3.000 euros.

3.3. En la actuación 2, la cantidad máxima por persona beneficiaria no podrá superar la cantidad de 500 euros.

3.4. En la actuación 3, la cantidad máxima por persona beneficiaria no podrá superar el 70% del presupuesto hasta la cantidad máxima de 500 euros.

4. Documentación a presentar

4.1. Las solicitudes se formularan mediante un modelo de instancia debidamente rellenado que será facilitado por el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud (anexo 8)

4.2. Si el deportista es menor de edad la solicitud tendrá que ser realizada por el padre (o tutor) o la madre (o tutora)

4.3. El impreso de solicitud irá acompañado, para todas las actuaciones, de los siguientes documentos:

4.3.1. Certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento correspondiente de la isla de Ibiza o fotocopia del DNI si la persona es nacida en la isla de Ibiza.

4.3.2. Declaración responsable de la persona solicitante de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la administración del Estado y ante la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que determina el reglamento y ante la hacienda del Consell Insular de Ibiza (Anexo 9).

4.3.3. Declaración responsable de la persona solicitante que no se encuentra sometida a ninguno de los supuestos de prohibición por ser persona beneficiaria de subvenciones de esta convocatoria, según dispone el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005 del 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones (Anexo 9).

4.3.4. Declaración responsable donde se hagan constar todas las subvenciones o las ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad de cualquier ente público o privado, si procede, o una declaración expresa de no haber solicitado ninguna (anexo 10). En el supuesto de haber recibido ayudas públicas, se tiene que presentar la correspondiente resolución de concesión.

4.3.5. Fotocopia del libro de familia si la persona deportista es menor de edad.

4.4. Para la actuación 1, el impreso de solicitud irá, además del previsto en el apartado 4.3, acompañado de los siguientes documentos:

4.4.1. Certificado de la Federación Balear o Española correspondiente acreditativa de la posición obtenida por la persona solicitante en el Campeonato de España en el año 2016.

4.4.2. Certificado de la Federación Española correspondiente acreditativa de la posición obtenida por la persona solicitante en el Campeonato de Europa o del Mundo en el año 2016.

4.4.3. Certificado de la Federación Española correspondiente acreditativa de haber sido convocado con la selección española correspondiente durante el año 2016.

4.4.4. Certificado del delegado o de la delegada de la Federación Balear correspondiente que acredite su lesión y los resultados logrados durante el año 2015, si la persona solicitante ha estado lesionado durante el año 2016.

4.4.5. Fotocopia de la matrícula del centro educativo correspondiente si la persona deportista solicitante realiza estudios universitarios o de formación profesional fuera de la isla de Ibiza y quiere que sea considerado como mérito dentro de los criterios de concesión del punto 9 de estas bases.

4.4.6. La certificación del mejor deportista de los Premios del Deporte de Ibiza 2016 será adjuntada por el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud.

4.5. Para la actuación 2, además de la documentación prevista en el apartado 4.3, se adjuntaran los siguientes documentos:

1. Certificación del responsable del centre de tecnificación deportiva (CTE) o del centro de alto rendimiento (CAR) que indique que el deportista es integrante del mencionado centro.

2. Presupuesto de gastos, firmado por la persona solicitante.

4.6. Para la actuación 3, además de la documentación prevista en el apartado 4.3, se adjuntarán los siguientes documentos:

1. Descripción de los cursos o actividades formativas a las que se han asistido o se pretende asistir (contenido, fechas, lugar, coste de la matrícula).

2. Presupuesto de gastos firmado por la persona solicitante.

5. Criterios para la concesión de las ayudas

Las ayudas se concederán de acuerdo con los siguientes criterios a cualificar por la comisión evaluadora:

5.1. Deportistas de la actuación 1: Se adjudicará la siguiente puntuación.

Resultados logrados durante el año 2016

Puntuación

1º/1a del mundo

150 puntos

2º/2a del mundo

100 puntos

3º/3a del mundo

94 puntos

4º/a-8o/a del mundo

80 puntos

1º/1a de Europa senior

125 puntos

2º/2a de Europa senior

94 puntos

3º/3a de Europa senior

78 puntos

4º/a-5º/a de Europa senior

70 puntos

6º/a-8º/a de Europa senior

50 puntos

1º/1a de Europa junior, juvenil y promesa

100 puntos

2º/2a de Europa junior, juvenil y promesa

78 puntos

3º/3a de Europa junior, juvenil y promesa

67 puntos

4º/a-5º/a de Europa junior, juvenil y promesa

60 puntos

6º/a 8º/a de Europa junior, juvenil y promesa

40 puntos

1º/1a de España senior

80 puntos

2º/2a de España senior

60 puntos

3º/3a de España senior

30 puntos

4º/a 5º/a de España senior

20 puntos

1º/1a de España júnior, juvenil y promesa

60 puntos

2º/2a de España júnior, juvenil y promesa

33 puntos

3º/3a de España júnior, juvenil y promesa

24 puntos

1º/1a de España cadete, infantil, alevín y benjamín

30 puntos

2º/2a-3º/3a de España cadete, infantil, alevín y benjamín

10 puntos

Puntos ATP logrados en el año 2016

15 puntos/por punto ATP

Mejor deportista de los Premios del deporte de Ibiza 2016

40 puntos

Convocado/ada por la selección española durante el año 2016

20 puntos

Estudiante universitario fuera de la isla de Ibiza

15 puntos

Estudiante de FP fuera de la isla de Ibiza

10 puntos

5.1.1. Se valorará únicamente el mejor resultado obtenido, excepto la puntuación por ser “mejor deportista de los Premios del Deporte de Ibiza 2016”, “estudiante universitario fuera de la isla de Ibiza” y/o estudiante de FP fuera de la isla de Ibiza” que serán sumadas a la puntuación obtenida por el resultado deportivo.

5.2. Deportista de la actuación 2: se adjudicará la siguiente puntuación:

Concepto

Cantidad

Inscritos/itas en los CTE o CAR durante el año 2017

10 puntos

5.3. Personal técnico de la actuación 3: se adjudicará la siguiente puntuación:

Curso o actividad formativa realizada en el período del 1/10/2016 al 29/09/2017

Puntuación

Técnico/a deportivo/iva nivell III

40 puntos

Técnico/a deportivo/iva nivell II

30 puntos

Técnico/a deportivo/iva nivell I

20 puntos

Cursos de formación, jornadas, congresos, etc.

10 puntos

5.4. La cantidad asignada en cada apartado se dividirá entre la suma total de los puntos obtenidos por las personas solicitantes del mismo apartado, de esta división saldrá una cantidad por punto, la cual se multiplicará por los puntos que cada persona solicitante haya obtenido y así se determinará la ayuda correspondiente a cada persona.

6. Plazo de justificación de la subvención concedida.

6.1. La documentación para justificar la subvención concedida de las actuaciones 2 y 3 podrá ser presentada en el Consell Insular de Ibiza hasta el 16 de octubre de 2017.

6.2. Las facturas para justificar las ayudas recibidas de la actuación 2 tienen que estar emitidas durante el año 2017.

6.3. Las facturas para justificar las ayudas recibidas de la actuación 3 tienen que estar emitidas entre el 2 de noviembre de 2016 y el 16 de octubre de 2017.

Línea 3: Ayudas económicas a las federaciones/delegaciones deportivas de las Islas Baleares para la realización de programas de seguimiento deportivo en la isla de Ibiza durante el año 2017.

1. Objeto de la convocatoria

1.1. El objeto de estas bases es la concesión de ayudas económicas a las federaciones/delegaciones deportivas de las Islas Baleares para la realización de programas de seguimiento deportivo en la isla de Ibiza durante el año 2017.

1.2. Cada federación deportiva podrá presentar un único proyecto y una única solicitud de ayuda económica.

1.3. El proyecto del programa de seguimiento deportivo tiene que cumplir los requisitos y organización del anexo 13 de esta convocatoria.

1.4. No será necesario que la solicitud sea previa a la realización de la actividad para la cual se pide la ayuda.

2. Consignación presupuestaria.

2.1. El presupuesto máximo para esta convocatoria es de 107.500 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3410 48900 del vigente presupuesto de la Corporación del ejercicio 2017.

3. Beneficiarios.

3.1. Podrán solicitar subvención únicamente las federaciones de las Islas Baleares, directamente o a través de sus delegaciones en la isla de Ibiza, que quieran realizar programas de seguimiento deportivo el año 2017 en la isla de Ibiza y que su deporte disponga de centros de tecnificación deportiva o centros de alto rendimiento en el territorio español.

3.2. Además, tienen que cumplir los requisitos siguientes:

- Estar registrados en el Registro de Federaciones Deportivas de las Islas Baleares, conforme con el artículo 52 de la Ley 14/2006, del 17 de octubre, del deporte balear y el art. 1 del Decreto 333/2004 del 2 de abril por el cual se regulan las federaciones deportivas de las Islas Baleares.

- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consell Insular de Ibiza y de las otras obligaciones con la Agencia Estatal, y con la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente.

- No incurrir en ninguna de las prohibiciones por ser persona o entidad beneficiaria establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el art. 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones (de las Islas Baleares), aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005 del 28 de diciembre.

4. Documentació a presentar

4.1. Además de la prevista en las bases generales, se tiene que presentar la siguiente documentación

- Impreso de solicitud normalizado (anexo 11).

- Presupuesto detallado de ingresos y gastos (anexo 12)

- Relación de deportistas que integran o integrarán el programa de seguimiento deportivo durante el año 2017.

- Memoria del proyecto del programa de seguimiento deportivo a desarrollar durante el período 2017-2020 que incluirá los objetivos a conseguir, gestión, deportistas, equipo técnico, metodología, presupuesto, calendario, instalaciones, material disponible, etc.

- Informe del delegado o de la delegada de la federación donde indique los resultados deportivos alcanzados por su deporte en la isla de Ibiza durante los años 2014, 2015 y 2016.

- Informe del delegado o de la delegada de la federación donde se relacione los centros de tecnificación deportiva o centros de alto rendimiento existentes en el territorio español.

- Informe del delegado o de la delegada de la federación donde relacione el curriculum vitae del equipo técnico integrante en el programa de seguimiento deportivo correspondiente.

5. Procedimiento de concesión de las ayudas

5.1. La concesión de las ayudas se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia competitiva.

5.2. Se admitirán, como máximo, un total de 12 federaciones deportivas que serán aquellas que hayan obtenido las mejores puntuaciones y siempre que cumplan el punto 6.3 de esta línea de ayudas.

5.3. La cantidad presupuestada, 120.000 euros, será repartida de forma equitativa entre las delegaciones/federaciones deportivas seleccionadas.

5.4. En todos los casos, la subvención concedida no podrá superar la cantidad de 12.000 euros o la cantidad solicitada.

6. Criterios de selección

6.1. La selección de las federaciones integrantes en el programa de seguimiento deportivo impulsado por el Consell Insular de Ibiza se realizará de acuerdo con los siguientes criterios a cualificar por la Comisión evaluadora.

6.1.1. Proyecto de realización del 2017 al 2020:

Se valorará la calidad y contenido de la memoria-proyecto a desarrollar.

Coherencia y efectividad del proyecto a la realidad deportiva de la isla de Ibiza: hasta 25 puntos.

Adecuación de los objetivos a las actividades propuestas: hasta 10 puntos.

Adecuación de los objetivos a la planificación realizada: hasta 10 puntos.

Adecuación de los objetivos al presupuesto: 10 puntos.

El máximo de puntos de este apartado es de 55 puntos.

6.1.2. Resultados alcanzados por los/ por las deportistas ibicencos/ibicencas (nacidos o residentes con un mínimo de 6 años en la isla de Ibiza) de la que pertenecen a la federación/delegación solicitante durante los años 2014, 2015 y 2016:

Por cada deportista entre los tres primeros en el campeonato del mundo:.............................10 puntos

Por cada deportista entre el 4o y el 8º en el campeonato del mundo: …...........................8 puntos

Por cada deportista entre los tres primeros en el campeonato de Europa: ...................................7 puntos

Por cada deportista entre el 4º y el 8º en campeonatos de Europa: …..............................5 puntos

Por cada deportista campeón/na de España: …...................................6 puntos

Por cada deportista subcampeón/na de España: …....................................5 puntos

Por cada deportista tercero/ra de España: ….........................................4 puntos

Por cada deportista entre el 4º y el 8º de España: …..................................2 puntos

Por cada deportista campeón/na de la Copa de España: …..................................2 puntos

Por cada deportista campeón/na de Baleares: ….......................................1 punto

Por cada deportista que se haya integrado/da en un centro de alto rendimie........................................... 3 puntos

Por cada deportista que se haya integrado/da en un centro de tecnificación: …..................................... 2 puntos

Por cada deportista que haya estado seleccionado/da con el equipo nacional para la participación en campeonatos internacionales: …................................... 3 puntos

Los resultados obtenidos por deportistas participantes en el deporte adaptado tendrá una ponderación del 200%

Será contabilizado el mejor resultado de cada deportista, y el máximo de puntos de este apartado es de 20 puntos.

6.1.3. Formación del personal técnico:

Por cada técnico participante dentro del programa de seguimiento deportivo con titulación de licenciado en educación física o licenciado en ciencias de la actividad física y el deporte o grado en gestión deportiva o grado en ciencias de la actividad física y el deporte o técnico con titulación máxima deportiva de su deporte: .. 4 puntos

Por cada técnico con titulación de nivel II de su deporte: ................................... 2 puntos

Será contabilizada la mejor titulación de cada técnico, y el máximo de punto de este apartado es de 10 puntos.

El currículum vitae de la dirección técnica no será valorado.

6.1.4. Deporte Olímpico:

Si el deporte es olímpico: ... 10 puntos.

6.1.5. Dirección técnica del programa de seguimiento deportivo:

Si la dirección técnica del programa de seguimiento deportivo está encabezada por una mujer: .............................. 5 puntos

6.1.6. Deportistas participantes femeninas.

Por cada deportista femenina integrante en el PSE: 0,5 puntos hasta un total de 5 puntos.

6.2. Serán seleccionados, como máximo, los 12 mejores proyectos.

6.3. Para ser seleccionado, tienen que conseguir, como mínimo, una puntuación de 25 puntos dentro del apartado 6.1.1 (proyecto deportivo).

7. Gastos subvencionables

7.1. Son subvencionables los gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada:

-Personal técnico, hasta un límite del 70% de la ayuda concedida.

-Desplazamientos para participar en concentraciones deportivas o competiciones que no sean campeonatos del Mundo, de Europa, de España o de Baleares: transporte (avión, barco, taxi, coche de alquiler, gasolina, peajes), alojamiento, manutención y cuota de inscripción.

-Ropa deportiva y material fungible necesario para el desarrollo de los entrenamientos.

-Equipamiento necesario para el desarrollo de los entrenamientos.

-Alquiler de instalaciones deportivas.

-Seguros.

-Organización de cursos de formación y concentraciones en la isla de Ibiza.

-Desplazamientos para participar en cursos de formación.

-Gestión administrativa hasta un máximo de 2.000 euros.

8. Plazo de justificación de la subvención concedida

8.1. La documentación para justificar la subvención concedida podrá ser presentada en el Consell Insular de Ibiza hasta el 29 de septiembre de 2017.

8.2. Las facturas y/o nóminas para justificar las ayudas recibidas de la actuación tienen que estar emitidas durante el período 2 de noviembre de 2016 al 29 septiembre de 2017.

Línea 4: Ayudas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para su participación en ligas nacionales y ámbito estatal durante el último semestre de la temporada deportiva 2016-17

1. Objeto de la convocatoria

1.1. El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para sufragar los gastos originados por haber participado en ligas nacionales y de ámbito estatal durante el último semestre de la temporada deportiva 2016/2017 (del 1 de enero al 30 de junio de 2017).

1.2. Quedan fuera de esta convocatoria las actividades físicas que no estén reconocidas como un deporte dentro de una federación deportiva reconocida por el CSD (Consejo Superior de Deportes)

1.3. A efectos de esta convocatoria se entiende como una liga a la competición deportiva donde cada equipo se tiene que enfrentar a uno del resto de equipos participantes dentro de un calendario semanal que tiene una duración mínima de tres meses. Por tanto, cada equipo realiza un desplazamiento cada dos semanas.

1.4. A efectos de esta convocatoria, se entiende como una liga nacional de ámbito estatal la liga donde cada equipo se tiene que enfrentar a un conjunto de equipos participantes de otras comunidades autonómicas.

1.5. A efectos de esta convocatoria, se entiende como deporte individual al deporte donde la actividad se realiza en situaciones de uno contra uno (o máximo dos contra dos) y que tienen que interactuar directamente y simultáneamente para conseguir el objetivo de ganar. El equipo suma puntos como consecuencia de los partidos ganados por sus deportistas de forma individual.

1.6. A efectos de esta convocatoria, se entiende como deporte de equipo el deporte donde la actividad se realiza entre dos equipos rivales, cada uno con el mismo número de jugadores y que tienen que interactuar directamente y simultáneamente para conseguir el objetivo de ganar.

2. Dotación económica

2.1. Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 125.000 euros, con cargo a la partida 3410 48900 del ejercicio presupuestario del año 2017:

Esta cantidad será distribuida de la siguiente manera:

- Para la participación en ligas nacionales de deportes colectivos: 90.000 euros.

- Para la participación en ligas nacionales de deportes individuales: 35.000 euros.

2.2. La cantidad máxima por beneficiario no podrá superar la cantidad de 40.000 euros ni la ayuda solicitada.

3. Beneficiarios

3.1. Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro constituidas, inscritas en el registro de entidades deportivas del Gobierno de las Islas Baleares que desarrollen su actividad deportiva en la isla de Ibiza, participen en una liga nacional y de ámbito estatal durante la temporada 2016/2017 y que cumplan los siguientes requisitos:

- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

- No encontrarse sometido a ninguno de los supuestos de prohibición por ser beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

- No tener deudas con el Consell Insular de Ibiza .

3.2. Quedan fuera de esta convocatoria las entidades deportivas en que el equipo por el cual se pide ayuda económica esté compitiendo en categoría nacional como consecuencia de la compra de la plaza.

4. Solicitud y documentación necesaria

4.1. Las solicitudes se formularan mediante un modelo de instancia debidamente rellenado que será facilitado por el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud (Anexo 14).

4.2. La documentación a presentar, además de la prevista en las bases generales, tiene que ser la siguiente:

4.2.1. Presupuesto de la liga (anexo 15)

4.2.2. Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente donde informe en que liga participa el equipo para el cual solicita ayuda económica y número de jugadores y/o jugadoras de categorías inferiores que pertenecen al club durante la temporada deportiva 2016-17 (anexo 16).

4.2.3. Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente donde acredite las personas que componen su junta directiva actual (anexo 7a).

4.2.4. Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente, acreditando los desplazamientos a realizar o realizados, lugar y número de desplazados durante la temporada deportiva 2016-17 (anexo 18).

4.3. La documentación que puede ser presentada para que sea tenida en cuenta para la valoración de puntos es la siguiente:

4.3.1. Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente acreditando el número de personas asociadas a esta y asistencia media de público a las competiciones donde participe el equipo por el cual se solicita ayuda durante la temporada deportiva 2016-17 (anexo 17)

4.3.2. Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente acreditando los años de permanencia en la categoría deportiva del equipo para la cual se solicita ayuda durante la temporada deportiva 2016-17 (anexo 17).

4.3.3. Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente acreditando los resultados deportivos conseguidos en la temporada 2016-17 en las ligas nacionales donde se ha participado (anexo 17)

4.3.4. Certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento correspondiente de la isla de Ibiza de las personas deportistas integrantes de los equipos de liga nacional de ámbito estatal que tengan, como mínimo, 6 años de residencia en la isla de Ibiza durante la temporada deportiva 2016-17

4.3.5. Acreditación de la repercusión mediática (radio, televisión, prensa escrita y digital) del equipo para la cual se solicita ayuda.

5. Criterios para la concesión de las ayudas.

5.1. Las ayudas se concederán de acuerdo con los siguientes criterios a cualificar por la comisión evaluadora:

5.1.1. Categoría deportiva durante la temporada deportiva 2016-17:

- Para un equipo que participe en la primera liga nacional de su deporte: …....... 30 puntos

- Para un equipo que participe en la segunda liga nacional de su deporte: ........ 8 puntos

- Para un equipo que participe en la tercera liga nacional de su deporte: …........ 6 puntos

- Para un equipo que participe en la cuarta liga nacional de su deporte: ….......... 4 puntos

5.1.1.1. La entidad solicitante, integrante de una federación española que organiza como máximo dos ligas de ámbito nacional para cada sexo, obtendrá 1/6 parte de los puntos de este apartado:

5.1.1.2. La entidad solicitante, integrante de una federación española que organiza como máximo 3 ligas de ámbito nacional para cada sexo, obtendrá ¼ parte de los puntos de este apartado.

5.1.1.3. La participación en ligas femeninas tendrá una ponderación de +50%

5.1.2. Estructura deportiva:

5.1.2.1. Por cada jugador o jugadora de categorías inferiores que pertenecen a la entidad solicitante: 0,10 puntos/jugador/a

5.1.2.2. La puntuación correspondiente a las deportistas femeninas tendrá una ponderación del +50%

5.1.3. Deportistas con residencia en la isla de Ibiza durante la temporada deportiva 2016-17:

Por cada deportista integrante en el equipo de liga nacional de ámbito estatal que tenga una residencia mínima de 6 años en la isla de Ibiza: 0,15 puntos.

5.1.4. Desplazamientos durante la temporada deportiva 2016-17

- Por cada desplazamiento a Madrid, Barcelona y Valencia: …................ 0,10 punto/persona

- Por cada desplazamiento al resto de la península y Baleares: …........... 0,20 punto/persona

- Por cada desplazamiento a Canarias: ….................................................. 0,90 punto/persona

5.1.5. Número de personas asociadas a las entidades solicitantes durante la temporada deportiva 2016-17.

5.1.5.1. Por cada socio/socia inscrito/a en la entidad solicitante durante la temporada deportiva 2016-17: 0,01 punto/por socio/socia.

5.1.5.2. Los/Las deportistas de la entidad no tienen que ser contabilizados/das como socios /socias.

5.1.6. Asistencia media de público en los encuentros deportivos del equipo para el cual se solicita ayuda durante la temporada deportiva 2016-17:

- Entre 0 y 25 asistentes: …..................... 1 punto.

- Entre 26 y 50 asistentes: …................... 2 puntos.

- Entre 51 y 100 asistentes: …................. 3 puntos.

- Entre 101 y 150 asistentes: …............... 4 puntos.

- Entre 151 y 200 asistentes: …............... 5 puntos

- Entre 201 y 250 asistentes: …............... 6 puntos

- Entre 251 y 300 asistentes: …............... 7 puntos

- Mas de 300 asistentes: ….................... 10 puntos

5.1.7. Repercusión mediática de la participación en liga nacional del equipo por el cual se solicita ayuda durante la temporada deportiva 2016-17:

-Alta repercusión mediática: más de 10 apariciones en los medios de comunicación insulares o 3 apariciones en los medios de comunicación de Baleares o 1 aparición en los medios de comunicación nacionales): .........................10 puntos

-Media repercusión mediática: (entre 5 y 10 apariciones en los medios de comunicación insulares o 2 apariciones en los medios de comunicación de Baleares): .................. 5 puntos.

-Baja repercusión mediática (entre 2 y 4 apariciones en los medios de comunicación insulares) ….................. 2 puntos.

5.1.7.1. Para justificar este apartado se tendrá que presentar la información publicada del equipo o equipos porque se pide ayuda económica a los medios de comunicación (radio, televisión, prensa escrita y digital).

5.1.8. Deporte olímpico:

Si el equipo para el cual se solicita ayuda económica practica un deporte olímpico: 5 puntos

5.1.9. Temporadas de permanencia en las ligas de nivel nacional de ámbito estatal durante la temporada deportiva 2016-17:

- Segunda temporada deportiva de permanencia en la categoría deportiva: 10 puntos

- Tercera temporada deportiva de permanencia en la categoría deportiva: 15 puntos

- Más de tres temporadas deportivas de permanencia en la categoría deportiva: .20 puntos

5.1.10. Resultados deportivos conseguidos en la temporada 2016-17:

-Campeón de liga: ….................................... 20 puntos

-Subcampeón de liga: ….................................. 15 puntos

-Clasificación por jugar las eliminatorias de liga o fase de ascenso:........................ 10 puntos

-Campeón de la fase de ascenso: ............................................. 5 puntos

-Clasificación por jugar la copa del rey o de la reina: ......................... 5 puntos

-Campeón de la copa del rey o de la reina: ......................................... 10 puntos

-Subcampeón de copa del rey o de la reina: ........................................ 5 puntos

El máximo de puntos de este apartado es de 40 puntos.

5.1.11. Uso de la lengua catalana:

- Por cada rotulación de ropa deportiva: ............ 0,02 puntos

- Por cada rotulación de material fungible: ........ 0,02 puntos

- Por cada comunicación del club en lengua catalana en sus actividades: 0,02 puntos.

- Por cada cartel publicitario: ............................. 0,02 puntos

El máximo de puntos de este apartado es de 5 puntos.

5.2. La comisión evaluadora estudiará todas las solicitudes presentadas y establecerá una puntuación para cada solicitud teniendo en cuenta la puntuación establecida en este apartado.

5.3. Con la cantidad económica destinada a estas ayudas se dividirá entre la suma total de los puntos de los solicitantes, de esta división saldrá un cantidad por punto, la cual será multiplicada por los puntos de cada solicitante y así se determinará la ayuda correspondiente en cada solicitud.

6. Plazo de justificación de la subvención concedidas

6.1. La documentación para justificar la subvención concedida podrá ser presentada en el Consell Insular de Ibiza en el momento de la solicitud o hasta el 29 de septiembre de 2017.

6.2. Las facturas y/o nóminas para justificar las ayudas recibidas de la actuación tienen que estar emitidas durante dentro del periodo del 1 de enero al 29 de septiembre de 2017.

 

Anexos generales

Anexo 1

DECLARACIONES RESPONSABLES.

Nombre y apellidos del presidente o de la presidenta:

DNI:

Entidad:

NIF:

DECLARO RESPONSABLEMENTE

Que esta entidad reúne todas y cada una de la condiciones exigidas para poder solicitar subvención ante esta Corporación y no incurrir en ninguna de las circunstancias de prohibiciones que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, y el art. 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones (de las Islas Baleares), aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, para ser beneficiario.

Que me encuentro al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración tributaria estatal y ante la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, en la manera que lo estipula el reglamento y ante la hacienda del Consell Insular de Ibiza

Que me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento del derecho o ejercicio de la condición de entidad beneficiaria de la subvención.

Igualmente, Declaro:

(  ) Que no se han solicitado subvenciones en ningún otro Departamento del Consell Insular o en ninguna otra administración pública o entidad privada para llevar a cabo las mismas actividades para las cuales se solicita ayuda.

(  ) Que se han solicitado las ayudas públicas o privadas que se indican a continuación, que estan pendientes de resolución:

Entidad

cuantia

Ayuntamiento de ..............................

(  ) Que la entidad ha sido beneficiaria de las ayudas públicas o privadas que se indican a continuación para poder llevar a cabo el mismo programa de actividades para la cual se solicita la ayuda.

Entidad

cuantia

Ayuntamiento de ..........................................

Ibiza, …... de …........................... de 2017

firma

Anexo 2

AUTORITZACIÓN

El Sr./la Sra. ............................................................................................................... con DNI nº. ....................................................en nombre y representación de la entidad ..................................................... como presidente/a

Autorizo al órgano instructor para que, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional tercera de la Ley 24/2005, del 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, pueda pedir la certificación telemática justificativa que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración del Estado y de la Seguridad Social y ante la hacienda del Consell Insular de Ibiza .

Firma

Ibiza, ...... de ............................... de 2017

 

Anexo 3

Cuenta justificativa

Nom de l’entitat esportiva:........................................................................................

Activitat subvencionada:...........................................................................................

Import total del pressupost presentat:

Import de la subvenció concedida pel Consell d’Eivissa:

Import total de la despesa finalment realitzada:

Altres subvencions o ingressos afectats a l’activitat subvencionada concedits per entitats privades o publiques:

Denominació

Import

Relació de totes despeses realitzades per a l’execució de l’activitat subvencionada:

Núm. factura

NIF

Proveïdor

Descripció de la despesa realitzada

Import

Data de pagament

Import total justificat

El presidente/La presidenta de la entidad

Ibiza, ………… d........………de . 2017

 

Anexo 4

1. SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA PARA LA ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS DE NIVEL NACIONAL E/O INTERNACIONAL EN LA ISLA DE IBIZA, AÑO 2017.

A.- DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Nombre

NIF

Domicilio

Població

Teléfono

Móvil

Correo electrónico

B.-datos del presidente/presidenta de la entidad solicitante

Nombre y apellidos

NIF

C – documentación que se adjunta

(  ) Presupuesto del evento, firmado por el representante de la entidad solicitante. (Anexo 5)

(  ) Memoria del evento programado con una explicación de su repercusión turística, mediática, social y deportiva.

(  ) Informe del secretario o de la secretaria de la entidad deportiva que indique el número de deportistas estimados. (Anexo 6)

(  ) Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad deportiva que acredite la antigüedad del evento,el número de participantes femeninas como deportistas y el número de mujeres integrantes en la dirección técnica. (Anexo 7)

(  ) Certificado federativo que acredite el número de clubs deportivos y deportistas masculinos/deportistas femeninas del deporte objeto del evento deportivo existentes en la isla de Ibiza.

(  ) Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad deportiva que acredite las personas que componen su junta directiva. (Anexo 7a)

(  ) Declaración responsable en que se hagan constar todas las subvenciones o las ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad de cualquier ente público o privado, si procede, o una declaración expresa de no haber solicitado ninguna. (Anexo 1). En el supuesto de haber recibido ayudas públicas se tiene que presentar la correspondiente resolución de concesión.

(  ) Declaración responsable firmada por la persona representante legal de la entidad de no estar sometida a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones públicas. (Anexo 1)

(  ) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Consell de Ibiza, Hacienda y de la Seguridad Social, o declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa competente o notario público. Se podrá autorizar al Consell Insular para conseguir esta documentación, de acuerdo con el modelo que consta como anexo 2.

(  ) Copia de los estatutos inscritos en el Registro de Asociaciones.

(  ) Fotografías, carteles o cualquier documento que muestre el uso de la lengua catalana.

(  ) Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la tesorería del Consell de Ibiza, la cual se puede descargar de la página Web del Consell de Ibiza (www.conselldeivissa.es).

(  ) Copia del CIF de la asociación.

(  ) Justificación de la subvención

Eivissa,                  d                        de 2017

HBLE. SR. PRESIDENT DEL CONSELL D’EIVISSA

 

Anexo 5

Presupuesto del evento

Entidad:

GASTOS

CONCEPTO

IMPORTE

TOTAL

Alojamientos/manutenciones

Desplazamientos

Gastos federativos

Montaje (megafonía, luz, cintas, vallas...)

Trofeos

Honorarios de los técnicos

Seguros

Otros gastos

TOTAL

INGRESOS

CONCEPTO

IMPORTE

TOTAL

Solicitud de ayuda al Consell de Ibiza

Aportaciones privadas

Aportación de otras instituciones públicas

Aportación de la propia federación

Otras aportaciones

TOTAL

Ingresos = Gastos

Ayuda solicitada al Consell de Ibiza para la organización de eventos deportivos de nivel nacional y/o internacional en la isla de Ibiza en el año 2017: ................................. euros

FIRMA DEL PRESIDENTE O DE LA PRESIDENTA

 

Anexo 6

El secretario o la secretaria Sr/Sra……………………………………………...............con DNI………………………………de la entidad……………………………………………

INFORMA

Que el número de deportistas masculinos estimados que participaran en el evento deportivo para el cual se solicita ayuda económica és:....................

Que el número de deportistas femeninas estimadas que participaran en el evento deportivo para el cual se solicita ayuda económica és:....................

Que el nivel deportivo de estos deportistas es:

(  ) Nacional

(  ) Internacional

El Secretario o la secretaria,                                        Visto y conforme,

                                                                                      El president/La presidenta,

Eivissa, ...... de............................... de 2017

 

Anexo 7

El secretario o la secretaira Sr./Sra…………………………………………………….. con DNI………………………………de la entidad………………………….......................

CERTIFICA

- Que la antigüedad del evento deportivo por el cual se pide ayuda deportiva es de ………… años.

- Que el número de mujeres integrantes en la dirección técnica fue de:..........

El Secretario o la secretaria,                                              Visto y conforme

                                                                                              El / la President/Presidenta

Eivissa, ...... de............................... de 2017

 

Anexo 7a

El secretario o la secretaira Sr./Sra…………………………………………………….. con DNI………………………………de la entidad………………………….......................

CERTIFICA

- Que la junta directiva esta conformada por las siguientes personas:

Presidente/a: ....................................................................................

Vicepresidente/a: ..............................................................................

Secretario/a: ......................................................................................

Tesorero/a: .........................................................................................

Vocales: ..............................................................................................

..............................................................................................

..............................................................................................

(Firma)                                                   Vist i conforme

                                                                 El / la President/Presidenta

Eivissa, ...... de............................... de 2017

 

Anexo 8

SOLICITUD DE AYUDAS PARA DEPORTISTAS Y TÉCNICOS DEPORTIVOS/TÉCNICAS DEPORTIVAS DE LA ISLA DE IBIZA. AÑO 2017

A. Datos de la persona solicitante:

Nombre y apellidos

NIF

Domicilio

Población

Teléfono

Móvil

correo electrónico

EN CASO QUE LA PERSONA SOLICITANTE SEA MENOR DE EDAD DATOS DEL PADRE (TUTOR) O DE LA MADRE (TUTORA)

Nombre y apelllidos

NIF

B - Ayuda que se solicita:

(  ) Ayudas para deportistas

(  ) Ayudas para deportistas de CTE o CAR.

(  ) Ayudas para personal técnico.

C - Documentación que se adjunta:

(  ) Certificado de empadronamiento en la isla de Ibiza con una antigüedad mínima de 6 años o fotocopia del DNI si la persona solicitante es nacido/da en la isla de Ibiza.

(  ) El impreso TG-002 de solicitud de transferencia bancaria, expedido necesariamente a nombre de la persona beneficiaria de la ayuda y sellado por la entidad bancaria (podrán encontrar este documento en el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud o en la Tesoreria del Consell Insular de Ibiza o en la página web de la institución: www.conselldeivissa.es). En caso de que ya tengan aportada la documentación mencionada ante el Consell Insular de Ibiza , no será necesario que la aporten nuevamente.

(  ) Declaración responsable de que la persona solicitante no se encuentra sometido a ninguno de los supuestos de prohibición por ser persona beneficiaria de subvenciones, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la hacienda estatal, la Seguridad Social y ante la Tesorería del Consell Insular de Ibiza (anexo 9).

(  ) Declaración responsable donde se hagan constar todas las subvenciones o las ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad de cualquier ente público o privado, si procede, o una declaración expresa de no haber solicitado ninguna (anexo 10).

(  ) Fotocopia del libro de familia si la persona deportista es menor de edad.

Ayudas de la línea 1:

(  ) Certificación de la federación correspondiente acreditativa del mejor resultado deportivo conseguido en el año 2016 por la persona solicitante.

(  ) Fotocopia compulsada de la matrícula del centro educativo correspondiente si la persona solicitante realiza estudios universitarios o de formación profesional fuera de la isla de Ibiza.

( ) Certificado del delegado o de la delegada de la Federación balear correspondiente que acredite su lesión y los resultados conseguidos durante el año 2015 si la persona solicitante ha estado lesionado durante el año 2016.

Ayudas de la línea 2:

(  ) Certificación del responsable del centro de tecnificación y/o de alto rendimiento (que se encuentra fuera de las islas de Ibiza y Formentera) que indique que el deportista es integrante del mencionado centro.

(  ) Presupuesto de gastos firmado por la persona solicitante.

Ayudas de la línea 3:

(  ) Descripción del curso o cursos a los cuales se pretende asistir (contenido, fechas, lugar, coste de la matrícula), firmado por la persona solicitante.

(  ) Presupuesto de gastos firmado por la persona solicitante.

Ibiza, ............... d ............................... de 2017

Firma

 

 

Anexo 9

El Sr./La Sra. ............................................................................................................... con DNI nº. .............................................

Declaro

Primero. Que no estoy sometido/sometida a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de persona beneficiaria de las subvenciones públicas recogidas en el art. 10 del Decreto Legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

Segundo. Que estoy al corriente de pago de las obligaciones tributarias ante la hacienda estatal, la Seguridad Social y ante la Tesoreria del Consell Insular de Ibiza , de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.4 del Reglamento de la Ley general de subvenciones 38/2003. Dispongo de la documentación que así lo acredita y será puesta a disposición de la Administración cuando me sea requerida.

Tercero. Que me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento del derecho o ejercicio de la condición de persona beneficiaria de la subvención.

Eivissa,............................d.......................de 2017.

Firma

Si la persona es menor de edad:

El Sr./La Sra. ............................................................................................................... con DNI nº. .............................................

Declaro que mi hijo/mi hija de nombre ….....................................................................................

Primero. Que no está sometido/sometida a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de persona beneficiaria de las subvenciones públicas recogidas en el art. 10 del Decreto Legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

Segundo. Que está al corriente de pago de las obligaciones tributarias ante la hacienda estatal, la Seguridad Social y ante la Tesoreria del Consell Insular de Ibiza , de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.4 del Reglamento de la Ley general de subvenciones 38/2003. Dispongo de la documentación que así lo acredita y será puesta a disposición de la Administración cuando me sea requerida.

Tercero. Que me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento del derecho o ejercicio de la condición de persona beneficiaria de la subvención.

Eivissa,............................d.......................de 2017.

Firma

 

ANEXO 10

El Sr./La Sra. ............................................................................................................... con DNI nº. .............................................

Declaro que

(  ) No se ha solicitado subvenciones a ningún otro Departamento del Consell Insular de Ibiza o a ninguna otra administración pública o entidad privada para llevar a cabo las mismas actividades para las cuales se solicita la ayuda.

(  ) Se han solicitado las ayudas públicas o privadas que se indican a continuación, que están pendientes de resolución:

Entidad

cuantía

(  ) Que he recibido ayudas públicas o privadas que se indican a continuación para llevar a cabo el mismo programa de actividades para la cual se solicita la ayuda:

Entidad

cuantia

Eivissa,............................d.......................de 2017.

Firma

 

ANEXO 11

SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA PARA MANTENIMIENTO DE PROGRAMAS DE SEGUIMIENTO DEPORTIVO EN LA ISLA DE IBIZA PARA EL AÑO 2017

Datos del/de la solicitante.

Nombre delegación federativa d'Eivissa / federación de las Islas Baleares

NIF

Domicilio

Población

Teléfono

Móvil

correo electrónico

Datos del representante de la entidad solicitante

Nombre y apellidos

NIF

Cargo (presidente y/o delegado de la entidad)

Documentación que se adjunta

(  ) Impreso de solicitud normalizado, según modelo que figura como anexo 1 de esta convocatoria.

(  ) Memoria explicativa del programa de seguimiento deportivo a desarrollar durante el año 2017 para la cual se solicita subvención (Anexo 13).

(  ) Presupuesto detallado de ingresos y gastos (Anexo 12).

(  ) Relación de deportistas integrantes en el programa de seguimiento deportivo durante el año 2017.

(  ) Informe del delegado o de la delegada de la federación donde indique los resultados deportivos conseguidos por los/por las deportistas que han integrado el correspondiente programa de seguimiento deportivo durante el periodo 1 de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2015.

(  ) Copia de la tarjeta de identificación fiscal (NIF) de la entidad.

(  ) Copia de los estatutos debidamente legalizados.

( ) Declaración responsable firmada por la persona representante legal de la entidad de no estar sometida en ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones públicas (anexo 1).

(  ) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado. Se puede autorizar al Consell Insular de Ibiza para que pueda conseguir esta documentación (Anexo 2)

(  ) Declaración responsable donde se hagan constar todas las subvenciones o las ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad de cualquier ente público o privado, si cabe, o una declaración expresa de no haber solicitado ninguna (Anexo 1).

(  ) El impreso TG-002 de solicitud de transferencia bancaria, expedido necesariamente a nombre de la entidad deportiva beneficiaria de la ayuda y sellada por la entidad bancaria (pueden encontrar este documento en el Departament de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud o en la Tesorería del Consell Insular de Ibiza o en la página web de la institución: www.conselldeivissa.es)

(  ) En el caso que ya tengan aportada la documentación mencionada ante el Consell Insular de Ibiza , no será necesario que la aporten nuevamente.

Eivissa,                        de                           de 2017

 

ANEXO 12

Presupuesto

DELEGACIÓN FEDERATIVA/FEDERACIÓN DE:

PRESUPUESTO

GASTOS

CONCEPTO

IMPORTE

TOTAL

Alojamientos/manutenciones

Desplazamientos

Material y equipamiento deportivo

Honorarios de los técnicos

Seguros

Gestión administrativa

Otros gastos

TOTAL

INGRESOS

CONCEPTO

IMPORTE

TOTAL

Solicitud de ayuda al Consell Insular de Ibiza

Aportaciones privadas

Aportación de la propia federación

TOTAL

Ingresos = Gastos

Ayuda solicitada al Consell Insular de Ibiza para el mantenimiento del programa de seguimiento deportivo en la isla de Ibiza durante el año 2017: …...................................... euros

FIRMA DEL/DE LA REPRESENTANTE

 

ANEXO 13

REQUISITOS DE ORGANIZACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE SEGUIMIENTO DEPORTIVO.

1. Introducción.

Los programas de seguimiento deportivo (a partir de ahora PSE) tienen que estar dirigidos a los deportistas, que en sus clubes, comienzan a destacar y aún no tienen el nivel suficiente para integrarse en centros de tecnificación, especializados o de alto rendimiento.

Dentro de estos PSE los deportistas dispondrán de medios para formarse, para entrenar y una mejor supervisión médica. Sus técnicos, igualmente podrán mejorar su nivel formativo mediante la realización de cursos de perfeccionamiento o reciclaje.

2. Objetivos

-Formar deportistas para que puedan acceder a centros de tecnificación o de alto rendimiento.

-Mejorar el nivel técnico de los entrenadores y entrenadoras.

3. Deportistas

3.1. Podrán formar parte de los programas de seguimiento los deportistas que cumplan los requisitos siguientes:

-Ser menor de 18 años

-Ser residente en la isla de Ibiza con un mínimo de antigüedad de 2 años.

-Cumplir los criterios técnicos que determine el director técnico o la directora técnica de cada PSE. Los deportistas seleccionados tienen que tener, como mínimo, la calidad deportiva suficiente para poder participar en el campeonato de Baleares correspondiente a su categoria.

3.2. Excepcionalmente, podrán integrarse aquellos deportistas que por su proyección deportiva el director técnico o la directora técnica del PSE correspondiente crea conveniente, previa presentación de una solicitud e informe técnico de seguimiento que deberá aceptar su inclusión.

3.3. No podrán formar parte de los PSE aquellos deportistas que cumplan con el criterio del punto 3.1 y estén integrados en cualquier otro centro de tecnificación, seguimiento o alto rendimiento.

3.4. Todos los deportistas de los PSE tienen que hacer todas la pruebas fisioterapéuticas, médicas y psicológicas que, en su caso, determine la comisión técnica de seguimiento.

3.5. El número de deportistas integrantes en el PSE tiene que ser entre 6 y 12 para deportes individuales y entre 6 y 15 para deportes de equipo.

4. Equipo técnico

4.1. El director técnico o la directora técnica de cada PSE tiene que estar en posesión del título licenciado/da en educación física o licenciado/da en ciencias de la actividad física y el deporte o grado en gestión deportiva o grado en ciencias de la actividad física y el deporte o la máxima titulación técnica del deporte correspondiente.

4.2. La falta de titulación requerida podrá ser suplida por un certificado federativo donde se indique que el director técnico o la directora técnica tiene una experiencia igual o superior a 10 años como técnico/a del deporte correspondiente.

4.3. Todo el personal técnico tiene que tener la titulación oficial requerida en su especialidad.

4.4. Tendrán que participar en aquellas actividades que la comisión técnica de seguimiento les solicite.

4.5. El equipo técnico tiene que tener su residencia en la isla de Ibiza.

4.6. Todo el equipo directivo tiene que disponer del certificado de no inclusión en el registro central de delincuentes sexuales.

5. Criterios de selección para la integración de deportistas en los PSE.

5.1. Los criterios de selección de deportistas serán determinados por cada director técnico o directora técnica de acuerdo al punto 3

5.2. El director técnico o la directora técnica podrá disponer de un grupo de deportistas que no cumpliendo los criterios de selección entrenen con los deportistas del programa de seguimiento y así ayuden a la mejora de los integrantes en los programas de seguimiento. Estos deportistas no tendrán derecho a los beneficios de pertenecer a los programas de seguimiento deportivo.

6. Distribución del presupuesto.

6.1. Cada federación/delegación deportiva realizará un presupuesto teniendo en cuenta las siguientes cuestiones:

6.1.1. Cada presupuesto estará integrado por una relación de ingresos y gastos. Ambos tienen que ser iguales.

6.1.2. Los gastos tendrán que estar divididos en los siguientes gastos:

-Participación en competiciones y concentraciones.

-Honorarios del personal técnico.

-Formación técnica.

-Material deportivo.

-Gestión administrativa.

6.1.3. Los honorarios del personal técnico no podrán superar el 70 % del presupuesto presentado, ni de la ayuda recibida.

6.1.4. Las competiciones serán aquellas que sirvan para preparar la futura participación en competiciones oficiales.

6.1.5. Quedan excluidas la participación en competiciones oficiales de campeonatos de Europa, de España y de Baleares.

6.1.6. En el apartado de formación se podrán incluir concentraciones.

6.1.7. En el apartado de formación no se puede incluir la obtención de titulaciones oficiales, únicamente reciclaje y/o perfeccionamiento.

6.1.8. El presupuesto será determinado por el Consell Insular de Ibiza anualmente, de acuerdo a sus disponibilidades presupuestarias.

7. Servicios médicos.

7.1. Las personas integrantes de los PSE dispondrán gratuitamente del servicio del gabinete de medicina deportiva del Consell Insular.

7.2. Las personas integrantes de los PSE tendrán que realizar, como mínimo, una revisión medica anual.

7.3. El responsable del gabinete de medicina deportiva del Consell Insular de Ibiza establecerá un protocolo de actuación para el uso de sus servicios médicos, previa aprobación de la comisión técnica de seguimiento.

 

ANEXO 14

SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA PARA LA PARTICIPACIÓN EN LIGAS NACIONALES DE DEPORTES Y DE ÁMBITO NACIONAL DURANTE EL ÚLTIMO SEMESTRE TEMPORADA DEPORTIVA 2016-17.

A. DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Nombre

NIF

Domicilio

Población

Teléfono

Móvil

correo electrónico

B.DATOS DEL PRESIDENTE O DE LA PRESIDENTA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Nombre y apellidos

NIF

C – DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA

(  ) Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente donde acredite las personas que componen la junta directiva actual (Anexo 7)

(  ) Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente, con la relación de equipos que participan en ligas nacionales y de ámbito estatal y el número de jugadores y/o jugadoras de categorías inferiores que pertenecen al club durante la temporada deportiva 2016-17 (Anexo 16)

(  ) Certificados de empadronamiento expedido por el ayuntamiento correspondiente de la isla de Ibiza de los/ de las deportistas integrantes en los equipos de liga nacional de ámbito estatal que tengan, como mínimo, seis años de residencia en la isla de Ibiza durante la temporada deportiva 2016-17.

(  ) Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente, acreditando todos los desplazamientos a realizar o realizados, lugar y número de desplazamientos durante la temporada deportiva 2016/2017 (Anexo 17)

(  ) Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente acreditando el número de personas socias y de asistencia media de público a las competiciones donde participa el equipo para el cual se solicita ayuda durante la temporada deportiva 2016-17 (Anexo 17)

(  ) Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente acreditando los años de permanencia en la categoría (Anexo 17)

(  ) Certificado del secretario o de la secretaria de la entidad correspondiente acreditando los resultados conseguidos en la temporada anterior (Anexo 17)

(  ) Acreditación de la repercusión mediática del equipo para la cual se solicita ayuda.

(  ) Copia de los estatutos y del NIF de la asociación (en caso que este documento ya conste en el Departamento de Deportes y Juventud no será necesario presentarlo)

( ) Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la TesorerÍa del Consell Insular de Ibiza , la cual se puede descargar en la página web del Consell Insular de Ibiza (www.conselldeivissa.es) (en caso que este documento ya conste en la TesorerÍa del Consell Insular de Ibiza no será necesario presentarlo)

(  ) Declaración responsable donde se hagan constar todas las subvenciones o las ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad de cualquier ente público o privado, si procede, o una declaración expresa de no haber solicitado ninguna (Anexo 1).

(  ) Declaración responsable firmada por la persona representante legal de la entidad de no estar sometida a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones públicas (Anexo 1)

(  ) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributaria ante el Consell Insular de Ibiza , Hacienda y de la Seguridad Social, o declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa competente o notario/aria público/a. Se podrá autorizar al Consell Insular para conseguir esta documentación (Anexo 2)

(  ) Información publicada en los medios de comunicación del equipo o equipos para la cual se pide ayuda económica.

(  ) Fotografías, carteles o cualquier documento que muestre el uso de la lengua catalana.

  • Ibiza, de de 2017
  • HBLE. SR. PRESIDENTE DEL Consell Insular de Ibiza

 

ANEXO 15

Presupuesto de la entidad para la participación en ligas nacionales de ámbito estatal durante el último semestre de la temporada deportiva 2016/2017

GASTOS

CONCEPTO

IMPORTE

TOTAL

Alojamientos/manutenciones

Desplazamientos

Gastos federativos

Honorarios del personal técnico

Seguros

Otros gastos

TOTAL

INGRESOS

CONCEPTO

IMPORTE

TOTAL

Solicitud de ayuda al Consell Insular de Ibiza

Aportaciones privadas

Aportaciones de otras instituciones públicas

Aportación de la propia federación

Otras aportaciones

TOTAL

Ingresos = Gastos

Ayuda solicitada al Consell Insular de Ibiza por la participación en ligas nacionales de ámbito estatal durante el último semestre de la temporada deportiva 2016-2017: …............................ euros

FIRMA DEL PRESIDENTE O PRESIDENTA DE LA ENTIDAD.

 

ANEXO 16

El secretario o la secretaria Sr/Sra………………………………………………………………..

con DNI………………………………de la entidad…………………………… …………………

CERTIFICA que:

Los equipos que pertenecen a su entidad y participan en ligas nacionales de ámbito estatal durante la temporada deportiva 2016/2017 son los siguientes:

Nombre del equipo

Categoría

I que el número de jugadores/oras de categorías inferiores que pertenecen a su entidad son los siguientes:

Equipo

Categoría

Número de jugadores/oras

Total jugadores en equipos inferiores:………………..

Total jugadoras femeninas en equipos inferiores:……...

Firma del secretario o de la secretaria                    Visto i aprobado

                                                                           del presidente/ de la presidenta

firma

Ibiza, ..... de ............................... de 2017

 

ANEXO 17

El secretario Sr./la secretaria Sra. ……………………………………………..................................................…….......….. con DNI………………………………de la entidad…………………………………………………….

CERTIFICA que:

1. El equipo o equipos que pertenecen a su entidad y participan en ligas nacionales de deportes de ámbito nacional realizaran o han realizado los siguientes desplazamientos durante la temporada deportiva 2016/2017:

- Desplazamientos a Madrid, Barcelona o Valencia:

……… desplazamientos x ……….. personas desplazadas = …………

- Desplazamientos al resto de la península y Baleares:

……… desplazamientos x ……….. personas desplazadas = …………

- Desplazamientos a Canarias:

……… desplazamientos x ……….. persones desplazadas = …………

2. El número de personas asociadas de la entidad (sin contar jugadores/ras) es de ….....……………..

3. La asistencia media de público en los encuentros donde participa el equipo para el cual se solicita ayuda económica es …..………….

4.El número de temporadas de permanencia en la categoría es:.............

5. Los resultados deportivos conseguidos en la temporada 2015/2016 en las ligas nacionales donde han participado son los siguientes: ….....................................................

…...............................................................................................................................................

…...............................................................................................................................................

Firma del secretario/de la secretaria Visto y aprobado

Ibiza, ........ de ........................... de 2017 del presidente/ de la presidenta

firma

 

Ibiza, 10 de juliol de 2017

La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud,

Maria Catalina Tur Torres